Impuesto de sucesiones en Álava
En resumen
En Álava el impuesto de sucesiones lo regula la Norma Foral 11/2005, de 16 de mayo. Cónyuge, pareja de hecho, hijos y padres no pagan por los primeros 400.000€ de cada heredero y tributan al 1,5% por el resto: 1.500,00€ por heredar 500.000€. Por heredar 200.000€, un hermano paga 20.588,92€, tras una reducción de 38.156€, y una persona sin parentesco, 35.935,86€. No hay coeficientes por patrimonio previo ni bonificaciones en la cuota.
Esta página forma parte de la guía de impuesto de sucesiones de Heredy.
Cuánto se paga según el parentesco
Cuota de cada heredero con la norma de Álava, sin reducciones por vivienda, empresa, discapacidad o seguros.
| Cada heredero recibe | Cónyuge, hijos o padres | Hermanos | Primos y sin parentesco |
|---|---|---|---|
| 100.000€ | 0,00€ | 5.890,70€ | 14.581,65€ |
| 200.000€ | 0,00€ | 20.588,92€ | 35.935,86€ |
| 300.000€ | 0,00€ | 39.214,16€ | 61.015,86€ |
| 500.000€ | 1.500,00€ | 78.262,39€ | 113.261,64€ |
| 1.000.000€ | 9.000,00€ | 196.999,33€ | 267.023,75€ |
En Álava un hijo que hereda 1.000.000€ paga 9.000,00€, un 0,9% de lo recibido.
Calcula tu caso en Álava
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Grupos, reducciones y tarifa
| Quién hereda | Reducción | Tipo o tarifa |
|---|---|---|
| Cónyuge, pareja de hecho, descendientes y ascendientes en línea recta, adoptantes y adoptados | 400.000€ | Tipo fijo del 1,5% |
| Colaterales de segundo y tercer grado por consanguinidad (hermanos, tíos, sobrinos) y ascendientes y descendientes por afinidad | Hermanos, tíos, sobrinos y ascendientes o descendientes por afinidad: 38.156€ | Tarifa del 5,70% al 34,58% |
| Colaterales de cuarto grado, colaterales por afinidad, grados más distantes y personas sin parentesco | Ninguna | Tarifa del 7,60% al 42,56% |
En Álava la pareja de hecho se equipara al cónyuge si está constituida conforme a la ley vasca de parejas de hecho.
Tarifa para hermanos, tíos y sobrinos
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo marginal |
|---|---|---|---|
| 0,00€ | 9.086,00€ | 0,00€ | 5,7% |
| 9.086,00€ | 27.261,00€ | 517,90€ | 7,98% |
| 27.261,00€ | 45.431,00€ | 1.968,27€ | 10,26% |
| 45.431,00€ | 90.850,00€ | 3.832,51€ | 12,54% |
| 90.850,00€ | 181.706,00€ | 9.528,05€ | 15,58% |
| 181.706,00€ | 454.259,00€ | 23.683,42€ | 19,38% |
| 454.259,00€ | 908.518,00€ | 76.504,19€ | 23,18% |
| 908.518,00€ | 2.271.297,00€ | 181.801,42€ | 28,5% |
| 2.271.297,00€ | En adelante | 570.193,44€ | 34,58% |
Tarifa para primos y personas sin parentesco
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo marginal |
|---|---|---|---|
| 0,00€ | 9.086,00€ | 0,00€ | 7,6% |
| 9.086,00€ | 27.261,00€ | 690,54€ | 10,64% |
| 27.261,00€ | 45.431,00€ | 2.624,36€ | 13,68% |
| 45.431,00€ | 90.850,00€ | 5.110,01€ | 16,72% |
| 90.850,00€ | 181.706,00€ | 12.704,07€ | 20,52% |
| 181.706,00€ | 454.259,00€ | 31.347,72€ | 25,08% |
| 454.259,00€ | 908.518,00€ | 99.704,01€ | 29,64% |
| 908.518,00€ | 2.271.297,00€ | 234.346,38€ | 35,72% |
| 2.271.297,00€ | En adelante | 721.131,04€ | 42,56% |
Álava frente a los otros dos territorios vascos
| Territorio | Hermano que hereda 100.000€ | Hermano que hereda 300.000€ | Sin parentesco, 100.000€ |
|---|---|---|---|
| Álava | 5.890,70€ | 39.214,16€ | 14.581,65€ |
| Bizkaia | 5.630,69€ | 38.681,11€ | 14.490,46€ |
| Gipuzkoa | 8.889,98€ | 44.606,57€ | 13.505,55€ |
Para un hermano que hereda 100.000€, Álava es el intermedio de los tres territorios, con una diferencia de 3.259,30€ entre el mejor y el peor. Para cónyuge, hijos y padres el resultado es idéntico en los tres: 400.000€ de reducción y 1,5%. La visión de conjunto está en impuesto de sucesiones en el País Vasco.
Tipo efectivo para cónyuge e hijos en Álava
El 1,5% solo recae sobre lo que excede de la reducción, de modo que el porcentaje real sobre lo heredado es siempre menor:
| Cada heredero recibe | Cuota | Tipo efectivo sobre lo heredado |
|---|---|---|
| 400.000€ | 0,00€ | 0% |
| 600.000€ | 3.000,00€ | 0,50% |
| 1.000.000€ | 9.000,00€ | 0,90% |
| 2.000.000€ | 24.000,00€ | 1,20% |
Por mucho que crezca la herencia, el tipo efectivo se acerca al 1,5% sin alcanzarlo.
Tres casos calculados en Álava
| Caso | Reducción | Base liquidable | Cuota |
|---|---|---|---|
| Dos hijos heredan 900.000€ por mitad: cada uno recibe 450.000€ | 400.000€ | 50.000€ | 750,00€ cada uno |
| Una sobrina hereda 150.000€ de su tío | 38.156€ | 111.844€ | 12.798,92€ |
| Un amigo recibe un legado de 80.000€ | Ninguna | 80.000€ | 10.889,95€ |
En el primer caso, la familia paga en Álava en total 1.500,00€ por una herencia de 900.000€. Como la reducción de 400.000€ es por heredero, la misma herencia recibida por un hijo único costaría 7.500,00€.
Repartir entre varios hermanos reduce la cuota total
La tarifa de Álava para hermanos es progresiva y la reducción se aplica a cada uno. Una herencia de 300.000€ entre hermanos:
| Quién hereda | Cada uno recibe | Cuota de cada uno | Total |
|---|---|---|---|
| Un solo hermano | 300.000€ | 39.214,16€ | 39.214,16€ |
| Dos hermanos | 150.000€ | 12.798,92€ | 25.597,83€ |
| Tres hermanos | 100.000€ | 5.890,70€ | 17.672,10€ |
Entre el primer supuesto y el tercero, la cuota conjunta baja 21.542,06€. En Álava no existe coeficiente por el patrimonio previo del heredero: quien ya tiene bienes paga lo mismo que quien no los tiene.
Legados a personas sin parentesco en Álava
Es el caso de un amigo, de la pareja que no está inscrita como pareja de hecho o de un pariente lejano:
| Importe recibido | Cuota | Sobre lo recibido |
|---|---|---|
| 30.000€ | 2.999,06€ | 10,0% |
| 60.000€ | 7.545,95€ | 12,6% |
| 150.000€ | 24.841,65€ | 16,6% |
| 300.000€ | 61.015,86€ | 20,3% |
Inscribir la pareja conforme a la ley vasca cambia en Álava el resultado por completo: pasa a tributar como un cónyuge, con 400.000€ de reducción y el 1,5%. La inscripción tiene que existir ya en la fecha del fallecimiento: no puede hacerse después.
Si el valor de lo heredado sube 20.000€
| Caso en Álava | Cuota inicial | Cuota con 20.000€ más | Diferencia |
|---|---|---|---|
| Hijo que hereda 500.000€ | 1.500,00€ | 1.800,00€ | 300,00€ |
| Hermano que hereda 200.000€ | 20.588,92€ | 23.710,16€ | 3.121,25€ |
| Persona sin parentesco que hereda 200.000€ | 35.935,86€ | 40.951,86€ | 5.016,00€ |
Para la familia directa, un error de valoración apenas mueve la cuota; para hermanos y extraños, cada euro añadido tributa al tipo marginal de su tarifa. Como referencia, un hermano que hereda 60.000€ en Álava paga 1.535,99€, y uno que hereda 500.000€, 78.262,39€: el tipo efectivo pasa del 2,6% al 15,7%.
Un hermano y dos sobrinos que heredan juntos en Álava
Herencia de 300.000€ de una persona sin hijos, padres ni cónyuge, con un hermano vivo y dos hijos de otro hermano ya fallecido:
| Heredero | Recibe | Reducción | Cuota |
|---|---|---|---|
| Hermano | 150.000€ | 38.156€ | 12.798,92€ |
| Cada sobrino | 75.000€ | 38.156€ | 2.951,49€ |
| Total | 300.000€ | 114.468€ en total | 18.701,89€ |
Los sobrinos heredan en lugar de su padre y se reparten lo que a él le habría correspondido. Cada heredero aplica en Álava su propia reducción, de modo que la cuota conjunta es menor que si todo fuera a una sola persona.
El usufructo del viudo en Álava, según su edad
Si el testamento deja al cónyuge el usufructo de toda la herencia, en Álava tributa solo por el valor de ese derecho. Sobre una herencia de 2.000.000€, que es donde la reducción de 400.000€ deja de cubrirlo todo:
| Edad del viudo | Valor del usufructo | Cuota del viudo |
|---|---|---|
| 55 años | 34%: 680.000€ | 4.200,00€ |
| 65 años | 24%: 480.000€ | 1.200,00€ |
| 75 años | 14%: 280.000€ | 0,00€ |
En las herencias corrientes en Álava, el usufructo del viudo queda por debajo de 400.000€ y no genera cuota. Los hijos tributan por la nuda propiedad y, al extinguirse el usufructo, por el resto.
Cuándo se aplica la norma de Álava
Se aplican dos reglas del Concierto Económico, una detrás de otra:
- Qué hacienda cobra. La Diputación Foral de Álava cobra el impuesto si la persona fallecida tenía su residencia habitual en Álava: pasó en el País Vasco la mayor parte del año anterior al fallecimiento y, dentro del País Vasco, más días en Álava que en cada uno de los otros dos territorios. Si vivía en el extranjero, se mira la residencia de cada heredero.
- Qué norma aplica. Aun así, la Diputación aplica la normativa de territorio común, y no la Norma Foral 11/2005, si el fallecido pasó más días en territorio común que en el País Vasco durante los cinco años anteriores. No ocurre si conservaba la condición política de vasco.
Quien se mudó a Álava desde otra comunidad en los últimos años puede quedar fuera de la norma foral aunque la gestione la Diputación. Lo que no cuenta es dónde viven los herederos ni dónde están los bienes. Se declara ante la Hacienda Foral de Álava. El reparto civil de la herencia depende de otra cosa, la vecindad civil: ver herencia en el País Vasco.
Herederos con discapacidad o dependencia: una tarifa más baja
En Álava la discapacidad no solo suma una reducción. A los herederos que no son cónyuge, pareja, hijos ni padres y tienen reconocido un grado de discapacidad del 33% o más, o una dependencia moderada o superior, la Norma Foral 11/2005 (artículos 22 y 24) les da tres ventajas:
- Una reducción de 38.156€ sea cual sea su parentesco, más 4.770€ por cada año menos de 21, con un máximo de 119.930€.
- Otra reducción de 56.109€ si el grado va del 33% al 64%, o de 176.045€ si llega al 65% o hay dependencia reconocida.
- Una tarifa propia, del 3,80% al 26,60%, en lugar de las generales, que llegan al 34,58% y al 42,56%.
| Hereda 200.000€ | Reducciones | Cuota |
|---|---|---|
| Hermano, sin discapacidad | 38.156€ | 20.588,92€ |
| Hermano, del 33% al 64% | 94.265€ | 7.935,79€ |
| Hermano, del 65% o con dependencia | 214.201€ | 0,00€ |
| Primo o amigo, sin discapacidad | 0€ | 35.935,86€ |
| Primo o amigo, del 33% al 64% | 94.265€ | 7.935,79€ |
Las dos reducciones por discapacidad no se suman entre sí: se aplica la del grado que corresponda. Para el cónyuge, los hijos y los padres no cambia nada, porque ya tienen 400.000€ y el 1,5%.
Vivienda, negocio y discapacidad en la norma de Álava
Además de las reducciones por parentesco, la Norma Foral 11/2005 tiene tres reducciones por el tipo de bien o por la situación del heredero. Leídas en el texto actualizado que publica la Diputación Foral de Álava:
| Caso | Reducción | Condición principal |
|---|---|---|
| Vivienda habitual | 95%, con un máximo de 212.242€ | Haber convivido con el fallecido en esa vivienda durante los dos años anteriores |
| Empresa individual, negocio profesional o participaciones | 95% | Hereda el cónyuge o la pareja de hecho, un ascendiente, un descendiente o un colateral hasta el cuarto grado, y lo conserva cinco años |
| Heredero con discapacidad del 33% al 64% | 56.109€ | Se suma a la reducción por parentesco |
| Heredero con discapacidad del 65% o más | 176.045€ | También se aplica a determinadas situaciones de dependencia reconocida |
En Álava la convivencia puede acreditarse por cualquier medio de prueba admitido en derecho. Es el único de los tres territorios que gradúa la reducción por discapacidad en dos tramos: Bizkaia y Gipuzkoa aplican un importe único.
Plazo de presentación en Álava: seis meses
A diferencia de Bizkaia y de Gipuzkoa, que dan un año, la norma de Álava fija seis meses para presentar la autoliquidación de una herencia o de un seguro de vida. Se cuentan desde el día siguiente al fallecimiento, se haya formalizado o no la partición. Para las donaciones, el plazo es de treinta días hábiles desde el día siguiente al hecho imponible. En las herencias con poder testatorio, el comisario tiene seis meses para presentar el inventario de los bienes.
El plazo tiene tres escalones que no existen en Bizkaia ni en Gipuzkoa (artículo 38):
| Momento | Qué ocurre | Coste |
|---|---|---|
| Seis meses desde el día siguiente al fallecimiento (diez si murió en el extranjero) | Plazo ordinario | Ninguno |
| Seis meses más | Prórroga automática, sin pedirla | Intereses de demora desde el fin del plazo ordinario |
| Otros seis meses | Prórroga extraordinaria, que hay que pedir antes de que acabe la anterior y justificar | Recargo del 5% de la cuota e intereses de demora |
| Fuera de esos plazos, sin requerimiento | Presentación tardía | Recargo del 10% de la cuota e intereses de demora |
Con cuota cero, los intereses y recargos también son cero, pero la autoliquidación sigue siendo obligatoria.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga un hijo por heredar en Álava?
Nada hasta 400.000€ por heredero; por 500.000€, 1.500,00€, y por 1.000.000€, 9.000,00€.
¿Paga el cónyuge viudo en Álava?
Como los hijos: en Álava no paga por los primeros 400.000€ y tributa al 1,5% por el exceso.
¿Cuánto paga un hermano en Álava?
Por heredar 200.000€, 20.588,92€, tras una reducción de 38.156€.
¿Hay bonificaciones como en otras comunidades?
No. La norma de Álava no bonifica la cuota: usa una reducción alta y un tipo del 1,5% para la familia directa, y tarifas propias para el resto.
¿Qué norma regula el impuesto en Álava?
La Norma Foral 11/2005, de 16 de mayo, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Fuentes oficiales
- Norma Foral 11/2005, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Álava: texto actualizado (Diputación Foral de Álava)
- Hacienda Foral de Álava
- Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco (BOE)
- Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOE)