Impuesto de donaciones en Andalucía
En resumen
En Andalucía, las donaciones a hijos, cónyuge y padres tienen una bonificación del 99% de la cuota, siempre que se formalicen en documento público cuando superen 5.000€ y, si son de dinero, se justifique su origen. Existen además reducciones propias del 99% para la donación de dinero destinado a la vivienda habitual de descendientes jóvenes y para la donación de la propia vivienda.
Esta página forma parte de la guía de impuesto de donaciones de Heredy.
Lo propio de las donaciones en Andalucía
- Hijos, cónyuge y padres: bonificación del 99%, con documento público si la donación supera 5.000€ y el dinero se entrega en el mismo acto.
- La bonificación solo alcanza a lo declarado de forma espontánea, sin requerimiento previo.
- Reducción del 99%, hasta 150.000€, por el dinero para comprar la vivienda habitual de un descendiente menor de 35 años o por la donación de la propia vivienda, con patrimonio previo bajo y tres años de mantenimiento.
- Tarifa propia, del 7% al 26%, y coeficientes simplificados: 1,5 para hermanos, tíos y sobrinos; 1,9 para el resto.
Cuánto paga un hijo
Dinero donado por un progenitor a un hijo mayor de 21 años en Andalucía, con patrimonio previo bajo y cumpliendo los requisitos formales. La última columna es la tarifa estatal sin beneficios, como referencia.
| Importe donado | Cuota en Andalucía | Referencia: tarifa estatal sin beneficios |
|---|---|---|
| 30.000€ | 26,20€ | 2.652,49€ |
| 50.000€ | 50,20€ | 4.948,93€ |
| 100.000€ | 126,20€ | 12.415,36€ |
| 200.000€ | 316,20€ | 31.640,85€ |
Si 200.000€ los donan los dos progenitores por mitad, son dos donaciones de 100.000€ y el hijo paga en Andalucía 252,40€ en total, frente a 316,20€ si los dona uno solo. En términos relativos, el hijo paga el 0,09% de lo recibido si son 30.000€ y el 0,16% si son 200.000€.
Ordenados de menor a mayor coste los 17 territorios con página propia en Heredy, Andalucía ocupa el undécimo puesto para una donación de 100.000€ a un hijo: 10 territorios cobran menos, ninguno cobra exactamente lo mismo y 6 cobran más. Puedes cambiar el importe y el parentesco en la calculadora del impuesto de donaciones.
Calcula tu caso en Andalucía
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Reglas por parentesco y tipo de donación
| Supuesto | Beneficio |
|---|---|
| Hijos, cónyuge, padres (Grupos I y II) y equiparados | Bonificación del 99% de la cuota |
| Hermanos, tíos, sobrinos (Grupo III) y Grupo IV | Sin bonificación general; coeficientes propios de 1,5 y 1,9 |
| Dinero de ascendientes para la vivienda habitual | Reducción del 99% de la base, con un máximo de 150.000€, o 250.000€ si el donatario tiene discapacidad; para menores de 35 años, personas con discapacidad o víctimas de violencia doméstica o terrorismo |
| Donación de un inmueble para vivienda habitual de descendientes | Reducción propia del 99%, con requisitos análogos |
| Empresa individual, negocio o participaciones | Mejora de la reducción estatal |
Andalucía aplica su propia tarifa, del 7% al 26%, y coeficientes simplificados: 1 para los Grupos I y II, 1,5 para el III y 1,9 para el IV, sin tramos de patrimonio preexistente.
Requisitos formales
- Documento público, con entrega simultánea del bien, cuando la base imponible supere 5.000€, computando lo donado entre las mismas personas en los tres años anteriores.
- En donaciones de dinero o de bienes financieros, origen de los fondos justificado y manifestado en el documento.
- La bonificación solo se aplica a lo declarado de forma espontánea, sin requerimiento previo.
- En la reducción por vivienda: patrimonio previo del donatario en el primer tramo, vivienda situada en Andalucía, compra dentro del periodo de autoliquidación y mantenimiento durante tres años.
Sin estos requisitos la donación sigue siendo válida, pero tributa en Andalucía sin el beneficio.
Donaciones entre hermanos y otros familiares
Dinero donado entre hermanos en Andalucía, con patrimonio previo bajo del que recibe y cumpliendo los requisitos formales:
| Importe donado | Cuota en Andalucía | Sobre lo recibido |
|---|---|---|
| 20.000€ | 2.430,00€ | 12,2% |
| 50.000€ | 7.530,00€ | 15,1% |
| 100.000€ | 18.930,00€ | 18,9% |
También en Andalucía, tíos y sobrinos están en el mismo grupo que los hermanos, con el coeficiente mínimo del Grupo III. Las personas sin parentesco tributan en el Grupo IV, con un coeficiente todavía mayor. Ver donación entre hermanos.
Cuándo se aplica la norma de Andalucía
Se aplica la norma andaluza cuando se dona un inmueble situado en Andalucía o cuando el donatario de dinero u otros bienes ha residido allí la mayor parte de los cinco años anteriores.
¿Donar en vida o dejar en herencia en Andalucía?
La misma cantidad, recibida por un hijo mayor de 21 años por donación o por herencia, con las reglas de Andalucía:
| Importe | Por donación | Por herencia |
|---|---|---|
| 100.000€ | 126,20€ | 0,00€ |
| 200.000€ | 316,20€ | 0,00€ |
| 500.000€ | 996,20€ | 0,00€ |
Para estos importes, en Andalucía la herencia sale igual o más barata que la donación. Si lo donado es un inmueble o acciones revalorizados, a la donación hay que sumar el IRPF del donante y la plusvalía municipal: ver donar una vivienda a un hijo y donación o herencia.
Andalucía frente a los territorios vecinos
Lo que se paga en Andalucía y en los territorios vecinos por el dinero que un progenitor dona a un hijo mayor de 21 años, con las reglas de cada uno y sus requisitos cumplidos. Cuenta la residencia de quien recibe, no la de quien dona.
| Territorio | 50.000€ | 100.000€ | 300.000€ |
|---|---|---|---|
| Andalucía | 50,20€ | 126,20€ | 536,20€ |
| Extremadura | 49,49€ | 124,15€ | 554,67€ |
| Castilla-La Mancha | 247,45€ | 620,77€ | 8.320,02€ |
| Murcia | 49,49€ | 124,15€ | 554,67€ |
Andalucía queda en una posición intermedia: hay territorios de la tabla más baratos y otros más caros. Trasladar el domicilio para aprovechar otra norma exige que el donatario haya residido allí la mayor parte de los cinco años anteriores. La tabla completa está en la comparativa por comunidades.
Lo que cuesta no hacer escritura en Andalucía
La bonificación exige documento público, con entrega simultánea del dinero, cuando la base supera 5.000€, sumando las donaciones del mismo donante en tres años (artículo 40). Para un hijo:
| Donación | Con escritura | Sin escritura |
|---|---|---|
| 5.000€ | 3,50€ | 3,50€ (no hace falta) |
| 20.000€ | 16,20€ | 1.620,00€ |
| 50.000€ | 50,20€ | 5.020,00€ |
| 100.000€ | 126,20€ | 12.620,00€ |
Por eso tres transferencias de 4.000€ en el mismo año no evitan la escritura: suman 12.000€. El coste notarial de una donación de dinero es muy inferior a la diferencia.
Donaciones pequeñas en Andalucía: de 3.000€ a 15.000€
Son las más frecuentes: una ayuda para un coche, una entrada o unos estudios. Cuota en Andalucía para dinero y cumpliendo los requisitos formales:
| Importe donado | A un hijo | A un hermano |
|---|---|---|
| 3.000€ | 2,10€ | 315,00€ |
| 6.000€ | 4,20€ | 630,00€ |
| 10.000€ | 7,20€ | 1.080,00€ |
| 15.000€ | 11,20€ | 1.680,00€ |
Aunque la cuota sea baja o nula, la donación debe declararse: es la autoliquidación presentada la que acredita ante el banco y ante Hacienda de dónde sale el dinero.
Donaciones grandes a un hijo en Andalucía
| Importe donado | Cuota por donación | Sobre lo recibido | Cuota si se recibe por herencia |
|---|---|---|---|
| 400.000€ | 756,20€ | 0,19% | 0,00€ |
| 750.000€ | 1.596,20€ | 0,21% | 0,00€ |
| 1.000.000€ | 2.236,20€ | 0,22% | 0,00€ |
La herencia se calcula para un hijo de 21 años o más sin otras reducciones. Si se dona un bien que no es dinero, quien dona puede tener además una ganancia en su IRPF.
Donar 50.000€ a un hermano: Andalucía y sus vecinos
| Territorio | Cuota | Sobre lo recibido |
|---|---|---|
| Andalucía | 7.530,00€ | 15,06% |
| Extremadura | 7.859,90€ | 15,72% |
| Castilla-La Mancha | 7.859,90€ | 15,72% |
| Murcia | 78,60€ | 0,16% |
De los 17 territorios con página propia, 7 cobran menos que Andalucía por esta donación y 9 cobran más. Se aplica la norma del territorio donde reside el hermano que recibe.
A partir de qué importe se paga más de 1.000€ en Andalucía
Un hijo llega a una cuota de 1.000€ en Andalucía cuando recibe unos 501.600€ en dinero, y a una de 5.000€ con unos 2.063.000€. Un hermano alcanza esos 1.000€ con una donación de unos 9.300€. Son importes redondeados a la centena y sirven de referencia rápida: por debajo de ellos, el impuesto pesa menos en la decisión que los gastos de formalizar la donación.
100.000€ de una vez o en dos donaciones separadas
Las donaciones entre las mismas personas se suman a efectos del tipo cuando entre una y otra pasan menos de tres años. Pasado ese plazo, cada una tributa por separado. Efecto en Andalucía:
| Quién recibe | Una donación de 100.000€ | Dos de 50.000€, separadas más de tres años | Diferencia |
|---|---|---|---|
| Hijo | 126,20€ | 100,40€ | 25,80€ |
| Hermano | 18.930,00€ | 15.060,00€ | 3.870,00€ |
Para un hijo, espaciar las donaciones ahorra en Andalucía 25,80€. Entre hermanos el ahorro es de 3.870,00€, porque el tipo sube con el importe. Si la segunda donación llega antes de los tres años, se le aplica el tipo medio que correspondería a las dos juntas y la ventaja desaparece: ver acumulación de donaciones.
Lo que cuestan 10.000€ más
Quien duda entre donar 50.000€ o 60.000€ puede medir el coste de los últimos 10.000€: en Andalucía son 14,00€ si recibe un hijo y 2.100,00€ si recibe un hermano. Es el tipo marginal, que suele ser más alto que el porcentaje medio que resulta de dividir la cuota entre el total donado.
Si la donación se declara tarde en Andalucía
El plazo es de 30 días hábiles desde la donación, y la presentación telemática está en el portal oficial: Agencia Tributaria de Andalucía. Quien presenta después, pero antes de que la Administración lo reclame, paga un recargo sobre la cuota. Para los 50.000€ donados a un hermano, con una cuota de 7.530,00€:
| Retraso | Recargo | Importe |
|---|---|---|
| Menos de un mes | 1% | 75,30€ |
| Tres meses completos | 4% | 301,20€ |
| Más de doce meses | 15%, más intereses | 1.129,50€ |
Además del recargo, en Andalucía la bonificación del 99% solo se aplica a lo declarado de forma espontánea, sin requerimiento previo de la Administración. Ver donación no declarada.
Donar un negocio o una empresa individual en Andalucía
Quien traspasa en vida su negocio a un familiar puede evitar casi todo el impuesto. La norma de Andalucía permite restar de la base el 99% del valor neto. El donatario debe conservar lo recibido durante tres años.
La norma estatal, que es la que se aplica donde no hay regla propia, reduce el 95% y exige conservar lo recibido diez años.
| Un hijo recibe un negocio de 500.000€ | Sin la reducción | Con la reducción |
|---|---|---|
| Valor que entra en la base | 500.000€ | 5.000€ |
| Cuota en Andalucía | 996,20€ | 3,50€ |
La reducción ahorra 992,70€ en este ejemplo. Quien dona tampoco tributa en su IRPF por la ganancia cuando la donación cumple los requisitos de la reducción estatal. Ver empresa familiar.
Parejas de hecho y otros casos en Andalucía
En las donaciones, la norma de Andalucía trata como cónyuges a las parejas de hecho inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía o en un registro análogo de otra administración. La pareja que no cumple ese requisito tributa como una persona sin parentesco, en el Grupo IV, sin las reducciones ni las bonificaciones previstas para la familia. El requisito debe cumplirse el día de la donación: ver parejas de hecho.
Trámite en Andalucía
La donación se declara ante la administración tributaria de Andalucía en los 30 días hábiles siguientes, con el modelo 651, con la escritura y los justificantes del origen o destino del dinero: ver cómo declarar una donación. Las reglas para herencias están en impuesto de sucesiones en Andalucía.
El impuesto de donaciones en otros territorios
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga por donar 100.000€ a un hijo en Andalucía?
126,20€, con documento público y el origen del dinero en él. Sin escritura, al superar 5.000€ se pierde la bonificación y se pagan 12.620,00€.
¿Hace falta escritura pública para donar dinero en Andalucía?
Para que la donación sea válida, no. Para aplicar los beneficios fiscales de Andalucía, sí, en los términos que fija su norma.
¿Qué plazo hay para declarar la donación?
30 días hábiles desde la donación.
¿Se aplica la norma de Andalucía si el donante vive en otra comunidad?
Sí, si el donatario reside en Andalucía y se dona dinero, o si el inmueble donado está en Andalucía. La residencia del donante no cuenta.
¿Tienen bonificación las donaciones entre hermanos?
No hay una bonificación general: se aplica la tarifa con el coeficiente del Grupo III.
Fuentes oficiales
- Ley 5/2021, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOE)
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Ley 22/2009, de cesión de tributos a las comunidades autónomas (BOE)
- Agencia Tributaria de Andalucía