Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach · Publicado el 7 de septiembre de 2026 ·

Impuesto de sucesiones por comunidades autónomas: comparativa 2026

En resumen

El impuesto de sucesiones se paga con la norma del territorio donde residía la persona fallecida, y las diferencias son enormes. Para hijos, cónyuge y padres, la mayoría deja la cuota en cero o en una cantidad simbólica, pero Navarra, Castilla-La Mancha, Cataluña, Aragón y Asturias cobran cantidades relevantes en herencias altas. Para hermanos, tíos y sobrinos casi nadie bonifica: las excepciones son Canarias, Ceuta y Melilla, Baleares, Madrid, Cantabria y la Comunidad Valenciana. Las cifras están calculadas con la norma vigente de cada territorio, publicada en el BOE o en el boletín foral correspondiente.

Esta página compara las reglas de los 20 territorios con normativa propia o diferenciada: las 15 comunidades de régimen común, Navarra, Bizkaia, Gipuzkoa, Álava y Ceuta y Melilla. Las tablas completas de cuotas por importe, de 100.000€ a 1.000.000€, están en cuánto se paga por heredar según el importe.

Tabla comparativa: reducciones y bonificaciones por territorio

TerritorioHijos de 21 o más, cónyuge y padresHermanos, tíos y sobrinosPrimos y personas sin parentesco
ÁlavaReducción: 400.000€ por heredero (cónyuge, pareja de hecho, descendientes y ascendientes). Tipo único del 1,5% sobre el excesoReducción: 38.156€ (hermanos, tíos, sobrinos y parientes por afinidad). Tarifa foral propia, sin bonificaciónReducción: ninguna. Tarifa foral propia, sin bonificación
AndalucíaReducción: 1.000.000€. Bonificación: 99% de la cuotaReducción: 10.000€. Bonificación: ningunaReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
AragónReducción: 100% de la base hasta que el total de reducciones alcance 500.000€. Bonificación: ninguna con carácter general. 65% sobre la cuota de la vivienda habitual si vale 300.000€ o menosReducción: Hermanos: 15.000€. Resto del grupo: 7.993,46€ (la estatal). Bonificación: ningunaReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
AsturiasReducción: 300.000€. Bonificación: ningunaReducción: 7.993,46€ (la estatal). Bonificación: ningunaReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
BalearesReducción: 25.000€. Bonificación: 100% de la cuotaReducción: 8.000€. Bonificación: 60% para colaterales consanguíneos de segundo y tercer grado que no concurran con descendientes del fallecido; 35% para el resto del grupoReducción: 1.000€. Bonificación: ninguna
BizkaiaReducción: 400.000€ (cónyuge, pareja de hecho, descendientes y ascendientes). Bonificación: ninguna: el tipo ya es del 1,5%Reducción: Hermanos: 40.000€. Tíos, sobrinos y parientes políticos en línea recta: 20.000€. Bonificación: ningunaReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
CanariasReducción: Cónyuge: 40.400€. Hijos: 23.125€. Resto de descendientes y ascendientes: 18.500€. Bonificación: 99,9% de la cuotaReducción: 9.300€. Bonificación: 99,9% de la cuotaReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
CantabriaReducción: 50.000€. Bonificación: 100% de la cuotaReducción: Hermanos: 25.000€. Resto del grupo: 8.000€. Bonificación: 50% solo para hermanos (colaterales de segundo grado por consanguinidad)Reducción: ninguna. Bonificación: ninguna
Castilla y LeónReducción: 60.000€ y una reducción variable hasta completar 400.000€. Bonificación: 99% de la cuotaReducción: 7.993,46€ (la estatal). Bonificación: ningunaReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
Castilla-La ManchaReducción: 15.956,87€ (la estatal). Bonificación: del 100% al 80%, según la base liquidableReducción: 7.993,46€ (la estatal). Bonificación: ningunaReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
CataluñaReducción: Cónyuge e hijos: 100.000€. Resto de descendientes: 50.000€. Ascendientes: 30.000€. Bonificación: cónyuge: 99%. Hijos, nietos y ascendientes: del 60% al 0%, según la base imponibleReducción: 8.000€. Bonificación: ningunaReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
Comunidad ValencianaReducción: 100.000€. Bonificación: 99% de la cuotaReducción: 7.993,46€ (la estatal). Bonificación: 25% para colaterales consanguíneos de segundo y tercer gradoReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
ExtremaduraReducción: 500.000€. Bonificación: 99% de la cuotaReducción: 7.993,46€ (la estatal). Bonificación: ninguna, salvo personas con especial vinculación inscritasReducción: ninguna. Bonificación: ninguna, salvo personas con especial vinculación inscritas
GaliciaReducción: 1.000.000€. Bonificación: ninguna: el exceso sobre 1.000.000€ tributa con la tarifa reducidaReducción: 25.000€. Bonificación: ningunaReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
GipuzkoaReducción: 400.000€ por heredero (cónyuge, pareja de hecho, descendientes y ascendientes). Tipo único del 1,5% sobre el excesoReducción: 16.150€ (hermanos, tíos, sobrinos y parientes por afinidad). Tarifa foral propia, sin bonificaciónReducción: 8.075€. Tarifa foral propia, sin bonificación
La RiojaReducción: 15.956,87€ (la estatal). Bonificación: deducción del 99% de la cuotaReducción: 7.993,46€ (la estatal). Bonificación: ningunaReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
MadridReducción: 16.000€. Bonificación: 99% de la cuotaReducción: 8.000€. Bonificación: 50% de la cuotaReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
MurciaReducción: 15.956,87€ (la estatal). Bonificación: deducción del 99% de la cuotaReducción: 7.993,46€ (la estatal). Bonificación: ningunaReducción: ninguna. Bonificación: ninguna
NavarraSin reducción por parentesco: tarifa propia con los primeros 250.000€ al 0% y del 2% al 16% sobre el resto; el cónyuge tributa al 0,8% sobre lo que exceda de 250.000€0,8% hasta 7.813,16€ y tarifa no progresiva del 8% al 35% (hermanos) o del 9% al 39% (tíos y sobrinos)Tarifa no progresiva del 11% al 43% (primos) o al 48% (extraños)
Ceuta y MelillaReducción: 15.956,87€ (la estatal). Bonificación: 99% de la cuotaReducción: 7.993,46€ (la estatal). Bonificación: 50% de la cuotaReducción: ninguna. Bonificación: 50% de la cuota

La reducción se resta de lo heredado antes de aplicar la tarifa, y la bonificación se aplica sobre la cuota. Los descendientes menores de 21 años (Grupo I) suelen tener un trato igual o mejor que los adultos: el detalle está en la página de cada territorio. Si no sabes cuál es tu grupo, consulta los grupos de parentesco.

Cuánto paga cada heredero: resumen por territorio

Cuota por heredero, con un patrimonio previo inferior a 400.000€ y sin reducciones por vivienda, empresa, discapacidad o seguro de vida. Ordenado de menos a más según lo que paga un hijo por 1.000.000€.

TerritorioHijo, 200.000€Hijo, 1.000.000€Hermano, 200.000€Primo o extraño, 200.000€
Andalucía0,00€0,00€44.430,00€60.078,00€
Baleares0,00€0,00€15.206,54€53.392,75€
Cantabria0,00€0,00€20.907,34€63.281,70€
Galicia0,00€0,00€41.814,68€63.281,70€
Canarias26,73€260,26€47,11€63.281,70€
Extremadura0,00€1.107,69€47.554,26€63.281,70€
Castilla y León0,00€1.405,19€47.554,26€63.281,70€
Comunidad Valenciana124,88€2.355,31€35.918,17€63.705,61€
Madrid282,21€2.625,66€23.760,44€63.242,43€
Ceuta y Melilla282,50€2.626,97€23.777,13€31.640,85€
La Rioja282,50€2.626,97€47.554,26€63.281,70€
Murcia282,50€2.753,35€47.554,26€63.281,70€
Bizkaia0,00€9.000,00€20.230,59€35.719,09€
Gipuzkoa0,00€9.000,00€25.226,57€35.301,66€
Álava0,00€9.000,00€20.588,92€35.935,86€
Navarra0,00€25.000,00€38.499,87€58.000,00€
Castilla-La Mancha1.412,50€52.539,47€47.554,26€63.281,70€
Cataluña3.825,00€103.137,50€34.368,65€46.000,00€
Aragón0,00€110.768,76€45.189,61€63.281,70€
Asturias0,00€208.360,00€47.521,15€63.240,00€
Andalucía 0€ Baleares 0€ Cantabria 0€ Galicia 0€ Canarias 260€ Extremadura 1.108€ Castilla y León 1.405€ Comunidad Valenciana 2.355€ Madrid 2.626€ Ceuta y Melilla 2.627€ La Rioja 2.627€ Murcia 2.753€ Bizkaia 9.000€ Gipuzkoa 9.000€ Álava 9.000€ Navarra 25.000€ Castilla-La Mancha 52.539€ Cataluña 103.138€ Aragón 110.769€ Asturias 208.360€

Cuota de un hijo de 21 años o más que hereda 1.000.000€. En granate, los territorios donde supera los 20.000€.

Para otros importes (100.000€, 300.000€ o 500.000€) y para el caso del viudo con usufructo, consulta las tablas completas por importe.

Tres grupos de territorios para hijos, cónyuge y padres

Con 200.000€ el panorama es más uniforme: solo en Castilla-La Mancha y Cataluña paga un hijo más de 1.000€. La diferencia aparece a partir del umbral de cada territorio: 250.000€ en Navarra, 300.000€ en Asturias, 400.000€ en los territorios vascos, 500.000€ en Aragón y Extremadura, 1.000.000€ en Andalucía y Galicia.

En Cataluña el cónyuge tiene una bonificación del 99%, muy distinta de la de los hijos, así que para un viudo o una viuda Cataluña pasa al grupo de los que apenas cobran. En Navarra ocurre algo parecido: el cónyuge tributa al 0,8% sobre lo que exceda de 250.000€.

Hermanos, tíos y sobrinos: dónde hay alguna ventaja

Es el grupo en el que más se nota el territorio, porque afecta a herencias corrientes. Por 200.000€, un hermano paga 47,11€ en Canarias y 47.554,26€ donde se aplica la norma estatal sin bonificación. Las ventajas que existen son de cuatro tipos:

Donde no hay nada de lo anterior, que es la mayoría de comunidades de régimen común, un hermano paga lo que marca la norma estatal: 47.554,26€ por 200.000€. El desarrollo civil y fiscal está en herencia entre hermanos y en herencia entre tíos y sobrinos.

Primos y personas sin parentesco

Solo Ceuta y Melilla bonifican al Grupo IV, con un 50%. En el resto, las diferencias vienen de la tarifa, del coeficiente y, en Gipuzkoa, de una pequeña reducción. Por heredar 200.000€, la cuota va de 31.640,85€ en Ceuta y Melilla a 63.705,61€ en Comunidad Valenciana. En la mayoría de comunidades, que aplican la tarifa y el coeficiente estatales, es de 63.281,70€. La pareja de hecho entra aquí salvo donde la norma la equipara al cónyuge. Ver herencia entre primos y herencia sin parentesco.

La reducción por vivienda habitual en cada territorio

Es la reducción que más pesa en las herencias familiares, porque casi todas incluyen la casa de los padres. La norma estatal permite restar el 95% del valor de la vivienda habitual del fallecido, con un límite de 122.606,47€ por heredero, si se conserva diez años. 11 comunidades de régimen común la mejoran, en el porcentaje, en el límite o en el plazo:

TerritorioReducciónLímiteCondición principal
Álava95%212.242€Haber convivido con el fallecido en ella los dos años anteriores, sea cual sea el parentesco
Andalucía99%122.606,47€ por herederoConservarla tres años
Aragón100%200.000€ por herederoConservarla cinco años. Además, bonificación del 65% de la cuota que corresponda a la vivienda si vale 300.000€ o menos
AsturiasDel 95% al 99% según su valor (99% hasta 90.000€)122.606,47€ por herederoConservarla tres años
Baleares100%270.151,20€ por herederoConservarla cinco años
Bizkaia95%215.000€Haber convivido con el fallecido en ella los dos años anteriores, sea cual sea el parentesco
Canarias99%200.000€ para toda la vivienda, repartidos entre los herederosConservarla cinco años. Solo cónyuge y descendientes
Cantabria95%125.000€ por herederoConservarla cinco años
Castilla y León95%122.606,47€ por heredero (regla estatal)Conservarla diez años
Castilla-La Mancha95%122.606,47€ por heredero (regla estatal)Conservarla diez años
Cataluña95%500.000€ para toda la vivienda, con un mínimo de 180.000€ por herederoConservarla cinco años
Comunidad Valenciana95%150.000€ por herederoConservarla cinco años
Extremadura95%122.606,47€ por heredero (regla estatal)Conservarla diez años
GaliciaDel 95% al 99% según su valor (99% hasta 150.000€); el cónyuge, 100%600.000€Conservarla cinco años
Gipuzkoa95%220.000€Haber convivido con el fallecido en ella los dos años anteriores, sea cual sea el parentesco
La Rioja95%122.606,47€ por herederoConservarla cinco años
Madrid95%123.000€ por herederoConservarla cinco años
Murcia95%122.606,47€ por heredero (regla estatal)Conservarla diez años
NavarraRégimen propio—Un hermano que convivió con el fallecido los cinco años anteriores tributa por ella al 0,8% si la conserva otros cinco
Ceuta y Melilla95%122.606,47€ por heredero (regla estatal)Conservarla diez años

En el régimen común pueden aplicarla el cónyuge, los descendientes y los ascendientes, y también los parientes colaterales mayores de 65 años que convivieran con el fallecido los dos años anteriores. En los territorios vascos no depende del parentesco sino de la convivencia. Si la vivienda se vende antes del plazo, hay que ingresar la parte del impuesto que se dejó de pagar, con intereses. Lo que supone en euros, comunidad por comunidad, está en cuánto se paga por heredar con vivienda habitual; los requisitos, en la vivienda habitual en la herencia.

Qué territorios tienen tarifa o coeficientes propios

El resto de comunidades de régimen común aplican la tarifa estatal y los coeficientes multiplicadores estatales, con las particularidades que se indican en la página de cada una.

Qué territorio te corresponde

No se elige. En el régimen común se aplica la norma de la comunidad donde la persona fallecida pasó más días en los cinco años anteriores a su muerte, viva donde viva el heredero y estén donde estén los bienes. Hay tres matices:

Lo explicamos con ejemplos en qué comunidad se aplica a tu herencia.

Cómo leer estas cifras

Cambios aprobados y cambios solo anunciados

Lo que se aplica es la norma vigente el día del fallecimiento. Un anuncio no cambia nada hasta que se publica en el boletín oficial.

Guías relacionadas: comparativa del impuesto de donaciones por comunidades, cambios en el impuesto de sucesiones en 2026, comparativa interactiva del impuesto de sucesiones entre 2 CCAA y norma vigente y cambios del impuesto de sucesiones por comunidad.

Siguiente paso. Enfrenta dos territorios con tus cifras en el comparador de comunidades.

Preguntas frecuentes

¿En qué comunidad se paga menos impuesto de sucesiones?

Para hijos, cónyuge y padres, en Andalucía, Baleares, Cantabria y Galicia no se paga nada ni siquiera con una herencia de 1.000.000€ por heredero. Para hermanos, el territorio más favorable es Canarias, con una bonificación del 99,9%: por 200.000€, 47,11€.

¿En qué comunidad se paga más?

Para un hijo que hereda 1.000.000€, en Asturias, con 208.360,00€. Por 200.000€ entre padres e hijos, solo Castilla-La Mancha y Cataluña superan los 1.000€. Para hermanos, las comunidades que aplican la norma estatal sin bonificación, con 47.554,26€ por 200.000€.

¿Pagan los hermanos en todas las comunidades?

Sí, aunque en Canarias la cuota es casi cero. Baleares, Madrid, Cantabria, Ceuta y Melilla y la Comunidad Valenciana aplican bonificaciones parciales, y Andalucía y los territorios forales usan tarifas, reducciones o coeficientes más favorables que los estatales.

¿Qué comunidades mejoran la reducción por la vivienda habitual?

Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja y Madrid. Las mejoras más amplias son las de Baleares (100% hasta 270.151,20€), Aragón (100% hasta 200.000€) y Galicia (hasta 600.000€). Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Murcia y Ceuta y Melilla aplican la regla estatal.

¿Puedo elegir la comunidad donde tributar?

No. Se aplica la de la residencia habitual del fallecido durante sus últimos cinco años (el último año, si se trata de Navarra), no la del heredero ni la de los bienes.

¿De dónde salen las cifras?

De la norma vigente de cada territorio: la ley de tributos cedidos de cada comunidad en su versión consolidada del BOE, las normas forales de Navarra, Bizkaia, Gipuzkoa y Álava, y la Ley 29/1987 para Ceuta y Melilla. Revisadas el 25 de octubre de 2026.

Fuentes oficiales