Impuesto de sucesiones en Castilla y León: cuánto se paga
En resumen
En Castilla y León, hijos, cónyuge y padres tienen una reducción que completa hasta 400.000€ y, sobre la cuota que quede, una bonificación del 99%. Hermanos, tíos, sobrinos y demás parientes tributan con las reglas estatales, sin ninguna ventaja autonómica.
Esta página forma parte de la guía de impuesto de sucesiones de Heredy.
Cuotas para un heredero con un patrimonio previo inferior a 400.000€, sin otras reducciones. Calculadas con el Decreto Legislativo 1/2013 (arts. 13 y 17 bis).
Lo propio del impuesto de Castilla y León
- Hijos, cónyuge y padres tienen una reducción de 60.000€ y otra variable que completa hasta 400.000€, y una bonificación del 99% sobre la cuota que quede.
- La reducción variable descuenta todas las demás reducciones del heredero, también la estatal por vivienda habitual. Para un hijo, la reducción por vivienda no ahorra nada: solo cambia cómo se llega a los 400.000€.
- Hermanos, tíos y sobrinos pagan con las reglas estatales, sin ventaja autonómica, salvo que hereden una empresa o una explotación agraria situadas en Castilla y León.
- Anunciado y pendiente de aprobación: el proyecto de ley de medidas para 2027 incluye una primera bonificación del 3% para hermanos, tíos y sobrinos sobre la cuota de los primeros 100.000€ que reciba cada uno.
Calcula tu caso en Castilla y León
Reducciones y bonificaciones por parentesco en Castilla y León
| Grupo | Reducción por parentesco | Bonificación en la cuota |
|---|---|---|
| Grupo I: descendientes menores de 21 años | 60.000€ más 6.000€ por cada año menos de 21, y una reducción variable hasta completar 400.000€ | 99% de la cuota |
| Grupo II: descendientes de 21 o más, cónyuge y ascendientes | 60.000€ y una reducción variable hasta completar 400.000€ | 99% de la cuota |
| Grupo III: hermanos, tíos, sobrinos y parientes políticos en línea recta | 7.993,46€ (la estatal) | Ninguna |
| Grupo IV: primos y personas sin parentesco | Ninguna | Ninguna |
Con estas reglas, un hijo de 21 años o más empieza a pagar en Castilla y León cuando su parte supera unos 402.000€. Un hermano empieza a pagar a partir de unos 8.000€. Los grupos se explican en grupos de parentesco.
Tarifa y coeficientes en Castilla y León
Castilla y León no tiene tarifa propia: se aplican la tarifa estatal, del 7,65% al 34%, y los coeficientes multiplicadores estatales.
Para leer la tarifa de Castilla y León: tramos y tipos y coeficientes multiplicadores.
Cómo se calcula, paso a paso
Desglose de los tres ejemplos con la norma de Castilla y León, para un heredero con patrimonio previo inferior a 400.000€ y sin reducciones por vivienda o empresa.
| Paso | Hijo hereda 200.000€ | Hijo hereda 1.000.000€ | Hermano hereda 200.000€ |
|---|---|---|---|
| Base imponible | 200.000,00€ | 1.000.000,00€ | 200.000,00€ |
| Reducción por parentesco | 200.000,00€ | 400.000,00€ | 7.993,46€ |
| Base liquidable | 0,00€ | 600.000,00€ | 192.006,54€ |
| Cuota íntegra | 0,00€ | 140.518,76€ | 29.942,24€ |
| Coeficiente multiplicador | 1 | 1 | 1,5882 |
| Cuota tributaria | 0,00€ | 140.518,76€ | 47.554,26€ |
| Bonificación | 99% | 99% | No hay |
| Cuota a pagar | 0,00€ | 1.405,19€ | 47.554,26€ |
Cuánto se paga en Castilla y León según lo heredado
| Cada heredero recibe | Hijo de 21 años o más | Hermano | Primo o persona sin parentesco |
|---|---|---|---|
| 100.000€ | 0,00€ | 17.667,79€ | 24.830,71€ |
| 200.000€ | 0,00€ | 47.554,26€ | 63.281,70€ |
| 300.000€ | 0,00€ | 84.855,11€ | 110.933,62€ |
| 500.000€ | 124,15€ | 172.146,12€ | 221.537,52€ |
| 1.000.000€ | 1.405,19€ | 421.516,06€ | 536.245,35€ |
Tipo efectivo en Castilla y León sobre lo heredado: un hijo que recibe 500.000€ paga el 0,0%, un hermano que recibe 200.000€ el 23,8% y una persona sin parentesco que recibe 200.000€ el 31,6%. Cada heredero calcula sobre su propia parte.
Casos resueltos en Castilla y León
Situaciones habituales calculadas con la norma de Castilla y León, para herederos con un patrimonio previo inferior a 400.000€. La explicación general de cada caso está en las guías enlazadas.
Por qué la vivienda habitual no rebaja la cuota de un hijo
La reducción variable completa hasta 400.000€ restando todas las demás reducciones del heredero, también la estatal por vivienda habitual (Decreto Legislativo 1/2013, artículo 13). Si un hijo aplica 122.606,47€ por la vivienda, la variable baja en esa misma cantidad y el total sigue siendo 400.000€. Lo que paga un hijo, con o sin vivienda en la herencia:
| Hereda | Sin vivienda habitual | Con vivienda habitual |
|---|---|---|
| 300.000€ | 0,00€ | 0,00€ |
| 500.000€ | 124,15€ | 124,15€ |
| 1.000.000€ | 1.405,19€ | 1.405,19€ |
La reducción por vivienda sigue siendo útil para los parientes colaterales mayores de 65 años que convivían con el fallecido, que no tienen la reducción variable.
Un caso típico en Castilla y León: viudo y dos hijos
Un matrimonio que reside en Castilla y León, en gananciales y de vecindad civil común, tiene 600.000€. Fallece uno sin testamento: la herencia son 300.000€, que pasan a los dos hijos, mayores de 21, con el usufructo de un tercio para el viudo, de 70 años.
| Quién | Qué recibe | Valor por el que tributa | Cuota en Castilla y León |
|---|---|---|---|
| Viudo | Usufructo de un tercio (100.000€), valorado en el 19% por su edad | 19.000€ | 0,00€ |
| Cada hijo | 150.000€, menos la mitad del valor del usufructo | 140.500€ | 0,00€ |
| Toda la familia | Toda la herencia | 300.000€ | 0,00€ |
En este caso la familia no paga nada en Castilla y León, aunque los tres deben presentar la autoliquidación. El cálculo no incluye la reducción por vivienda habitual, que lo rebajaría si la vivienda era la residencia del fallecido y se conserva. Cuando el usufructo se extinga, los hijos tributarán por la parte que ahora no pagan: ver calculadora de usufructo.
Si el heredero ya tiene patrimonio
El coeficiente multiplicador sube con el patrimonio que el heredero tenía antes de heredar. Efecto en Castilla y León sobre dos casos:
| Patrimonio previo del heredero | Hijo hereda 500.000€ | Hermano hereda 200.000€ |
|---|---|---|
| Menos de 400.000€ | 124,15€ | 47.554,26€ |
| 1.000.000€ | 130,36€ | 49.931,68€ |
| 3.000.000€ | 136,57€ | 52.312,08€ |
| 5.000.000€ | 148,98€ | 57.066,91€ |
Entre el primer escalón y el último, el hijo paga 24,83€ más y el hermano, 9.512,65€ más. El patrimonio previo se valora con las reglas del Impuesto sobre el Patrimonio y no incluye lo que se recibe en la propia herencia.
La misma herencia en Castilla y León con uno, dos o tres hijos
Reducción y tarifa se aplican a cada heredero por separado. Una herencia de 600.000€ entre hijos de 21 años o más:
| Quién hereda | Cada uno recibe | Cuota de cada uno | Total |
|---|---|---|---|
| Un solo hijo | 600.000€ | 316,41€ | 316,41€ |
| Dos hijos | 300.000€ | 0,00€ | 0,00€ |
| Tres hijos | 200.000€ | 0,00€ | 0,00€ |
Con tres herederos, la cuota conjunta es 316,41€ menor que con uno solo.
Una herencia de 300.000€ entre hermanos en Castilla y León
Es el caso de quien fallece sin hijos, sin padres y sin cónyuge:
| Quién hereda | Cada uno recibe | Cuota de cada uno | Total |
|---|---|---|---|
| Un solo hermano | 300.000€ | 84.855,11€ | 84.855,11€ |
| Dos hermanos | 150.000€ | 31.393,57€ | 62.787,13€ |
| Tres hermanos | 100.000€ | 17.667,79€ | 53.003,37€ |
Con tres herederos, la cuota conjunta es 31.851,74€ menor que con uno solo. Lo que un heredero cede después a otro tributa como donación.
Si se presenta fuera de plazo en Castilla y León
Pasados los seis meses sin haber pedido prórroga, y siempre que se presente antes de que la Administración lo reclame, a la cuota se le suma un recargo del 1% más otro 1% por cada mes completo de retraso. Para un hermano que hereda 200.000€ en Castilla y León, con una cuota de 47.554,26€:
| Retraso | Recargo | Importe del recargo | Total a ingresar |
|---|---|---|---|
| Menos de un mes | 1% | 475,54€ | 48.029,81€ |
| Tres meses completos | 4% | 1.902,17€ | 49.456,43€ |
| Seis meses completos | 7% | 3.328,80€ | 50.883,06€ |
| Más de doce meses | 15%, más intereses de demora | 7.133,14€ | 54.687,40€ más intereses |
Con cuota cero en Castilla y León no hay recargo, pero presentar tarde puede costar una multa fija. Si la Administración reclama antes, ya no hay recargo sino sanción: ver qué pasa si no pago a tiempo.
Si una comprobación eleva el valor en 20.000€
La tarifa es progresiva: cada euro añadido tributa al tipo del último tramo alcanzado. Efecto en Castilla y León de que la Administración valore lo heredado en 20.000€ más de lo declarado:
| Caso | Cuota declarada | Cuota con 20.000€ más | Diferencia |
|---|---|---|---|
| Hijo que hereda 500.000€ | 124,15€ | 156,52€ | 32,36€ |
| Hermano que hereda 200.000€ | 47.554,26€ | 54.304,11€ | 6.749,85€ |
| Persona sin parentesco que hereda 200.000€ | 63.281,70€ | 71.781,70€ | 8.500,00€ |
Un inmueble declarado por su valor de referencia, o por uno superior, no puede comprobarse. Para el resto de bienes: comprobación de valores y tasación pericial contradictoria.
La vivienda habitual del fallecido en Castilla y León
La norma tributaria de Castilla y León no contiene una reducción propia por heredar la vivienda habitual. Se aplica la estatal: el 95% del valor, con un límite de 122.606,47€ por heredero, para el cónyuge, los descendientes y los ascendientes, y para los parientes colaterales mayores de 65 años que convivieran con el fallecido los dos años anteriores. La condición es conservar la vivienda durante diez años.
| Vivienda de 400.000€ heredada por dos hijos | Importe |
|---|---|
| Parte de cada hijo | 200.000€ |
| Reducción de cada hijo | 122.606,47€ |
| Valor de la vivienda que sigue en la base de cada uno | 77.393,53€ |
Esta reducción se suma a la de parentesco. Varias comunidades han rebajado ese plazo de diez años a tres o cinco; en Castilla y León sigue siendo el estatal. Ver vivienda habitual en la herencia.
Heredar un negocio o una empresa individual en Castilla y León
Cuando en la herencia hay una empresa individual o un negocio profesional, la norma de Castilla y León permite restar de la base el 99% del valor de la empresa o el negocio situados en Castilla y León, para el cónyuge, los descendientes, los ascendientes y los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado, si el fallecido ejercía la actividad de forma habitual, personal y directa y obtenía de ella al menos la mitad de sus rendimientos.
La reducción exige que la actividad cumpla las condiciones de la norma y que lo heredado se conserve durante los cinco años siguientes al fallecimiento; la norma estatal pide diez.
| Un hijo hereda un negocio de 500.000€ | Sin la reducción | Con la reducción |
|---|---|---|
| Valor que entra en la base | 500.000€ | 5.000€ |
| Cuota en Castilla y León | 124,15€ | 0,00€ |
La reducción ahorra 124,15€ en este ejemplo. Incumplir el mantenimiento obliga a ingresar lo que se dejó de pagar, con intereses. Requisitos generales en empresa familiar en la herencia.
Heredar una explotación agraria en Castilla y León
La norma de Castilla y León tiene una regla propia para el campo: permite restar de la base el 99% del valor de una explotación agraria situada en Castilla y León, si el fallecido era agricultor profesional, heredan el cónyuge, los descendientes, los ascendientes o los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado y la explotación se conserva cinco años.
Un sobrino que hereda de su tío una explotación valorada en 300.000€ pagaría en Castilla y León 84.855,11€ sin la reducción y 0,00€ con ella, si cumple todos los requisitos. Esta reducción no se suma a la de empresa individual sobre los mismos bienes: se aplica una u otra.
Herederos con discapacidad en Castilla y León
A la reducción por parentesco se suma otra por discapacidad. La norma de Castilla y León aplica una reducción de 125.000€ si el grado de discapacidad es igual o superior al 33% e inferior al 65%, y de 225.000€ si llega al 65%. La estatal es de 47.858,59€ y 150.253,03€ para esos mismos grados.
| Un hermano hereda 200.000€ en Castilla y León | Reducción por discapacidad | Cuota |
|---|---|---|
| Sin discapacidad reconocida | Ninguna | 47.554,26€ |
| Grado del 33% al 64% | 125.000,00€ | 11.495,19€ |
| Grado del 65% o más | 225.000,00€ | 0,00€ |
El grado debe estar reconocido en la fecha del fallecimiento, y la reducción la aplica solo ese heredero, sobre su parte.
Parejas de hecho en Castilla y León
La norma de Castilla y León asimila al cónyuge a las uniones de hecho con convivencia estable durante al menos los dos años anteriores al fallecimiento e inscritas en el Registro de Uniones de Hecho de Castilla y León o en un registro análogo. La pareja que no cumple ese requisito tributa como una persona sin parentesco, en el Grupo IV.
| Pareja que hereda 150.000€ en Castilla y León | Cuota |
|---|---|
| Equiparada al cónyuge | 0,00€ |
| Sin equiparación | 42.523,07€ |
| Diferencia | 42.523,07€ |
El requisito que se exige en Castilla y León debe cumplirse el día del fallecimiento. La equiparación es solo fiscal: para heredar, la pareja necesita un testamento a su favor o una ley civil que la llame. Ver herencia entre parejas de hecho.
Particularidades de Castilla y León
La reducción variable se calcula como la diferencia entre 400.000€ y la suma del resto de reducciones que apliquen al heredero (la estatal por parentesco, la autonómica de 60.000€ y las demás reducciones autonómicas). En una herencia sin otras reducciones, el resultado es que los primeros 400.000€ de cada heredero quedan libres.
La bonificación del 99% se aplica al cónyuge, a los descendientes y adoptados y a los ascendientes y adoptantes, incluidas las cantidades cobradas por seguros de vida que se acumulan a la herencia.
Cambios recientes
| Fecha | Cambio | Estado |
|---|---|---|
| Septiembre de 2026 | Anuncio: el proyecto de ley de medidas para 2027 incluye una primera bonificación del 3% para hermanos, tíos y sobrinos sobre la cuota de los primeros 100.000€ de cada heredero | Anunciado |
Plazo y dónde se presenta
Se aplica la norma de Castilla y León cuando la persona fallecida residió en Castilla y León la mayor parte de sus últimos cinco años, viva donde viva el heredero: ver qué comunidad se aplica. El impuesto se presenta ante la Junta de Castilla y León, en los seis meses siguientes al fallecimiento y aunque la cuota sea cero, con el modelo 650. La presentación telemática, la cita previa y los formularios están en el portal oficial: Junta de Castilla y León: portal tributario. Enlaces útiles: dónde presentarlo, plazos y prórroga, aplazamiento y valor de referencia de los inmuebles.
Castilla y León frente a las comunidades vecinas
| Comunidad | Hijo hereda 500.000€ | Hermano hereda 200.000€ |
|---|---|---|
| Castilla y León | 124,15€ | 47.554,26€ |
| Madrid | 1.059,46€ | 23.760,44€ |
| Cantabria | 0,00€ | 20.907,34€ |
| Asturias | 48.620,00€ | 47.521,15€ |
| Galicia | 0,00€ | 41.814,68€ |
Entre los 20 territorios con norma propia o diferenciada (las comunidades de régimen común, los territorios forales y Ceuta y Melilla), Castilla y León es el 8.º más barato para un hijo que hereda 500.000€ y el 16.º más barato para un hermano que hereda 200.000€; varios territorios empatan cuando la cuota es cero. Tabla completa en la comparativa por comunidades.
Guías relacionadas: impuesto de donaciones en Castilla y León, modelo 650: cómo rellenarlo y dónde presentarlo, dónde presentar el modelo 650 en cada comunidad autónoma e impuesto de sucesiones por comunidades autónomas: comparativa 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga un hijo por heredar en Castilla y León?
Nada hasta 400.000€. Por encima, el 1% de la cuota del exceso: 124,15€ por 500.000€ y 1.405,19€ por 1.000.000€.
¿Sirve la reducción por vivienda habitual a un hijo en Castilla y León?
No cambia lo que paga: la reducción variable completa hasta 400.000€ descontando todas las demás, también la de la vivienda.
¿Cuánto paga un hermano en Castilla y León?
47.554,26€ por heredar 200.000€, con las reglas estatales y sin bonificación.
¿Habrá bonificación para hermanos en 2027?
Está anunciada una primera del 3% sobre la cuota de los primeros 100.000€, en el proyecto de ley de medidas para 2027. No se aplica hasta que se apruebe y publique.
Consulta el impuesto en otras comunidades
Fuentes oficiales
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Real Decreto 1629/1991, Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Ley 22/2009, de cesión de tributos a las comunidades autónomas (BOE)
- Castilla y León: Decreto Legislativo 1/2013, tributos propios y cedidos (BOE)
- Junta de Castilla y León: portal tributario