Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach · Publicado el 7 de septiembre de 2026 ·

Impuesto de sucesiones en Andalucía: cuánto se paga en 2026

En resumen

En Andalucía, hijos, cónyuge y padres no pagan nada por el primer millón de euros que hereda cada uno, y sobre el exceso tienen una bonificación del 99%. Hermanos, tíos y sobrinos tienen una reducción de 10.000€, sin bonificación, aunque pagan con una tarifa más baja que la estatal y un coeficiente fijo de 1,5.

Hijo hereda 200.000€ 0€ Cubierto por la reducción por parentesco
Hijo hereda 1.000.000€ 0€ Cubierto por la reducción por parentesco
Hermano hereda 200.000€ ≈44.430€ Reducción de 10.000€ y sin bonificación
Hijo, 200.000€ 0€ Hijo, 1.000.000€ 0€ Hermano, 200.000€ ≈44.430€

Cuotas para un heredero con un patrimonio previo inferior a 400.000€, sin otras reducciones. Calculadas con la Ley 5/2021 (arts. 26 a 39).

Lo propio del impuesto de Andalucía

Calcula tu caso en Andalucía

Reducciones y bonificaciones por parentesco en Andalucía

GrupoReducción por parentescoBonificación en la cuota
Grupo I: descendientes menores de 21 años1.000.000€99% de la cuota
Grupo II: descendientes de 21 o más, cónyuge y ascendientes1.000.000€99% de la cuota
Grupo III: hermanos, tíos, sobrinos y parientes políticos en línea recta10.000€Ninguna
Grupo IV: primos y personas sin parentescoNingunaNinguna

Con estas reglas, un hijo de 21 años o más empieza a pagar en Andalucía cuando su parte supera unos 1.002.000€. Un hermano empieza a pagar a partir de unos 10.000€. Los grupos se explican en grupos de parentesco.

Tarifa y coeficientes en Andalucía

Desde el 1 de enero de 2022 Andalucía aplica a los cuatro grupos una tarifa propia de once tramos, del 7% al 26%, más baja que la estatal.

Tarifa de Andalucía (todos los grupos)

Base liquidable hastaCuota íntegraResto de base hastaTipo
0,00€0,00€8.000,00€7%
8.000,00€560,00€7.000,00€8%
15.000,00€1.120,00€15.000,00€10%
30.000,00€2.620,00€20.000,00€12%
50.000,00€5.020,00€20.000,00€14%
70.000,00€7.820,00€30.000,00€16%
100.000,00€12.620,00€50.000,00€18%
150.000,00€21.620,00€50.000,00€20%
200.000,00€31.620,00€200.000,00€22%
400.000,00€75.620,00€400.000,00€24%
800.000,00€171.620,00€En adelante26%

Para leer la tarifa de Andalucía: tramos y tipos y coeficientes multiplicadores.

Cómo se calcula, paso a paso

Desglose de los tres ejemplos con la norma de Andalucía, para un heredero con patrimonio previo inferior a 400.000€ y sin reducciones por vivienda o empresa.

PasoHijo hereda 200.000€Hijo hereda 1.000.000€Hermano hereda 200.000€
Base imponible200.000,00€1.000.000,00€200.000,00€
Reducción por parentesco200.000,00€1.000.000,00€10.000,00€
Base liquidable0,00€0,00€190.000,00€
Cuota íntegra0,00€0,00€29.620,00€
Coeficiente multiplicador111,5
Cuota tributaria0,00€0,00€44.430,00€
Bonificación99%99%No hay
Cuota a pagar0,00€0,00€44.430,00€

Cuánto se paga en Andalucía según lo heredado

Cada heredero recibeHijo de 21 años o másHermanoPrimo o persona sin parentesco
100.000€0,00€16.530,00€23.978,00€
200.000€0,00€44.430,00€60.078,00€
300.000€0,00€77.130,00€101.878,00€
500.000€0,00€145.830,00€189.278,00€
1.000.000€0,00€331.530,00€424.878,00€

Tipo efectivo en Andalucía sobre lo heredado: un hijo que recibe 500.000€ paga el 0,0%, un hermano que recibe 200.000€ el 22,2% y una persona sin parentesco que recibe 200.000€ el 30,0%. Cada heredero calcula sobre su propia parte.

Casos resueltos en Andalucía

Situaciones habituales calculadas con la norma de Andalucía, para herederos con un patrimonio previo inferior a 400.000€. La explicación general de cada caso está en las guías enlazadas.

Si un hijo hereda más de un millón

Solo tributa lo que exceda de 1.000.000€, con la tarifa andaluza y la bonificación del 99%. Un hijo que hereda 1.200.000€ tiene una base liquidable de 200.000,00€, una cuota íntegra de 31.620,00€ y paga 316,20€. Sin la bonificación serían 31.620,00€.

Un caso típico en Andalucía: viudo y dos hijos

Un matrimonio que reside en Andalucía, en gananciales y de vecindad civil común, tiene 600.000€. Fallece uno sin testamento: la herencia son 300.000€, que pasan a los dos hijos, mayores de 21, con el usufructo de un tercio para el viudo, de 70 años.

QuiénQué recibeValor por el que tributaCuota en Andalucía
ViudoUsufructo de un tercio (100.000€), valorado en el 19% por su edad19.000€0,00€
Cada hijo150.000€, menos la mitad del valor del usufructo140.500€0,00€
Toda la familiaToda la herencia300.000€0,00€

En este caso la familia no paga nada en Andalucía, aunque los tres deben presentar la autoliquidación. El cálculo no incluye la reducción por vivienda habitual, que lo rebajaría si la vivienda era la residencia del fallecido y se conserva. Cuando el usufructo se extinga, los hijos tributarán por la parte que ahora no pagan: ver calculadora de usufructo.

Una herencia de 300.000€ entre hermanos en Andalucía

Es el caso de quien fallece sin hijos, sin padres y sin cónyuge:

Quién heredaCada uno recibeCuota de cada unoTotal
Un solo hermano300.000€77.130,00€77.130,00€
Dos hermanos150.000€29.730,00€59.460,00€
Tres hermanos100.000€16.530,00€49.590,00€

Con tres herederos, la cuota conjunta es 27.540,00€ menor que con uno solo. Lo que un heredero cede después a otro tributa como donación.

Si se presenta fuera de plazo en Andalucía

Pasados los seis meses sin haber pedido prórroga, y siempre que se presente antes de que la Administración lo reclame, a la cuota se le suma un recargo del 1% más otro 1% por cada mes completo de retraso. Para un hermano que hereda 200.000€ en Andalucía, con una cuota de 44.430,00€:

RetrasoRecargoImporte del recargoTotal a ingresar
Menos de un mes1%444,30€44.874,30€
Tres meses completos4%1.777,20€46.207,20€
Seis meses completos7%3.110,10€47.540,10€
Más de doce meses15%, más intereses de demora6.664,50€51.094,50€ más intereses

Con cuota cero en Andalucía no hay recargo, pero presentar tarde puede costar una multa fija. Si la Administración reclama antes, ya no hay recargo sino sanción: ver qué pasa si no pago a tiempo.

Si una comprobación eleva el valor en 20.000€

La tarifa es progresiva: cada euro añadido tributa al tipo del último tramo alcanzado. Efecto en Andalucía de que la Administración valore lo heredado en 20.000€ más de lo declarado:

CasoCuota declaradaCuota con 20.000€ másDiferencia
Hijo que hereda 500.000€0,00€0,00€0,00€
Hermano que hereda 200.000€44.430,00€50.730,00€6.300,00€
Persona sin parentesco que hereda 200.000€60.078,00€68.438,00€8.360,00€

Un inmueble declarado por su valor de referencia, o por uno superior, no puede comprobarse. Para el resto de bienes: comprobación de valores y tasación pericial contradictoria.

La vivienda habitual del fallecido en Andalucía

Cuando en la herencia está la vivienda en la que residía la persona fallecida, el cónyuge, los descendientes y los ascendientes pueden restar de su base el 99% del valor, con el límite estatal de 122.606,47€ por heredero. La condición es conservarla durante los tres años siguientes al fallecimiento. También pueden aplicarla los parientes colaterales mayores de 65 años que convivieran con el fallecido los dos años anteriores.

Vivienda de 400.000€ heredada por dos hijosRegla de AndalucíaRegla estatal
Parte de cada hijo200.000€200.000€
Reducción de cada hijo122.606,47€122.606,47€
Valor de la vivienda que sigue en la base de cada uno77.393,53€77.393,53€

En este ejemplo el resultado coincide con el de la norma estatal, porque opera el mismo límite; la diferencia aparece en viviendas de menor valor y en el plazo de mantenimiento, que en la norma estatal es de diez años. Esta reducción se suma a la de parentesco. Si la vivienda se vende antes de plazo, hay que ingresar la parte del impuesto que se dejó de pagar, con intereses: ver vivienda habitual en la herencia.

Heredar un negocio o una empresa individual en Andalucía

Cuando en la herencia hay una empresa individual o un negocio profesional, la norma de Andalucía permite restar de la base el 99% del valor.

La reducción exige que la actividad cumpla las condiciones de la norma y que lo heredado se conserve durante los tres años siguientes al fallecimiento; la norma estatal pide diez.

Un hijo hereda un negocio de 500.000€Sin la reducciónCon la reducción
Valor que entra en la base500.000€5.000€
Cuota en Andalucía0,00€0,00€

En este caso la cuota ya era nula o mínima por las reducciones y bonificaciones generales de Andalucía; la reducción del negocio pesa de verdad cuando heredan hermanos o sobrinos. Incumplir el mantenimiento obliga a ingresar lo que se dejó de pagar, con intereses. Requisitos generales en empresa familiar en la herencia.

Herederos con discapacidad en Andalucía

A la reducción por parentesco se suma otra por discapacidad. La norma de Andalucía aplica una reducción de 250.000€ si el grado de discapacidad es igual o superior al 33% e inferior al 65%, y de 500.000€ si llega al 65%. La estatal es de 47.858,59€ y 150.253,03€ para esos mismos grados.

Un hermano hereda 200.000€ en AndalucíaReducción por discapacidadCuota
Sin discapacidad reconocidaNinguna44.430,00€
Grado del 33% al 64%250.000,00€0,00€
Grado del 65% o más500.000,00€0,00€

El grado debe estar reconocido en la fecha del fallecimiento, y la reducción la aplica solo ese heredero, sobre su parte.

Parejas de hecho en Andalucía

La norma de Andalucía asimila al cónyuge a las parejas de hecho inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía o en un registro análogo de otra administración. La pareja que no cumple ese requisito tributa como una persona sin parentesco, en el Grupo IV.

Pareja que hereda 150.000€ en AndalucíaCuota
Equiparada al cónyuge0,00€
Sin equiparación41.078,00€
Diferencia41.078,00€

El requisito que se exige en Andalucía debe cumplirse el día del fallecimiento. La equiparación es solo fiscal: para heredar, la pareja necesita un testamento a su favor o una ley civil que la llame. Ver herencia entre parejas de hecho.

Particularidades de Andalucía

Los coeficientes multiplicadores andaluces son fijos por grupo y no dependen del patrimonio previo del heredero: 1,0 para los Grupos I y II, 1,5 para el Grupo III y 1,9 para el Grupo IV.

La reducción estatal por vivienda habitual se mejora hasta el 99% del valor, siempre que la adquisición se mantenga tres años. Pueden aplicarla el cónyuge, los ascendientes y descendientes, y los colaterales mayores de 65 años que hubieran convivido con el fallecido los dos años anteriores.

Las parejas de hecho inscritas en el registro andaluz, o en registros análogos, se equiparan a los cónyuges en reducciones, coeficientes y bonificaciones.

El 1 de octubre de 2026 la Junta de Andalucía anunció una bonificación del 99% entre hermanos a partir de 2027, vinculada según lo comunicado a la vivienda que sea residencia habitual de quien la recibe. Debe aprobarse en la ley de medidas fiscales que acompañe a los presupuestos de 2027; hasta su publicación se aplica lo descrito en esta página.

Cambios recientes

FechaCambioEstado
1 de enero de 2022Entra en vigor la Ley 5/2021: tarifa propia del 7% al 26% y coeficientes fijos por grupoEn vigor
1 de octubre de 2026Anuncio de una bonificación del 99% para la vivienda habitual que un hermano herede de otro, en el proyecto de presupuestos de 2027Anunciado

Plazo y dónde se presenta

Se aplica la norma de Andalucía cuando la persona fallecida residió en Andalucía la mayor parte de sus últimos cinco años, viva donde viva el heredero: ver qué comunidad se aplica. El impuesto se presenta ante la Agencia Tributaria de Andalucía, en los seis meses siguientes al fallecimiento y aunque la cuota sea cero, con el modelo 650. La presentación telemática, la cita previa y los formularios están en el portal oficial: Agencia Tributaria de Andalucía. Enlaces útiles: dónde presentarlo, plazos y prórroga, aplazamiento y valor de referencia de los inmuebles.

Andalucía frente a las comunidades vecinas

ComunidadHijo hereda 500.000€Hermano hereda 200.000€
Andalucía0,00€44.430,00€
Extremadura0,00€47.554,26€
Murcia1.077,27€47.554,26€
Castilla-La Mancha21.204,32€47.554,26€

Entre los 20 territorios con norma propia o diferenciada (las comunidades de régimen común, los territorios forales y Ceuta y Melilla), Andalucía es el territorio más barato para un hijo que hereda 500.000€ y el 13.º más barato para un hermano que hereda 200.000€; varios territorios empatan cuando la cuota es cero. Tabla completa en la comparativa por comunidades.

Guías relacionadas: impuesto de donaciones en Andalucía, modelo 650: cómo rellenarlo y dónde presentarlo, dónde presentar el modelo 650 en cada comunidad autónoma, impuesto de sucesiones por comunidades autónomas: comparativa 2026 y cambios en el impuesto de sucesiones previstos para 2027.

Preguntas frecuentes

¿Pagan los hijos impuesto de sucesiones en Andalucía?

No mientras lo que reciba cada uno no supere 1.000.000€. Por encima, el exceso tiene una bonificación del 99%.

¿Qué pasa si heredo más de un millón en Andalucía?

Solo tributa lo que exceda del millón, con la tarifa andaluza y una bonificación del 99%: un hijo que hereda 1.200.000€ paga 316,20€.

¿Cuánto paga un hermano en Andalucía?

44.430,00€ por heredar 200.000€: reducción de 10.000€, tarifa andaluza y coeficiente de 1,5, sin bonificación.

¿Está aprobada la bonificación para hermanos?

No. La Junta anunció el 1 de octubre de 2026 que el proyecto de presupuestos de 2027 incluirá un 99% para la vivienda habitual heredada entre hermanos. Hasta que se publique, no se aplica.

Consulta el impuesto en otras comunidades

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Fuentes oficiales