Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach · Publicado el 9 de septiembre de 2026 ·

Calculadora de plazos: cuándo vence cada trámite

Introduce la fecha de fallecimiento y obtén de un vistazo las fechas límite más importantes de la herencia.

Muchos de los retrasos evitables en una herencia vienen simplemente de no tener claro el calendario desde el principio: se pierde la noción de cuántos meses han pasado desde el fallecimiento, y de repente el plazo del Impuesto de Sucesiones está a punto de vencer sin haberlo previsto. Esta calculadora traduce una única fecha (el día del fallecimiento) en todas las fechas límite relevantes, para que puedas planificar con margen en vez de reaccionar sobre la marcha.

Día 0 Fallecimiento Día 15 hábil Certificado de últimas voluntades Mes 5 Última fecha para pedir la prórroga Mes 6 Impuesto e plusvalía (plazo ordinario) Mes 12 Impuesto con prórroga solicitada

Qué significa cada fecha del resultado

Por qué todos los plazos parten de la misma fecha

Una confusión habitual es pensar que el plazo de seis meses del Impuesto de Sucesiones empieza a contar desde que se reciben los certificados, desde que se firma la escritura, o desde que se decide empezar los trámites. En realidad, todos estos plazos cuentan desde el día del fallecimiento, sin excepción. Esto significa que, si los trámites previos (reunir documentación, coordinar con otros herederos, conseguir notas simples) se alargan varios meses, el margen real para presentar el impuesto dentro de plazo puede reducirse mucho más de lo que parece al principio del proceso.

Qué hacer si ya se ha pasado alguno de estos plazos

Si el plazo del Impuesto de Sucesiones ya se ha superado sin haberlo presentado ni haber solicitado prórroga, lo más recomendable es presentarlo cuanto antes por iniciativa propia: el recargo por presentación voluntaria tardía es sensiblemente menor que la sanción que se aplicaría si Hacienda detecta primero la falta de presentación. Cuanto más tiempo pase, mayor es el recargo acumulado, por lo que actuar cuanto antes siempre reduce el coste final, aunque ya se haya perdido el plazo original.

Qué hacer si falta liquidez para pagar dentro de plazo

No tener dinero para pagar el impuesto de sucesiones dentro del plazo no obliga a esperar al recargo. Puede pedirse un aplazamiento o fraccionamiento ordinario, o el aplazamiento especial del artículo 82 del Reglamento del impuesto, pensado para herencias sin efectivo ni bienes de fácil venta. Pedirlo en plazo evita el recargo, aunque la cantidad aplazada devenga intereses.

Cómo usar el calendario resultante en la práctica

Una vez obtenidas todas las fechas, lo más útil es anotarlas en un calendario compartido con el resto de herederos, si los hay, marcando con antelación la fecha límite para solicitar la prórroga (que llega mucho antes que el propio vencimiento del impuesto) y reservando tiempo suficiente antes de cada fecha límite para reunir la documentación pendiente. Repasar este calendario cada pocas semanas, especialmente en los primeros meses tras el fallecimiento, ayuda a detectar a tiempo si el proceso se está retrasando más de lo previsto.

Otros plazos que conviene anotar

Ejemplo con fechas: fallecimiento el 10 de marzo de 2026

TrámitePlazoFecha
Pedir los certificados de últimas voluntades y de segurosDesde 15 días hábiles despuésEn torno al 31 de marzo de 2026
Cambio de titular del vehículo90 días8 de junio de 2026
Comunicar la subrogación en un alquiler de viviendaTres meses10 de junio de 2026
Solicitar la prórroga del impuesto de sucesionesDentro de los cinco primeros meses10 de agosto de 2026
Presentar el impuesto de sucesionesSeis meses10 de septiembre de 2026
Plusvalía municipalSeis meses, prorrogables a un año10 de septiembre de 2026
Renta del fallecidoCampaña del año siguientePrimavera de 2027
Fin del plazo de la Administración para comprobar el impuesto presentado en plazoCuatro años desde el fin del plazo de presentación10 de septiembre de 2030

Los días hábiles dependen de los festivos de cada localidad, por lo que la primera fecha es aproximada. Si el último día de un plazo cae en sábado, domingo o festivo, pasa al primer día hábil siguiente.

Preguntas frecuentes

¿Las fechas de esta calculadora son exactas?

Son orientativas: se calculan sumando meses o días naturales a la fecha de fallecimiento. Los plazos legales en días hábiles (como el certificado de últimas voluntades) pueden variar ligeramente si hay festivos de por medio.

¿Qué pasa si no solicito la prórroga a tiempo?

Si no se solicita dentro del plazo de los primeros 5 meses, se pierde la posibilidad de ampliar el plazo de presentación del impuesto de sucesiones a 12 meses.

¿Desde qué fecha exacta se cuentan estos plazos?

Todos los plazos de esta calculadora se cuentan desde el día del fallecimiento, no desde que se conoce la herencia, se reciben los certificados o se decide empezar los trámites; por eso conviene anotar la fecha exacta desde el primer momento.

¿Qué pasa si dejo pasar el plazo del impuesto de sucesiones sin presentarlo ni pedir prórroga?

Se activa el recargo por presentación extemporánea, que crece según el retraso hasta un máximo del 15% a los 12 meses, más intereses de demora a partir de ese punto; cuanto antes se regularice, menor es el recargo aplicable.

Fuentes oficiales