Herencia sin testamento: cómo se reparte en 2026
En resumen
Si alguien muere sin testamento, la ley decide quién hereda: primero los hijos; si no los hay, los padres; después el cónyuge; y a falta de todos, hermanos, sobrinos y demás parientes hasta el cuarto grado. El cónyuge tiene además un usufructo cuando concurre con hijos o con padres. Para acreditar quién hereda hace falta una declaración de herederos ante notario. La pareja no casada no hereda en el Código Civil común.
Las mismas reglas se aplican cuando el testamento es nulo o no cubre todos los bienes: ver diferencia entre herencia testada e intestada.
En esta guía
El orden de sucesión legal
El Código Civil llama a heredar por grupos: cada uno excluye al siguiente, y solo se pasa al posterior si en el anterior no queda nadie o todos renuncian.
| Orden | Quién hereda | Observación |
|---|---|---|
| 1º | Hijos y descendientes | A partes iguales; por estirpes si un hijo falleció antes |
| 2º | Padres y ascendientes | Solo si no hay descendientes |
| — | Cónyuge viudo | Concurre con los dos grupos anteriores; hereda en solitario si no existen |
| 3º | Hermanos y otros colaterales | Hasta el 4º grado (primos hermanos), solo si no hay cónyuge |
| 4º | Estado o Comunidad Autónoma | Herencia vacante, si no hay ningún heredero de los anteriores |
El detalle de cada grupo, con ejemplos y matices (representación, división por estirpes, casos sin hijos ni cónyuge), está en orden de sucesión legal: quién hereda si no hay testamento.
Si un hijo del fallecido murió antes dejando hijos, estos ocupan su lugar y se reparten su parte. Con dos hijos, uno de ellos fallecido con tres hijos, la herencia se divide en dos mitades: una para el hijo vivo y la otra, a partes iguales, para los tres nietos.
Solo un testamento garantiza que una pareja no casada herede en el derecho común, aunque esté inscrita en un registro autonómico: ver testamento para parejas de hecho. Lo mismo vale para un amigo, un cuidador o una entidad: sin testamento no reciben nada.
Los derechos del cónyuge viudo
El cónyuge viudo ocupa una posición especial: nunca queda excluido salvo que exista separación legal o de hecho, pero su cuota varía según con quién concurra. Si concurre con hijos, recibe el usufructo del tercio de mejora; si concurre solo con ascendientes, el usufructo de la mitad de la herencia; y si no hay descendientes ni ascendientes, hereda todo el caudal en pleno dominio. Ampliado en derechos del cónyuge viudo sin testamento.
El usufructo se calcula sobre la herencia, no sobre todo el patrimonio del matrimonio. Si había gananciales, la mitad ya es del viudo y solo la otra mitad entra en la herencia.
Ejemplo práctico del reparto sin testamento
Un hombre fallece sin testamento y deja esposa, dos hijos y 300.000€ propios. Los hijos heredan todo por mitad, 150.000€ cada uno. La esposa recibe el usufructo de un tercio, 100.000€: puede usar esos bienes o cobrar sus rentas mientras viva, pero no es su dueña. Cuando ella fallezca, los hijos tendrán la plena propiedad de todo sin una nueva herencia. Es lo contrario de lo que muchas parejas dan por hecho: habiendo hijos, el viudo no hereda nada en propiedad.
Cómo se tramita: la declaración de herederos
Sin testamento no hay documento que diga quiénes son los herederos, así que el primer trámite es la declaración de herederos. Desde la Ley 15/2015 se tramita siempre ante notario, mediante un acta de notoriedad; un juzgado solo interviene después, si alguien discute el resultado. Hasta tenerla no se puede aceptar ni repartir. Su coste depende del número de herederos y de la complejidad del expediente, no del valor de la herencia: ver declaración de herederos: qué es y cuánto cuesta.
El acta cuesta entre 150€ y 600€ y tarda al menos veinte días hábiles. Un testamento notarial cuesta entre 40€ y 90€ (ver cuánto cuesta un testamento) y ahorra a los herederos ese trámite.
Casos especiales dentro de la sucesión intestada
Además del esquema general, hay situaciones con reglas propias:
- El reparto de padres a hijos, el caso más habitual.
- La herencia entre hermanos cuando no hay descendientes ni cónyuge.
- Qué pasa si el fallecido no tenía ni hijos ni cónyuge.
- Las herencias con bienes repartidos entre varias comunidades autónomas.
- La herencia vacante, cuando no aparece ningún heredero y hereda el Estado.
Qué hacer en los primeros días tras el fallecimiento
Los primeros días son para el certificado de defunción, el aviso a la Seguridad Social y a los bancos, y la búsqueda de documentos. El calendario está en qué hacer los primeros 30 días tras un fallecimiento sin testamento.
Hasta tener la declaración de herederos no se puede disponer de las cuentas, vender ni repartir. Hacerlo antes puede contar además como aceptación tácita de la herencia, con sus deudas: ver aceptación pura y simple.
Lo que la ley no decide por ti
La sucesión legal reparte cuotas, pero no resuelve otras cuestiones que solo un testamento puede ordenar: quién será tutor de los hijos menores, quién administrará lo que hereden, qué bien concreto recibe cada uno, o si alguien ajeno a la familia recibe algo.
Guías relacionadas: simulador ¿quién hereda? y glosario de términos sobre herencias y sucesiones.
Preguntas frecuentes
¿Quién hereda si no hay testamento en España?
Heredan por este orden: hijos y descendientes; en su defecto, padres y ascendientes; el cónyuge viudo concurre con ambos grupos o hereda en solitario si no existen; a falta de todos ellos, hermanos y otros colaterales hasta el cuarto grado; y en último término, el Estado o la comunidad autónoma correspondiente.
¿Es obligatorio hacer una declaración de herederos si no hay testamento?
Sí. Sin testamento hay que tramitar ante notario un acta de declaración de herederos, que determina quiénes heredan, antes de poder aceptar y repartir la herencia.
¿Hereda una pareja de hecho si no hay testamento?
No. A diferencia del cónyuge, una pareja de hecho no casada no tiene ningún derecho hereditario automático en el Código Civil común, por mucho tiempo de convivencia que hubiera. Solo un testamento puede garantizar que herede.
¿Qué pasa si un hijo del fallecido murió antes que él pero tenía sus propios hijos?
Sus hijos (nietos del fallecido) heredan por derecho de representación la parte que le habría correspondido a su progenitor, dividida por estirpes entre ellos, no a partes iguales con el resto de nietos de otras ramas familiares.
Todos los artículos de esta guía
- Orden de sucesión legal: quién hereda si no hay testamento
- Declaración de herederos: qué es y cuánto cuesta
- Herencia entre hermanos sin testamento: cómo se reparte
- Derechos del cónyuge viudo sin testamento
- Herencia de padres a hijos sin testamento
- Qué pasa si fallece sin hijos ni cónyuge
- Plazo y coste de una declaración de herederos ante notario
- Documentos necesarios para una declaración de herederos
- Herencia sin testamento con bienes en varias comunidades
- Herencia vacante: qué ocurre si no hay herederos
- Diferencia entre herencia testada e intestada
- Qué hacer los primeros 30 días tras un fallecimiento sin testamento
- Cuándo heredan los sobrinos y cuánto les corresponde
- Declaración de herederos entre hermanos, sobrinos y otros colaterales
- Hijos no reconocidos y herencia: qué derechos tienen y cómo reclamarlos
- Quién hereda cuando muere un hijo sin descendencia
Fuentes oficiales
- Código Civil (BOE, texto consolidado)
- Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria (BOE)
- Ministerio de Justicia: certificado de actos de última voluntad
- Consejo General del Notariado