Modelo 650: cómo rellenarlo y dónde presentarlo
En resumen
El modelo 650 es la autoliquidación del impuesto de sucesiones. Cada heredero presenta la suya, por lo que recibe, ante la Hacienda de la comunidad donde residía el fallecido y dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento. La prórroga, de otros seis meses, solo puede pedirse en los cinco primeros y devenga intereses de demora.
Esta página forma parte de la guía de trámites de una herencia de Heredy.
Dónde se presenta
Siempre en la sede electrónica o la delegación de la Hacienda autonómica correspondiente a la comunidad donde el fallecido tuvo su residencia habitual. Solo se presenta ante la Agencia Tributaria estatal cuando el fallecido no residía en España o residía en Ceuta o Melilla. La mayoría de comunidades exigen certificado digital, DNIe o Cl@ve para la presentación telemática.
Plazo y prórroga
| Concepto | Plazo |
|---|---|
| Presentación ordinaria | 6 meses desde el fallecimiento |
| Solicitud de prórroga | Dentro de los primeros 5 meses |
| Duración de la prórroga | 6 meses adicionales, con intereses de demora sobre ese periodo |
Qué información hay que incluir en el modelo
El modelo pide los datos del fallecido y del heredero, la relación de bienes y derechos con el valor de cada uno, las deudas y gastos deducibles y el cálculo de la cuota con las reducciones y bonificaciones de la comunidad. El olvido que más encarece la cuota es el de las deudas deducibles: una hipoteca pendiente o los gastos de última enfermedad y entierro.
Una autoliquidación por cada heredero
Aunque la escritura de herencia sea una sola, cada heredero presenta su autoliquidación por la parte que recibe, con su propia reducción por parentesco y su propio coeficiente.
El coeficiente multiplicador por patrimonio preexistente
La cuota depende también del patrimonio que el heredero ya tenía antes de heredar. Con un patrimonio modesto se aplica el coeficiente más bajo de su grupo; con uno alto, un coeficiente mayor. Dos hermanos que heredan lo mismo pueden pagar cuotas distintas solo por esto: ver coeficientes multiplicadores.
Cómo se valoran los bienes a efectos del modelo
Cada bien se declara por su valor en la fecha del fallecimiento. Los inmuebles, por el valor de referencia del Catastro, o por el declarado si es mayor; las cuentas, por su saldo de ese día; los valores cotizados, por su cotización; los vehículos, por las tablas de precios medios de Hacienda. Si se declara por debajo, la Administración puede comprobar el valor y liquidar la diferencia con intereses de demora.
Documentos que se adjuntan a la presentación
- Copia de la escritura de herencia o del documento privado de partición.
- Certificado de defunción y certificado de últimas voluntades.
- Lo que acredita el valor de cada bien: notas simples, certificados bancarios y tasaciones.
La mayoría de las comunidades permiten adjuntarlos por vía telemática al presentar el modelo.
Qué hacer si se detecta un error tras presentarlo
Si el error supuso pagar de menos, por un bien olvidado, se corrige con una autoliquidación complementaria. Si supuso pagar de más, por una deuda no restada o una reducción no aplicada, se pide la rectificación de la autoliquidación y la devolución. En ambos casos el límite es el plazo de prescripción de cuatro años.
Modelo 650 y otros modelos relacionados
El modelo 650 es el de las herencias; las donaciones se declaran con el 651. Algunas comunidades usan numeración o formularios propios, así que conviene comprobar en la web de su Hacienda el nombre del modelo y el canal de presentación antes de empezar.
Qué pasa si varios herederos no se ponen de acuerdo en los valores
Ocurre con bienes sin precio de mercado claro, como una colección de arte, un negocio o participaciones de una sociedad no cotizada. La solución es una tasación independiente que todos usen. Si cada heredero declara un valor distinto para el mismo bien, la Administración detecta la discrepancia y revisa las autoliquidaciones.
Por qué conviene revisar el borrador antes de presentar
Algunas comunidades ofrecen un programa de ayuda o un borrador para calcular la cuota antes de presentar. Usarlo permite detectar errores de cálculo y reducciones olvidadas a tiempo, sin tener que presentar después una complementaria o pedir una rectificación.
Errores más comunes al rellenar el Modelo 650
- Olvidar una cuenta o una inversión que el heredero no conocía.
- Aplicar la norma de una comunidad que no es la de residencia del fallecido.
- Calcular el coeficiente con el patrimonio de la familia y no con el propio.
- No restar deudas que sí son deducibles.
Se evitan repasando cada apartado con el inventario de la herencia delante.
Por qué conviene guardar el justificante de presentación
El justificante de presentación y pago es lo que piden el Registro de la Propiedad, Tráfico y los bancos antes de cambiar la titularidad de cada bien. Sin él, esos trámites quedan parados.
Presentar el modelo 650, paso a paso
- Identifica la Hacienda competente: la de la comunidad donde el fallecido tuvo su residencia habitual.
- Reúne el inventario valorado a la fecha del fallecimiento. Los inmuebles se declaran por su valor de referencia.
- Calcula la autoliquidación de cada heredero: reducciones, tarifa, coeficiente y bonificaciones de la comunidad.
- Presenta y paga dentro de los seis meses. La prórroga solo puede pedirse en los cinco primeros.
- Adjunta la documentación: escritura o documento privado de partición y certificados de defunción y de últimas voluntades.
- Guarda el justificante. Lo piden el Registro de la Propiedad y los bancos. Si después aparece un error, se corrige con una autoliquidación complementaria.
Ejemplo: dos autoliquidaciones de la misma herencia
Herencia de 300.000€ sin deudas, a partes iguales entre una hija y un sobrino del fallecido. Reglas estatales, sin bonificación autonómica y con patrimonio previo bajo:
| Casilla | Hija (Grupo II) | Sobrino (Grupo III) |
|---|---|---|
| Base imponible | 150.000,00€ | 150.000,00€ |
| Reducción por parentesco | 15.956,87€ | 7.993,46€ |
| Base liquidable | 134.043,13€ | 142.006,54€ |
| Cuota íntegra | 18.277,60€ | 19.766,76€ |
| Coeficiente multiplicador | 1 | 1,5882 |
| Cuota a ingresar | 18.277,60€ | 31.393,57€ |
Los dos reciben lo mismo y pagan cantidades muy distintas, y cada uno presenta su propio modelo. En la mayoría de las comunidades la hija tendría además una bonificación que deja su cuota en poco o nada: compruébalo con la calculadora del impuesto de sucesiones.
Guías relacionadas: dónde presentar el modelo 650 en cada comunidad, modelo 651 de donaciones, ¿Hay que pagar impuesto de sucesiones por una herencia pequeña?, ¿Qué pasa si no pago el impuesto de sucesiones a tiempo? y ¿Hacienda avisa cuando heredas?.
Preguntas frecuentes
¿El Modelo 650 se presenta en la Agencia Tributaria estatal?
Por regla general, no: se presenta en la Hacienda autonómica de la comunidad de residencia habitual del fallecido. Solo va a la Agencia Tributaria estatal cuando el fallecido no residía en España o residía en Ceuta o Melilla.
¿Se puede pedir prórroga para presentar el Modelo 650?
Sí, una prórroga de otros 6 meses, solicitada dentro de los primeros 5 meses desde el fallecimiento, aunque el tiempo de prórroga genera intereses de demora sobre la cuota resultante.
¿Cada heredero presenta su propio Modelo 650?
Sí, cada heredero presenta su propia autoliquidación sobre la parte del caudal hereditario que le corresponde, según su grado de parentesco y su patrimonio preexistente.
¿Qué pasa si se detecta un error después de presentar el Modelo 650?
Puede presentarse una autoliquidación complementaria para corregirlo, o solicitar la rectificación y devolución si el error supuso pagar de más.
Fuentes oficiales
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Real Decreto 1629/1991, Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE)
- Agencia Tributaria: sede electrónica