Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach · Publicado el 7 de septiembre de 2026 ·

Testamento para parejas de hecho: qué debes saber

En resumen

En el Código Civil común, la pareja de hecho no hereda si no hay testamento, por muchos años que dure la convivencia, y tampoco tiene legítima. Con testamento puede recibir el tercio de libre disposición si hay hijos, la mitad si solo viven los padres, y todo si no hay ni unos ni otros. Para que el impuesto la trate como a un cónyuge debe cumplir el requisito de su comunidad, casi siempre la inscripción en un registro.

Cómo se registra una pareja de hecho

Convivir no basta: hay que inscribirse, de forma voluntaria y normalmente con la comparecencia de los dos, en el registro de la comunidad autónoma o del ayuntamiento. Los requisitos varían, pero suelen pedir un tiempo mínimo de convivencia o hijos comunes, y no estar casado ni inscrito con otra persona. Es la inscripción, no la convivencia, la que da acceso a los beneficios fiscales autonómicos. Y una inscripción no vale automáticamente en otra comunidad: tras una mudanza hay que revisarla.

Pareja de hecho vs matrimonio: diferencias en la herencia

MatrimonioPareja de hecho
Hereda sin testamento (Código Civil común)Sí, con derecho de usufructoNo, salvo previsión autonómica específica muy limitada
Hereda con testamentoSí, con las mismas reglas de legítimaSí, si el testamento la nombra heredera
Bonificación en impuesto de sucesionesEquiparada a hijos en la mayoría de comunidades (Grupo II)Depende de cada comunidad: algunas la equiparan al cónyuge si está inscrita como pareja de hecho registrada, otras no

Por qué el testamento es imprescindible

Sin testamento 0€ La pareja de hecho no está en el orden legal de sucesión Con testamento Hereda según lo que el testador decida, dentro de la legítima

Sin testamento, tu herencia va a tus hijos, o a tus padres, o a tus hermanos, por ese orden. Tu pareja no figura en él, lleve cinco años contigo o cuarenta.

Límites: la legítima sigue aplicando

Si tienes hijos u otros herederos forzosos, no puedes dejar toda la herencia a tu pareja de hecho: los dos tercios de legítima siguen reservados para ellos. Solo puedes disponer libremente del tercio de libre disposición, salvo que no tengas herederos forzosos, en cuyo caso puedes dejarle toda la herencia.

Hay otra diferencia con el matrimonio: el cónyuge tiene por ley un usufructo aunque el testamento no le nombre, y la pareja de hecho no tiene nada. El testamento no mejora su posición: la crea.

Las cláusulas útiles son el legado del tercio de libre disposición, un usufructo o un derecho de uso sobre la vivienda, y el fideicomiso de residuo si hay hijos de otra relación. Se explican en testamento entre cónyuges.

Impuesto de sucesiones: revisa tu comunidad autónoma

La norma estatal trata a la pareja de hecho como a un extraño, en el Grupo IV. Las quince comunidades de régimen común la equiparan al cónyuge, cada una con su requisito: casi siempre la inscripción en un registro, y en algunas, además, un tiempo mínimo de convivencia o de inscripción. Quien lo cumple tributa como un cónyuge; quien no, sin reducción y con la cuota multiplicada por dos. El requisito debe cumplirse el día del fallecimiento. La tabla por comunidades está en herencia entre parejas de hecho.

Qué pasa si la pareja se separa después de hacer testamento

En el Código Civil común, la ruptura no deja sin efecto lo dispuesto a favor de la pareja: el testamento sigue valiendo hasta que se revoque. Algunos derechos civiles propios sí lo prevén: en Cataluña, las disposiciones a favor del conviviente pierden su eficacia cuando la pareja se extingue. En cualquier caso, lo seguro tras una ruptura es otorgar un testamento nuevo: ver cómo revocar o modificar un testamento.

Con testamento y sin él, en cifras

Patrimonio de 300.000€ de una persona con pareja de hecho, con las reglas del Código Civil común:

Quién más quedaSin testamento, la pareja recibeCon testamento, puede recibir hasta
Hijos0€100.000€, el tercio de libre disposición
Padres, sin hijos0€150.000€, la mitad que no es legítima de los padres
Hermanos o sobrinos0€300.000€
Nadie0€: hereda el Estado300.000€

En el derecho común la pareja no hereda nunca por ley: todo lo que reciba depende del testamento. En Cataluña, Galicia, el País Vasco y Baleares la pareja estable sí tiene derechos sin testamento: ver herencia entre parejas de hecho.

Lo que el testamento no resuelve

El testamento decide a quién van los bienes. Otros derechos del miembro de la pareja que sobrevive dependen de reglas propias:

DerechoDe qué dependeQué hacer en vida
Pensión de viudedadDe que la pareja esté inscrita o constituida en documento público con dos años de antelación, y de la convivenciaInscribir la pareja. Ver pensión de viudedad
Seguir en la vivienda alquiladaDe haber convivido los dos años anteriores, o de tener hijos comunes. Hay que comunicarlo al casero en tres mesesConservar pruebas de la convivencia. Ver fallecimiento del inquilino
Seguir en la vivienda que era del fallecidoSolo del testamento: la pareja no tiene un derecho legal de usoLegarle el usufructo o la propiedad de la vivienda
Seguro de vida y plan de pensionesDe quién figure como beneficiario en la póliza o en el planDesignarla expresamente: «cónyuge» no incluye a la pareja
Trato fiscal de lo heredadoDe la norma de la comunidad y de sus requisitos de inscripciónComprobarlos en la guía de tu comunidad

Guías relacionadas: el tercio de libre disposición: qué es y a quién puedes dejarlo.

Herramienta relacionada. Antes de decidir el reparto, comprueba qué parte reserva la ley con el simulador de la legítima.

Siguiente paso. La parte fiscal y civil está en herencia entre parejas de hecho.

Preguntas frecuentes

¿Mi pareja de hecho hereda automáticamente si fallezco sin testamento?

No, con carácter general en el Código Civil común. Si falleces sin testamento, la herencia se reparte según el orden legal de sucesión, que no incluye a la pareja de hecho como heredera. Solo el testamento puede asegurar que herede.

¿Necesito inscribir mi pareja de hecho en un registro para que herede?

No es necesario para que herede si la nombras expresamente en tu testamento: cualquier persona, esté o no registrada como pareja de hecho, puede ser designada heredera por testamento. La inscripción sí suele ser un requisito para acceder a las bonificaciones fiscales autonómicas equiparadas al cónyuge en el impuesto de sucesiones.

¿Qué pasa si nos separamos después de hacer testamento a favor de mi pareja?

En el Código Civil común, el testamento sigue valiendo tal como está: la ruptura no revoca nada. Otorga uno nuevo cuanto antes si ya no quieres que tu expareja herede.

Fuentes oficiales