Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach · Publicado el 7 de septiembre de 2026 ·

Cómo revocar o modificar un testamento

En resumen

Un testamento puede cambiarse cuantas veces se quiera mientras se conserve la capacidad para testar. El nuevo revoca al anterior en todo lo que sea incompatible, sin más trámite. Nadie puede renunciar a ese derecho: una cláusula que prohíba cambiar el testamento no vale. Conviene revisarlo tras un nacimiento, un matrimonio o un divorcio, porque en el Código Civil común no se actualiza solo.

Cómo se revoca un testamento

FormaEfecto
Otorgar un testamento nuevoRevoca al anterior en todo lo que sea incompatible con el nuevo (puede revocarlo totalmente o solo en parte)
Testamento que solo revocaDeja sin efecto el anterior sin disponer nada nuevo; debe otorgarse con las formalidades de un testamento
Destrucción del testamento ológrafoSi el testador lo destruye voluntariamente, queda revocado (solo aplica al ológrafo en su poder, no al notarial protocolizado)

Un testamento posterior no revoca al anterior si expresamente dice que quiere que subsista en todo o en parte. La revocación se mantiene aunque el nuevo testamento quede después sin efecto porque el heredero nombrado no pueda o no quiera heredar; el anterior solo recobra su fuerza si el testador revoca el posterior y declara expresamente que quiere que valga el primero (artículos 739 y 740 del Código Civil).

Quien quiere dejar sin efecto su testamento sin haber decidido todavía otro reparto puede otorgar uno que se limite a revocarlo. La ley exige para revocar las mismas formalidades que para testar, de modo que se firma ante notario como cualquier testamento y se comunica al registro. Mientras no se otorgue otro, la sucesión se regirá por las reglas de la herencia sin testamento.

Qué ocurre si tienes un hijo después de otorgar testamento

Si después de testar nace un hijo, o se reconoce a uno, y el testamento no lo menciona, hay preterición: la omisión de un heredero forzoso. Cuando no es intencional, que es lo normal si el hijo nació después, la ley distingue:

El hijo nacido después no se queda sin nada, pero el reparto resultante puede ser muy distinto del que el testador quería. Tras un nacimiento conviene otorgar un testamento nuevo. Y si lo que se pretende es excluir a un hijo, el silencio no sirve: solo cabe la desheredación por una causa legal. Ver preterición.

Errores frecuentes al revocar o modificar un testamento

Qué ocurre si te divorcias

Código Civil común El divorcio NO anula automáticamente las disposiciones al excónyuge (solo por vía judicial, caso a caso) Galicia, Navarra, Aragón, Cataluña La ley SÍ presume la ineficacia de esas disposiciones tras el divorcio o separación

En el Código Civil común, no existe una norma que anule automáticamente las disposiciones a favor de tu excónyuge cuando el matrimonio se disuelve antes del fallecimiento. Los tribunales pueden declararlas ineficaces por vía judicial si se demuestra que la causa de esa disposición era el propio vínculo matrimonial, pero esto no ocurre de forma automática.

En cambio, Galicia (art. 208 de la Ley de Derecho Civil de Galicia), Navarra (ley 201 del Fuero Nuevo), Aragón (art. 438 del Código Foral) y Cataluña (art. 422-13 del Código Civil catalán) sí establecen que las disposiciones a favor del cónyuge quedan sin efecto si, tras otorgar el testamento, se produce separación, divorcio o nulidad matrimonial — salvo reconciliación.

La recomendación práctica es la misma en todo el territorio: tras un divorcio o separación, otorga un testamento nuevo cuanto antes en vez de confiar en que el anterior quede automáticamente sin efecto, sobre todo si tu situación se rige por el Código Civil común.

Qué testamento vale: cuatro casos

CasoQué vale
Testamento de 2015 y otro de 2022 que no menciona al anteriorSolo el de 2022. El posterior revoca al anterior entero
El de 2022 dice que mantiene el de 2015 salvo en un legadoLos dos, en lo que no se contradigan
El heredero nombrado en 2022 muere antes que el testador y no hay sustitutoEl de 2015 no revive. Esa parte se reparte como si no hubiera testamento
Testamento notarial de 2015 y uno ológrafo posterior, válidoEl ológrafo, una vez protocolizado. La forma no da preferencia: manda la fecha

El certificado de últimas voluntades enumera todos los testamentos notariales de la persona, con su fecha y su notario, y permite saber cuál es el último: ver cómo saber si hay testamento.

Guías relacionadas: herencia y excónyuge: qué derechos tiene tu ex, herencia con un testamento antiguo: ¿sigue siendo válido? y preterición: el hijo que no aparece en el testamento.

Herramienta relacionada. Antes de decidir el reparto, comprueba qué parte reserva la ley con el simulador de la legítima.

Siguiente paso. Un testamento nuevo cuesta lo mismo que el primero: mira el precio del testamento.

Preguntas frecuentes

¿Divorciarme anula automáticamente mi testamento anterior a favor de mi ex cónyuge?

En el Código Civil común, no de forma automática: el Código no contiene una norma que declare ineficaz esa disposición solo por el divorcio, aunque los tribunales pueden declararla ineficaz si se demuestra que la causa de la disposición era precisamente el vínculo matrimonial. En cambio, Galicia, Navarra, Aragón y Cataluña sí tienen normas forales que presumen la ineficacia de esas disposiciones tras una ruptura. Por eso, ante un divorcio, lo más seguro es siempre otorgar un testamento nuevo.

¿Puedo destruir mi testamento para dejarlo sin efecto?

Solo si es un testamento ológrafo en tu poder: destruirlo voluntariamente lo revoca. Un testamento notarial no se revoca destruyendo tu copia personal, porque el original queda protocolizado en la notaría; necesitas otorgar un nuevo testamento o un acto expreso de revocación ante notario.

¿Qué pasa si tengo un hijo después de hacer testamento y no lo actualizo?

El hijo omitido queda protegido por la figura de la preterición (artículo 814 del Código Civil): si la omisión no fue intencional y afecta a todos los descendientes, se anulan las disposiciones patrimoniales del testamento; si afecta solo a alguno, se anula la institución de heredero, pero valen los legados y mejoras que no perjudiquen las legítimas. Aun así, es muy recomendable revisar el testamento tras el nacimiento de un hijo para evitar reajustes no deseados.

¿Necesito dar explicaciones al notario para revocar un testamento?

No. La revocación es un derecho personal e irrenunciable del testador, y no requiere justificar el motivo ante el notario ni ante nadie. Basta con manifestar tu voluntad de revocar, ya sea otorgando un testamento nuevo o mediante un acto expreso de revocación.

Fuentes oficiales