Impuesto de sucesiones en Asturias: cuánto se paga en 2026
En resumen
En Asturias, hijos, cónyuge y padres tienen una reducción de 300.000€ por heredero. Lo que exceda de esa cifra tributa con una tarifa propia que empieza en el 21,25%, sin bonificación en la cuota, salvo los menores de 21 años, cuyo coeficiente multiplicador es cero o casi cero. Es una de las comunidades donde una herencia alta entre padres e hijos adultos sale más cara.
Esta página forma parte de la guía de impuesto de sucesiones de Heredy.
Cuotas para un heredero con un patrimonio previo inferior a 400.000€, sin otras reducciones. Calculadas con el Decreto Legislativo 2/2014 (arts. 17, 21 y 22).
Lo propio del impuesto de Asturias
- Hijos, cónyuge y padres tienen una reducción de 300.000€ y ninguna bonificación: lo que pase de esa cifra tributa con una tarifa propia que empieza en el 21,25%.
- Por eso es el territorio más caro para un hijo que hereda 500.000€: paga 48.620,00€. Con 1.000.000€, 208.360,00€.
- Los menores de 21 años tienen un coeficiente multiplicador de cero si su patrimonio previo no supera 402.678,11€: no pagan, hereden lo que hereden.
- Hermanos, tíos y sobrinos no tienen reducción ni bonificación propias, y su tarifa sube hasta el 36,5%, por encima del 34% estatal.
Calcula tu caso en Asturias
Reducciones y bonificaciones por parentesco en Asturias
| Grupo | Reducción por parentesco | Bonificación en la cuota |
|---|---|---|
| Grupo I: descendientes menores de 21 años | 300.000€ | Ninguna en la cuota, pero el coeficiente multiplicador es 0 con un patrimonio previo de hasta 402.678,11€ |
| Grupo II: descendientes de 21 o más, cónyuge y ascendientes | 300.000€ | Ninguna |
| Grupo III: hermanos, tíos, sobrinos y parientes políticos en línea recta | 7.993,46€ (la estatal) | Ninguna |
| Grupo IV: primos y personas sin parentesco | Ninguna | Ninguna |
Con estas reglas, un hijo de 21 años o más empieza a pagar en Asturias cuando su parte supera unos 300.000€. Un hermano empieza a pagar a partir de unos 8.000€. Los grupos se explican en grupos de parentesco.
Tarifa y coeficientes en Asturias
Asturias aplica dos tarifas. A hijos, cónyuge y padres, una de cuatro tramos, del 21,25% al 36,50%, sobre lo que exceda de la reducción. Al resto, una escala del 7,65% al 36,50%, con los dos últimos tramos por encima de los estatales.
Tarifa de Asturias para los Grupos I y II
| Base liquidable hasta | Cuota íntegra | Resto de base hasta | Tipo |
|---|---|---|---|
| 0,00€ | 0,00€ | 56.000,00€ | 21,25% |
| 56.000,00€ | 11.900,00€ | 160.000,00€ | 25,5% |
| 216.000,00€ | 52.700,00€ | 400.000,00€ | 31,25% |
| 616.000,00€ | 177.700,00€ | En adelante | 36,5% |
Tarifa general de Asturias (Grupos III y IV)
| Base liquidable hasta | Cuota íntegra | Resto de base hasta | Tipo |
|---|---|---|---|
| 0,00€ | 0,00€ | 8.000,00€ | 7,65% |
| 8.000,00€ | 612,00€ | 8.000,00€ | 8,5% |
| 16.000,00€ | 1.292,00€ | 8.000,00€ | 9,35% |
| 24.000,00€ | 2.040,00€ | 8.000,00€ | 10,2% |
| 32.000,00€ | 2.856,00€ | 8.000,00€ | 11,05% |
| 40.000,00€ | 3.740,00€ | 8.000,00€ | 11,9% |
| 48.000,00€ | 4.692,00€ | 8.000,00€ | 12,75% |
| 56.000,00€ | 5.712,00€ | 8.000,00€ | 13,6% |
| 64.000,00€ | 6.800,00€ | 8.000,00€ | 14,45% |
| 72.000,00€ | 7.956,00€ | 8.000,00€ | 15,3% |
| 80.000,00€ | 9.180,00€ | 40.000,00€ | 16,15% |
| 120.000,00€ | 15.640,00€ | 40.000,00€ | 18,7% |
| 160.000,00€ | 23.120,00€ | 80.000,00€ | 21,25% |
| 240.000,00€ | 40.120,00€ | 160.000,00€ | 25,5% |
| 400.000,00€ | 80.920,00€ | 400.000,00€ | 31,25% |
| 800.000,00€ | 205.920,00€ | En adelante | 36,5% |
Para leer la tarifa de Asturias: tramos y tipos y coeficientes multiplicadores.
Cómo se calcula, paso a paso
Desglose de los tres ejemplos con la norma de Asturias, para un heredero con patrimonio previo inferior a 400.000€ y sin reducciones por vivienda o empresa.
| Paso | Hijo hereda 200.000€ | Hijo hereda 500.000€ | Hermano hereda 200.000€ |
|---|---|---|---|
| Base imponible | 200.000,00€ | 500.000,00€ | 200.000,00€ |
| Reducción por parentesco | 200.000,00€ | 300.000,00€ | 7.993,46€ |
| Base liquidable | 0,00€ | 200.000,00€ | 192.006,54€ |
| Cuota íntegra | 0,00€ | 48.620,00€ | 29.921,39€ |
| Coeficiente multiplicador | 1 | 1 | 1,5882 |
| Cuota tributaria | 0,00€ | 48.620,00€ | 47.521,15€ |
| Bonificación | No hay | No hay | No hay |
| Cuota a pagar | 0,00€ | 48.620,00€ | 47.521,15€ |
Cuánto se paga en Asturias según lo heredado
| Cada heredero recibe | Hijo de 21 años o más | Hermano | Primo o persona sin parentesco |
|---|---|---|---|
| 100.000€ | 0,00€ | 17.659,29€ | 24.820,00€ |
| 200.000€ | 0,00€ | 47.521,15€ | 63.240,00€ |
| 300.000€ | 0,00€ | 84.780,76€ | 110.840,00€ |
| 500.000€ | 48.620,00€ | 174.181,14€ | 224.340,00€ |
| 1.000.000€ | 208.360,00€ | 438.346,99€ | 557.840,00€ |
Tipo efectivo en Asturias sobre lo heredado: un hijo que recibe 500.000€ paga el 9,7%, un hermano que recibe 200.000€ el 23,8% y una persona sin parentesco que recibe 200.000€ el 31,6%. Cada heredero calcula sobre su propia parte.
Casos resueltos en Asturias
Situaciones habituales calculadas con la norma de Asturias, para herederos con un patrimonio previo inferior a 400.000€. La explicación general de cada caso está en las guías enlazadas.
Un hijo que hereda más de 300.000€
Por encima de la reducción no hay bonificación, y la tarifa de hijos, cónyuge y padres empieza en el 21,25% desde el primer euro del exceso (Decreto Legislativo 2/2014, artículo 21.2). Para un hijo de 21 años o más:
| Hereda | Base liquidable | Cuota a pagar | Sobre lo heredado |
|---|---|---|---|
| 300.000€ | 0,00€ | 0,00€ | 0,0% |
| 350.000€ | 50.000,00€ | 10.625,00€ | 3,0% |
| 400.000€ | 100.000,00€ | 23.120,00€ | 5,8% |
| 500.000€ | 200.000,00€ | 48.620,00€ | 9,7% |
| 1.000.000€ | 700.000,00€ | 208.360,00€ | 20,8% |
Cada hijo aplica su propia reducción, así que repartir entre varios herederos baja mucho la cuota conjunta. La reducción por vivienda habitual también ayuda a quedar por debajo de 300.000€: del 99% para viviendas de hasta 90.000€ al 95% para las de más de 240.000€, con tres años de mantenimiento.
Los menores de 21 años no siguen esta tabla: su coeficiente multiplicador es cero si su patrimonio previo no supera 402.678,11€, y uno que hereda 1.000.000€ paga 0,00€.
Un caso típico en Asturias: viudo y dos hijos
Un matrimonio que reside en Asturias, en gananciales y de vecindad civil común, tiene 600.000€. Fallece uno sin testamento: la herencia son 300.000€, que pasan a los dos hijos, mayores de 21, con el usufructo de un tercio para el viudo, de 70 años.
| Quién | Qué recibe | Valor por el que tributa | Cuota en Asturias |
|---|---|---|---|
| Viudo | Usufructo de un tercio (100.000€), valorado en el 19% por su edad | 19.000€ | 0,00€ |
| Cada hijo | 150.000€, menos la mitad del valor del usufructo | 140.500€ | 0,00€ |
| Toda la familia | Toda la herencia | 300.000€ | 0,00€ |
En este caso la familia no paga nada en Asturias, aunque los tres deben presentar la autoliquidación. El cálculo no incluye la reducción por vivienda habitual, que lo rebajaría si la vivienda era la residencia del fallecido y se conserva. Cuando el usufructo se extinga, los hijos tributarán por la parte que ahora no pagan: ver calculadora de usufructo.
Si el heredero ya tiene patrimonio
El coeficiente multiplicador sube con el patrimonio que el heredero tenía antes de heredar. Efecto en Asturias sobre dos casos:
| Patrimonio previo del heredero | Hijo hereda 500.000€ | Hermano hereda 200.000€ |
|---|---|---|
| Menos de 400.000€ | 48.620,00€ | 47.521,15€ |
| 1.000.000€ | 51.051,00€ | 49.896,91€ |
| 3.000.000€ | 53.482,00€ | 52.275,66€ |
| 5.000.000€ | 58.344,00€ | 57.027,18€ |
Entre el primer escalón y el último, el hijo paga 9.724,00€ más y el hermano, 9.506,03€ más. El patrimonio previo se valora con las reglas del Impuesto sobre el Patrimonio y no incluye lo que se recibe en la propia herencia.
La misma herencia en Asturias con uno, dos o tres hijos
Reducción y tarifa se aplican a cada heredero por separado. Una herencia de 600.000€ entre hijos de 21 años o más:
| Quién hereda | Cada uno recibe | Cuota de cada uno | Total |
|---|---|---|---|
| Un solo hijo | 600.000€ | 78.950,00€ | 78.950,00€ |
| Dos hijos | 300.000€ | 0,00€ | 0,00€ |
| Tres hijos | 200.000€ | 0,00€ | 0,00€ |
Con tres herederos, la cuota conjunta es 78.950,00€ menor que con uno solo.
Una herencia de 300.000€ entre hermanos en Asturias
Es el caso de quien fallece sin hijos, sin padres y sin cónyuge:
| Quién hereda | Cada uno recibe | Cuota de cada uno | Total |
|---|---|---|---|
| Un solo hermano | 300.000€ | 84.780,76€ | 84.780,76€ |
| Dos hermanos | 150.000€ | 31.375,25€ | 62.750,49€ |
| Tres hermanos | 100.000€ | 17.659,29€ | 52.977,86€ |
Con tres herederos, la cuota conjunta es 31.802,91€ menor que con uno solo. Lo que un heredero cede después a otro tributa como donación.
Si se presenta fuera de plazo en Asturias
Pasados los seis meses sin haber pedido prórroga, y siempre que se presente antes de que la Administración lo reclame, a la cuota se le suma un recargo del 1% más otro 1% por cada mes completo de retraso. Para un hermano que hereda 200.000€ en Asturias, con una cuota de 47.521,15€:
| Retraso | Recargo | Importe del recargo | Total a ingresar |
|---|---|---|---|
| Menos de un mes | 1% | 475,21€ | 47.996,36€ |
| Tres meses completos | 4% | 1.900,85€ | 49.422,00€ |
| Seis meses completos | 7% | 3.326,48€ | 50.847,63€ |
| Más de doce meses | 15%, más intereses de demora | 7.128,17€ | 54.649,32€ más intereses |
Con cuota cero en Asturias no hay recargo, pero presentar tarde puede costar una multa fija. Si la Administración reclama antes, ya no hay recargo sino sanción: ver qué pasa si no pago a tiempo.
Si una comprobación eleva el valor en 20.000€
La tarifa es progresiva: cada euro añadido tributa al tipo del último tramo alcanzado. Efecto en Asturias de que la Administración valore lo heredado en 20.000€ más de lo declarado:
| Caso | Cuota declarada | Cuota con 20.000€ más | Diferencia |
|---|---|---|---|
| Hijo que hereda 500.000€ | 48.620,00€ | 53.950,00€ | 5.330,00€ |
| Hermano que hereda 200.000€ | 47.521,15€ | 54.271,00€ | 6.749,85€ |
| Persona sin parentesco que hereda 200.000€ | 63.240,00€ | 71.740,00€ | 8.500,00€ |
Un inmueble declarado por su valor de referencia, o por uno superior, no puede comprobarse. Para el resto de bienes: comprobación de valores y tasación pericial contradictoria.
La vivienda habitual del fallecido en Asturias
Cuando en la herencia está la vivienda en la que residía la persona fallecida, el cónyuge, los descendientes y los ascendientes pueden restar de su base un porcentaje que va del 99%, para viviendas de hasta 90.000€, al 95%, para las de más de 240.000€, con el límite estatal de 122.606,47€ por heredero. La condición es conservarla durante los tres años siguientes al fallecimiento. También pueden aplicarla los parientes colaterales mayores de 65 años que convivieran con el fallecido los dos años anteriores.
| Vivienda de 400.000€ heredada por dos hijos | Regla de Asturias | Regla estatal |
|---|---|---|
| Parte de cada hijo | 200.000€ | 200.000€ |
| Reducción de cada hijo | 122.606,47€ | 122.606,47€ |
| Valor de la vivienda que sigue en la base de cada uno | 77.393,53€ | 77.393,53€ |
En este ejemplo el resultado coincide con el de la norma estatal, porque opera el mismo límite; la diferencia aparece en viviendas de menor valor y en el plazo de mantenimiento, que en la norma estatal es de diez años. Esta reducción se suma a la de parentesco. Si la vivienda se vende antes de plazo, hay que ingresar la parte del impuesto que se dejó de pagar, con intereses: ver vivienda habitual en la herencia.
Heredar un negocio o una empresa individual en Asturias
Cuando en la herencia hay una empresa individual o un negocio profesional, la norma de Asturias permite restar de la base el 99% del valor para el cónyuge y los descendientes: a la reducción estatal del 95% se suma una propia del 4% cuando la empresa o el negocio están situados en Asturias y mantienen allí su domicilio fiscal. Si no hay descendientes, los ascendientes y los colaterales hasta el tercer grado suman las mismas dos reducciones, y desde el 1 de enero de 2026 los colaterales de cuarto grado, como los primos, tienen el 99% con un mantenimiento de diez años. Los herederos sin parentesco que trabajaban en la empresa tienen una reducción propia del 95%, con requisitos de antigüedad.
La reducción exige que la actividad cumpla las condiciones de la norma y que lo heredado se conserve durante los cinco años siguientes al fallecimiento; la norma estatal pide diez.
| Un hijo hereda un negocio de 500.000€ | Sin la reducción | Con la reducción |
|---|---|---|
| Valor que entra en la base | 500.000€ | 5.000€ |
| Cuota en Asturias | 48.620,00€ | 0,00€ |
La reducción ahorra 48.620,00€ en este ejemplo. Incumplir el mantenimiento obliga a ingresar lo que se dejó de pagar, con intereses. Requisitos generales en empresa familiar en la herencia.
Heredar una explotación agraria en Asturias
La norma de Asturias tiene una regla propia para el campo: permite restar de la base el 99% del valor de las explotaciones agrarias situadas en Asturias y de los elementos afectos a ellas, para el cónyuge, los descendientes, los ascendientes y los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado, si el fallecido o su cónyuge eran agricultores profesionales y lo heredado se conserva cinco años.
Un sobrino que hereda de su tío una explotación valorada en 300.000€ pagaría en Asturias 84.780,76€ sin la reducción y 0,00€ con ella, si cumple todos los requisitos. Esta reducción no se suma a la de empresa individual sobre los mismos bienes: se aplica una u otra.
Herederos con discapacidad en Asturias
A la reducción por parentesco se suma otra por discapacidad. La norma de Asturias aplica la reducción estatal, de 47.858,59€ desde el 33% y de 150.253,03€ desde el 65%, y además una bonificación del 100% de la cuota para los herederos con un grado igual o superior al 65% cuyo patrimonio previo no supere 402.678,11€.
| Un hermano hereda 200.000€ en Asturias | Reducción por discapacidad | Cuota |
|---|---|---|
| Sin discapacidad reconocida | Ninguna | 47.521,15€ |
| Grado del 33% al 64% | 47.858,59€ | 32.011,23€ |
| Grado del 65% o más | 150.253,03€ y bonificación del 100% | 0,00€ |
El grado debe estar reconocido en la fecha del fallecimiento, y la reducción la aplica solo ese heredero, sobre su parte.
Parejas de hecho en Asturias
La norma de Asturias asimila al cónyuge a las parejas estables definidas en la ley asturiana de parejas estables, a efectos de las reducciones de la base. La pareja que no cumple ese requisito tributa como una persona sin parentesco, en el Grupo IV.
El requisito que se exige en Asturias debe cumplirse el día del fallecimiento. La equiparación es solo fiscal: para heredar, la pareja necesita un testamento a su favor o una ley civil que la llame. Ver herencia entre parejas de hecho.
Particularidades de Asturias
Los herederos con una discapacidad igual o superior al 65% tienen una bonificación del 100% de la cuota si su patrimonio previo no supera 402.678,11€.
Las parejas estables reguladas por la ley asturiana se equiparan a los cónyuges para las reducciones de la base y los coeficientes multiplicadores.
Plazo y dónde se presenta
Se aplica la norma de Asturias cuando la persona fallecida residió en Asturias la mayor parte de sus últimos cinco años, viva donde viva el heredero: ver qué comunidad se aplica. El impuesto se presenta ante los Servicios Tributarios del Principado de Asturias, en los seis meses siguientes al fallecimiento y aunque la cuota sea cero, con el modelo 650. La presentación telemática, la cita previa y los formularios están en el portal oficial: Servicios Tributarios del Principado de Asturias. Enlaces útiles: dónde presentarlo, plazos y prórroga, aplazamiento y valor de referencia de los inmuebles.
Asturias frente a las comunidades vecinas
| Comunidad | Hijo hereda 500.000€ | Hermano hereda 200.000€ |
|---|---|---|
| Asturias | 48.620,00€ | 47.521,15€ |
| Galicia | 0,00€ | 41.814,68€ |
| Cantabria | 0,00€ | 20.907,34€ |
| Castilla y León | 124,15€ | 47.554,26€ |
Entre los 20 territorios con norma propia o diferenciada (las comunidades de régimen común, los territorios forales y Ceuta y Melilla), Asturias es el territorio más caro para un hijo que hereda 500.000€ y el 15.º más barato para un hermano que hereda 200.000€; varios territorios empatan cuando la cuota es cero. Tabla completa en la comparativa por comunidades.
Guías relacionadas: impuesto de donaciones en Asturias, modelo 650: cómo rellenarlo y dónde presentarlo, dónde presentar el modelo 650 en cada comunidad autónoma e impuesto de sucesiones por comunidades autónomas: comparativa 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga un hijo por heredar en Asturias?
Nada hasta 300.000€. Por encima, el exceso tributa desde el 21,25% y sin bonificación: 10.625,00€ por 350.000€, 48.620,00€ por 500.000€ y 208.360,00€ por 1.000.000€.
¿Pagan los menores de edad en Asturias?
Los descendientes menores de 21 años no pagan si su patrimonio previo no supera 402.678,11€, porque su coeficiente multiplicador es cero.
¿Cuánto paga un hermano en Asturias?
47.521,15€ por heredar 200.000€, sin reducción ni bonificación propias.
¿Conviene repartir la herencia entre varios hijos en Asturias?
Cada hijo aplica su propia reducción de 300.000€. Una herencia de 600.000€ cuesta 78.950€ a un hijo único y nada si se reparte entre dos.
Consulta el impuesto en otras comunidades
Fuentes oficiales
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Real Decreto 1629/1991, Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Ley 22/2009, de cesión de tributos a las comunidades autónomas (BOE)
- Principado de Asturias: Decreto Legislativo 2/2014, tributos cedidos (BOE)
- Servicios Tributarios del Principado de Asturias