El contador-partidor: quién reparte la herencia cuando no hay acuerdo
En resumen
El contador-partidor es la persona encargada de hacer la partición de la herencia: inventariar, valorar y adjudicar los bienes. Puede nombrarlo el testador, y entonces su reparto vale sin necesidad de que firmen todos los herederos. Si no lo hay, los herederos que sumen al menos la mitad de la herencia pueden pedir a un notario o al juzgado que designe uno, llamado dativo. Es la vía para repartir sin unanimidad y sin pleito.
Esta página forma parte de la guía de aceptar o renunciar a una herencia de Heredy.
Tres clases de contador-partidor
| Testamentario | Dativo | En la división judicial | |
|---|---|---|---|
| Quién lo nombra | El testador | Un notario o el letrado de la Administración de Justicia | Los interesados en junta o, sin acuerdo, por sorteo |
| Quién lo pide | Nadie: viene en el testamento | Herederos y legatarios que representen al menos el 50% del haber hereditario | Cualquier coheredero |
| ¿Necesita aprobación? | No, salvo que haya menores sin representación o personas con medidas de apoyo, a quienes debe citarse para el inventario | Sí, del notario o del letrado, salvo que todos los herederos la confirmen | Sí, del juzgado si hay oposición |
| Rapidez | Alta | Media | Baja |
El contador-partidor testamentario
El testador puede encomendar la simple facultad de hacer la partición a cualquier persona que no sea uno de los coherederos. Suele ser un abogado o una persona de confianza, y a menudo coincide con el albacea. Su partición se impone a los herederos, que solo pueden impugnarla si lesiona las legítimas, va contra lo dispuesto por el testador o perjudica a alguno en más de la cuarta parte.
- Debe respetar el testamento y las legítimas.
- No puede adjudicarse bienes a sí mismo ni decidir cuestiones que excedan de partir, como interpretar cláusulas dudosas en perjuicio de un heredero.
- Si el fallecido estaba casado en gananciales, necesita el concurso del viudo para liquidar la sociedad conyugal.
- Tiene el plazo que fije el testador; si no dice nada, se aplican las reglas del albaceazgo.
Ver qué es un albacea.
El contador-partidor dativo
- Solicitud ante notario o ante el juzgado por herederos y legatarios que representen al menos el 50% del haber hereditario.
- Citación de los demás interesados cuyo domicilio se conozca.
- Nombramiento del contador conforme a las reglas previstas para la designación de peritos.
- Partición por el contador: inventario, avalúo, liquidación y adjudicaciones.
- Aprobación por el notario o el letrado de la Administración de Justicia, salvo confirmación expresa de todos los herederos y legatarios.
Permite repartir aunque un heredero se niegue a firmar o no aparezca, siempre que la otra mitad esté de acuerdo en pedirlo.
Qué hace y qué no puede hacer
- Hace: forma el inventario, valora, liquida deudas, forma lotes y adjudica.
- Debe: guardar la posible igualdad entre los lotes y evitar, en lo posible, la indivisión.
- No puede: vender bienes, salvo que sea necesario para pagar deudas o esté autorizado; alterar las cuotas fijadas por el testador o la ley; ni aceptar o renunciar la herencia por los herederos.
Coste
Los honorarios del contador son un gasto de la partición hecho en interés común, por lo que se pagan con cargo a la herencia. No hay arancel: se pactan o se fijan en función del valor y la complejidad. A ellos se suman los de notaría y, en su caso, peritos.
Cuándo conviene prever uno en el testamento
- Hijos de distintas relaciones o mala relación entre herederos.
- Herederos menores o que viven en el extranjero.
- Patrimonio con inmuebles difíciles de dividir o con empresa familiar.
Ejemplo: tres hermanos y uno que no firma
| Paso | Quién | Qué ocurre |
|---|---|---|
| 1 | Dos hermanos, que suman dos tercios de la herencia | Piden a un notario el nombramiento de contador-partidor dativo |
| 2 | Notario | Cita al tercer hermano y designa al contador entre profesionales, por el sistema previsto para los peritos |
| 3 | Contador-partidor | Inventaria, pide las tasaciones que necesite y propone el reparto |
| 4 | Los tres hermanos | Si todos lo confirman, la partición queda cerrada sin más trámite |
| 5 | Notario | Si el tercero no la confirma, aprueba la partición y la protocoliza |
| 6 | Cualquiera de ellos | Inscribe sus bienes; el disconforme puede impugnar ante el juzgado, pero la partición ya produce efectos |
Cuándo puede impugnarse su partición
- Lesión en más de la cuarta parte: si un heredero recibe menos de tres cuartos de lo que le correspondía según el valor real de los bienes al adjudicarse, puede pedir la rescisión. El plazo es de cuatro años.
- Bienes omitidos: no anulan la partición; se completa con una adicional.
- Legítima perjudicada o testamento contrariado: el contador debe respetar ambos; si no lo hace, la partición es impugnable.
- Persona que no era heredera: la partición hecha con quien se creía heredero sin serlo es nula en lo que le afecta.
Los demás herederos pueden evitar la rescisión por lesión indemnizando al perjudicado en dinero, sin deshacer el reparto.
Cómo trabaja, paso a paso
- Acepta el cargo. Es voluntario: puede rechazarlo.
- Reúne la documentación y forma el inventario, citando a los herederos y, si los hay, a los representantes de menores o personas con medidas de apoyo.
- Valora los bienes.
- Si el fallecido estaba casado en gananciales, liquida la sociedad con el cónyuge viudo, cuyo consentimiento necesita para esa parte.
- Forma los lotes y adjudica.
- Protocoliza el cuaderno particional ante notario.
Plazo y vacante del cargo
Si el testador no fijó plazo, se aplica el del albaceazgo: un año desde la aceptación, que el testador puede ampliar y que los herederos o el juez pueden prorrogar. El cargo es personal. Si el contador fallece, renuncia o deja pasar el plazo, no puede nombrar por sí mismo a un sustituto: entra el suplente que hubiera previsto el testamento y, si no lo hay, los herederos vuelven a la regla general, es decir, el acuerdo de todos o la solicitud de un contador dativo.
Preguntas frecuentes
¿Qué es un contador-partidor?
La persona encargada de hacer la partición de la herencia: inventario, valoración y adjudicación de los bienes.
¿Puede repartir sin que firmen los herederos?
El nombrado por el testador, sí. El dativo necesita aprobación del notario o del letrado de la Administración de Justicia si no la confirman todos.
¿Cuántos herederos hacen falta para pedir un contador-partidor dativo?
Los que representen, al menos, el 50% del haber hereditario.
¿Puede ser contador-partidor uno de los herederos?
No. Debe ser alguien que no sea coheredero.
¿Quién paga al contador-partidor?
La herencia, es decir, todos los herederos en proporción.
Fuentes oficiales
- Código Civil (BOE, texto consolidado)
- Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (BOE)
- Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria (BOE)
- Consejo General del Notariado