Impuesto de donaciones en España: guía completa
En resumen
El impuesto de donaciones grava lo que una persona recibe gratis de otra en vida: dinero, una vivienda, acciones o la condonación de una deuda. Lo paga quien recibe, en un plazo de 30 días hábiles, con la misma tarifa progresiva que el impuesto de sucesiones pero sin la reducción estatal por parentesco. La diferencia la marcan las comunidades autónomas: en la mayoría, las donaciones de padres a hijos están bonificadas al 99% si se formalizan en escritura pública; en otras se paga entre el 5% y el 9%.
Las claves en una tabla
| Cuestión | Regla |
|---|---|
| Quién paga | El donatario, es decir, quien recibe |
| Plazo | 30 días hábiles desde la donación en las comunidades de régimen común y en el País Vasco; dos meses en Navarra |
| Modelo | 651, ante la comunidad autónoma competente |
| Qué comunidad se aplica | Inmuebles: donde está el inmueble. Dinero y demás bienes: donde reside el donatario |
| Base | Valor de lo donado menos cargas y deudas asumidas; en inmuebles, como mínimo el valor de referencia de Catastro |
| Reducción estatal por parentesco | No existe en donaciones |
| Tarifa estatal | Del 7,65% al 34%, por tramos |
| Coeficiente multiplicador | Según parentesco y patrimonio previo del donatario, como en sucesiones |
| Beneficios autonómicos | Reducciones y bonificaciones propias de cada comunidad, casi siempre condicionadas a escritura pública |
| Acumulación | Las donaciones del mismo donante al mismo donatario en tres años se suman para calcular el tipo |
Cómo se calcula
- Base imponible: valor neto de lo donado.
- Reducciones: las estatales para empresa familiar, explotaciones agrarias y patrimonio histórico, y las propias de la comunidad, por ejemplo para compra de vivienda habitual.
- Tarifa: la estatal o la aprobada por la comunidad.
- Coeficiente multiplicador: de 1 a 2,4 según grupo de parentesco y patrimonio preexistente.
- Bonificaciones autonómicas sobre la cuota.
Ejemplo con la norma estatal, sin beneficios autonómicos: un padre dona 100.000€ a su hija de 30 años. La tarifa arroja una cuota de 12.415,36€ y el coeficiente es 1, de modo que pagaría 12.415,36€. En una comunidad con bonificación del 99%, 124,15€.
Cuánto se paga en cada comunidad
Ver el impuesto de sucesiones Ver el impuesto de donaciones
En herencias cuenta la comunidad donde residía la persona fallecida; en donaciones de dinero, la de quien lo recibe. La elección se recuerda solo en tu navegador.
Donación en metálico de padres a un hijo mayor de 21 años, formalizada en escritura pública y con origen de los fondos justificado, sin patrimonio previo relevante:
| Comunidad | Mecanismo principal | Dona 100.000€ |
|---|---|---|
| Andalucía | Bonificación del 99% | 126,20€ |
| Aragón | Reducción del 100% hasta 100.000€ en cinco años; bonificación del 99% si la base no supera 500.000€ | 0€ |
| Asturias | Tarifa reducida: 2% hasta 150.000€ | 2.000€ |
| Baleares | Deducción del 100% | 0€ |
| Canarias | Bonificación del 99,9% | 12,42€ |
| Cantabria | Bonificación del 100% | 0€ |
| Castilla-La Mancha | Bonificación del 95%, 90% u 85% según la base | 620,77€ |
| Castilla y León | Bonificación del 99% | 124,15€ |
| Cataluña | Tarifa reducida del 5% al 9% | 5.000€ |
| Comunidad Valenciana | Reducción de 100.000€ y bonificación del 99% | 0€ |
| Extremadura | Bonificación del 99% hasta 300.000€ | 124,15€ |
| Galicia | Tarifa reducida del 5% al 9% | 5.000€ |
| La Rioja | Deducción del 99% | 124,15€ |
| Madrid | Bonificación del 99% | 124,07€ |
| Murcia | Deducción del 99% | 124,15€ |
| Bizkaia, Gipuzkoa y Álava | Tipo fijo del 1,5% | 1.500€ |
El detalle, con otros importes y los requisitos de cada una, está en la comparativa del impuesto de donaciones por comunidades. Navarra aplica a hijos y padres un tipo del 0,8% hasta 250.000€: 800€ en este ejemplo.
Qué comunidad se aplica
- Inmuebles: la comunidad donde está situado el inmueble, vivan donde vivan donante y donatario.
- Dinero, acciones, vehículos y demás bienes: la comunidad donde el donatario haya tenido su residencia habitual más tiempo en los cinco años anteriores.
- Donatario no residente en España: reglas especiales, con presentación ante la Agencia Tributaria estatal.
La residencia del donante no cuenta. Un padre de Barcelona que dona dinero a su hija residente en Madrid tributa con la norma de Madrid.
Los otros impuestos de una donación
| Impuesto | Quién lo paga | Cuándo |
|---|---|---|
| IRPF del donante | Quien dona | Si el bien donado vale más que cuando lo adquirió. No en donaciones de dinero. Exenta la vivienda habitual donada por mayores de 65 años |
| Plusvalía municipal | Quien recibe | En donaciones de inmuebles urbanos con incremento de valor del suelo |
| Notaría y registro | Según pacto, normalmente quien recibe | Cuando hay escritura |
Por eso donar un inmueble suele salir más caro que dejarlo en herencia: ver donación o herencia: qué conviene más.
Requisitos formales que condicionan los beneficios
- Escritura pública. Casi todas las bonificaciones autonómicas la exigen, también para dinero, a partir de cierto importe o siempre.
- Origen de los fondos. Varias comunidades exigen que la escritura manifieste de dónde procede el dinero y que pueda justificarse.
- Plazo. Presentar dentro de los 30 días hábiles. En Cataluña, la escritura debe otorgarse en el mes siguiente a la entrega.
- Declaración espontánea. Si Hacienda descubre la donación antes de que se declare, la bonificación se pierde en varias comunidades.
Todas las guías sobre donaciones
- Impuesto de donaciones: comparativa por comunidades
- Donar dinero a un hijo: impuestos y pasos
- Donar una vivienda a un hijo: los tres impuestos
- Donación para comprar la primera vivienda
- Donación o herencia: qué conviene más
- Modelo 651: cómo declarar una donación
- Préstamo entre familiares o donación
- Colación: cómo cuentan las donaciones en la herencia
- Donación no declarada: prescripción y sanciones
- Donación entre hermanos: cuánto se paga
- Donación entre cónyuges: impuestos y gananciales
- Donación con reserva de usufructo
- Revocar una donación: causas, plazos y efectos
- Impuesto de donaciones en Madrid
- Impuesto de donaciones en Cataluña
- Impuesto de donaciones en Andalucía
- Impuesto de donaciones en la Comunidad Valenciana
- Impuesto de donaciones en Galicia
- Impuesto de donaciones en Aragón
- Impuesto de donaciones en Asturias
- Impuesto de donaciones en Baleares
- Impuesto de donaciones en Canarias
- Impuesto de donaciones en Cantabria
- Impuesto de donaciones en Castilla-La Mancha
- Impuesto de donaciones en Castilla y León
- Impuesto de donaciones en Extremadura
- Impuesto de donaciones en La Rioja
- Impuesto de donaciones en Murcia
- Impuesto de donaciones en Navarra
- Impuesto de donaciones en el País Vasco
Qué guía necesitas según tu caso
| Lo que quieres hacer | Lo esencial | Guía |
|---|---|---|
| Dar dinero a un hijo | Hay que declararlo siempre; con escritura pública cuesta muy poco en casi todas las comunidades | Donar dinero a un hijo |
| Ayudarle a comprar su vivienda | Reducción específica en muchas comunidades, con plazo estricto para comprar | Donación para comprar vivienda |
| Ponerle un piso a su nombre | Tres impuestos: donaciones, IRPF de los padres y plusvalía municipal | Donar una vivienda a un hijo |
| Donar y seguir viviendo en la casa | Se dona la nuda propiedad y se conserva el usufructo | Donación con reserva de usufructo |
| Dejar dinero que se va a devolver | El préstamo no tributa, pero debe estar documentado y devolverse de verdad | Préstamo entre familiares |
| Dar dinero a un hermano | Grupo III: sin reducción y con coeficiente; pocas comunidades bonifican | Donación entre hermanos |
| Mover dinero entre cónyuges | Buena parte de esos movimientos no son donaciones | Donación entre cónyuges |
| Decidir entre donar ahora o dejar en herencia | Para inmuebles suele ganar la herencia; para dinero, depende de la comunidad | Donación o herencia |
| Saber si una donación antigua cuenta en la herencia | Lo donado a un hijo se descuenta de su parte, salvo dispensa | Colación de donaciones |
| Recuperar lo donado | Solo por ingratitud, incumplimiento de condiciones o nacimiento posterior de hijos | Revocar una donación |
| Regularizar una donación que no se declaró | Sin escritura, la prescripción no empieza a contar; adelantarse sale más barato | Donación no declarada |
| Presentar el impuesto | Modelo 651, por quien recibe, en 30 días hábiles | Modelo 651 |
Ejemplo completo: 80.000€ de un padre a su hija
La hija tiene 33 años y un patrimonio previo bajo. El mismo cálculo, con tres normas distintas:
| Paso | Norma estatal, sin beneficios | Comunidad con bonificación del 99% | Cataluña, con escritura pública |
|---|---|---|---|
| Base imponible | 80.000€ | 80.000€ | 80.000€ |
| Reducción por parentesco | No existe en donaciones | No existe | No existe |
| Cuota según tarifa | 9.185,36€ | 9.185,36€ | 4.000€, al tipo reducido del 5% |
| Coeficiente | 1 | 1 | 1 |
| Bonificación | Ninguna | 99% | Ninguna |
| A pagar | 9.185,36€ | 91,85€ | 4.000€ |
La columna central exige cumplir los requisitos formales de cada comunidad; si faltan, la donación tributa como en la primera columna. Esa diferencia, de más de 9.000€ en este ejemplo, es lo que se juega en una escritura.
El parentesco, en cifras
La misma donación de 50.000€ en dinero, con la tarifa estatal y sin bonificaciones:
| Quién recibe | Grupo | Coeficiente mínimo | A pagar |
|---|---|---|---|
| Hijo, cónyuge o padre | I y II | 1 | 4.948,93€ |
| Hermano, tío, sobrino, yerno o nuera | III | 1,5882 | 7.859,90€ |
| Primo o persona sin parentesco | IV | 2 | 9.897,87€ |
A diferencia de la herencia, aquí no hay una reducción que suavice los primeros euros: la tarifa se aplica desde el primero.
Cómo se valora lo que se dona
| Bien | Valor que se declara |
|---|---|
| Dinero | El importe entregado |
| Inmueble | El de mercado y, como mínimo, el valor de referencia de Catastro |
| Acciones cotizadas y fondos | Su cotización o valor liquidativo en la fecha de la donación |
| Participaciones en una sociedad no cotizada | Su valor de mercado, para el que suele partirse del último balance aprobado |
| Vehículo | El de mercado; la Administración usa sus tablas de precios medios por antigüedad |
| Nuda propiedad o usufructo | El porcentaje que resulta de la edad del usufructuario |
| Deuda perdonada | El importe que se condona |
Operaciones que son donación aunque no lo parezcan
- Perdonar un préstamo, total o parcialmente.
- Pagar la deuda de otra persona, como las cuotas de la hipoteca de un hijo, sin intención de cobrárselo.
- Vender un bien muy por debajo de su valor: la diferencia puede tratarse como donación.
- Comprar un bien con dinero propio y ponerlo a nombre de otro.
- Renunciar a una herencia a favor de una persona concreta.
- Adjudicarse en un reparto menos de lo que corresponde, sin compensación, en beneficio de otro.
- Contratar un seguro de vida para el caso de supervivencia cuyo beneficiario es otra persona.
En todos estos casos el plazo de 30 días hábiles empieza a correr igual, aunque nadie haya firmado nada que se llame donación.
Cinco preguntas antes de donar
- ¿Podré necesitar el bien o el dinero? La donación es definitiva; si hay dudas, existen fórmulas que conservan el uso o permiten recuperarlo.
- ¿Es dinero o un bien que ha subido de valor? En el segundo caso hay que sumar el IRPF del donante.
- ¿Qué norma se aplica y qué exige? La del lugar del inmueble o la de residencia de quien recibe, con sus requisitos de forma.
- ¿Hay otros hijos? La donación contará en la herencia futura, salvo que se disponga otra cosa dentro de los límites legales.
- ¿Está casado quien recibe? Conviene dejar claro si se dona solo a él y con carácter privativo.
Tres efectos de una donación en la herencia futura
- Colación: lo donado a un hijo se descuenta de su parte cuando hereda junto a sus hermanos, salvo que el donante lo dispense.
- Cómputo de la legítima: todas las donaciones, también las hechas a extraños, se suman para calcular cuánto vale la parte reservada a los herederos forzosos.
- Reducción: si lo donado en vida deja a un heredero forzoso por debajo de su legítima, puede pedir que la donación se recorte.
Son reglas civiles, independientes del impuesto: una donación bien declarada y con su impuesto pagado puede tener que ajustarse igualmente años después.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el impuesto de donaciones?
Quien recibe la donación. El donante puede tener que tributar aparte en su IRPF si dona un bien que se ha revalorizado.
¿Cuánto dinero se puede donar sin pagar impuestos?
No hay un mínimo exento general: cualquier donación está sujeta y debe declararse. La única excepción es Madrid, que bonifica al 100% y no obliga a declarar las donaciones de hasta 1.000€ entre las mismas personas en tres años. En el resto, lo que existe son bonificaciones que dejan la cuota en casi nada entre padres e hijos.
¿Qué plazo hay para declarar una donación?
30 días hábiles desde que se hace, en las comunidades de régimen común y en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa. En Navarra, dos meses. No hay prórroga.
¿En qué comunidad se paga una donación de dinero?
En la de residencia habitual de quien la recibe. Si se dona un inmueble, en la comunidad donde está situado.
¿Hace falta notario para donar dinero?
Para que la donación sea válida, no. Pero la escritura pública es requisito para aplicar las bonificaciones en la mayoría de comunidades.
Fuentes oficiales
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Real Decreto 1629/1991, Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Ley 22/2009, de cesión de tributos a las comunidades autónomas (BOE)
- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE)
- Real Decreto Legislativo 2/2004, Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOE)
- Agencia Tributaria: sede electrónica