Vivienda y bienes heredados: qué hacer con cada uno
En resumen
Todos los bienes de una herencia tributan juntos en el impuesto de sucesiones, pero cada tipo tiene sus propios trámites y sus propias consecuencias después. Una vivienda exige plusvalía municipal, escritura y registro; el dinero, acreditar ante el banco que se es heredero; un plan de pensiones no paga sucesiones, sino IRPF; un coche se cambia de titular en Tráfico. Esta guía ordena qué hacer con cada uno y enlaza con la página que lo explica.
Guía rápida por tipo de bien
| Bien | Impuestos al heredar | Trámite principal | Guía |
|---|---|---|---|
| Vivienda y otros inmuebles urbanos | Sucesiones y plusvalía municipal | Escritura de herencia y Registro de la Propiedad | Heredar una vivienda |
| Dinero en cuentas y depósitos | Sucesiones | Acreditarse como heredero ante el banco | Cuentas bancarias de un fallecido |
| Acciones y fondos de inversión | Sucesiones | Cambio de titularidad en la entidad | Localizar bienes y deudas |
| Seguro de vida | Sucesiones, con reducción propia | Reclamar a la aseguradora | Seguro de vida en la herencia |
| Plan de pensiones | IRPF del beneficiario, no sucesiones | Solicitar la prestación a la gestora | Sección de esta página |
| Vehículos | Sucesiones | Cambio de titular en Tráfico | Herencia de un coche |
| Empresa o negocio familiar | Sucesiones, con reducción del 95% si se cumplen requisitos | Continuidad de la actividad | Empresa familiar |
| Criptomonedas y bienes digitales | Sucesiones | Localizar claves y accesos | Criptomonedas y herencia digital |
| Bienes en el extranjero | Sucesiones en España y, en su caso, impuesto local | Trámites en el país donde están | Bienes en el extranjero |
Lo que es común a todos los bienes
- Se suman. El impuesto de sucesiones se calcula sobre el valor conjunto de lo que recibe cada heredero, menos deudas y gastos deducibles, más un 3% por ajuar doméstico salvo prueba de que no existe o vale menos.
- Se valoran a la fecha del fallecimiento. Los inmuebles, como mínimo por su valor de referencia de Catastro; las cuentas, por su saldo; los valores cotizados, por su cotización.
- Hay seis meses para presentar el impuesto, con independencia de cuándo se repartan los bienes.
- No se dispone de ellos antes de aceptar. Vender, gastar o cobrar puede suponer una aceptación tácita de la herencia.
- Ese valor es tu coste de adquisición. Cuando vendas un bien heredado, la ganancia en el IRPF se medirá desde el valor declarado en la herencia.
Cuánto se paga depende de la comunidad del fallecido y del parentesco: consulta la comparativa por comunidades o la calculadora.
Vivienda
Es el bien que más trámites y más dudas genera. Al heredar se pagan el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal, y hay que otorgar escritura e inscribirla.
- Si era la vivienda habitual del fallecido, puede aplicarse una reducción del 95%, con requisitos de mantenimiento.
- Si el viudo conserva el uso, aparece el usufructo.
- Si después se vende, se tributa en el IRPF: ver vender un piso heredado.
El coste completo está en heredar una vivienda: cuánto cuesta en total. Las segundas residencias y los locales, en herencia de segundas residencias, y la hipoteca pendiente, en herencia con hipoteca.
Dinero en cuentas y depósitos
El banco bloquea las cuentas al conocer el fallecimiento. Para disponer del saldo, los herederos deben aportar el certificado de defunción, el de últimas voluntades, el testamento o la declaración de herederos y el justificante del impuesto de sucesiones. Algunos puntos que conviene tener claros:
- Cuentas con varios titulares. Solo entra en la herencia la parte del fallecido. Se presume que el saldo pertenece a los titulares por partes iguales, salvo prueba de que el dinero era de uno solo. El cotitular puede seguir disponiendo de su parte, pero no de la del fallecido.
- Autorizados. La autorización se extingue con el fallecimiento: el autorizado no puede seguir operando.
- Pago del impuesto con el saldo. Los bancos permiten, a petición de los herederos, pagar el impuesto de sucesiones con cargo a la cuenta del fallecido antes del reparto.
- Movimientos anteriores. Las retiradas importantes hechas poco antes del fallecimiento pueden tener que sumarse a la herencia.
El procedimiento está en cuentas bancarias de un fallecido, y lo que se paga según el importe, en cuánto se paga por heredar según el importe.
Acciones y fondos de inversión
Se declaran por su valor en la fecha del fallecimiento y se traspasan a nombre de los herederos mediante un cambio de titularidad, sin necesidad de venderlos. Heredar no genera ganancia en el IRPF para nadie: la revalorización acumulada en vida del fallecido queda sin tributar en renta. A partir de ahí, el valor de adquisición del heredero es el declarado en la herencia, y cuando venda tributará solo por lo que suba desde entonces.
Plan de pensiones
Es la gran excepción. Las prestaciones de un plan de pensiones por fallecimiento del partícipe no tributan en el impuesto de sucesiones, sino en el IRPF del beneficiario, como rendimiento del trabajo.
- Quién cobra: los beneficiarios designados en el plan; si no hay designación, los que fije su reglamento, normalmente los herederos.
- Cómo se cobra: en forma de capital, de renta o mixta. Cobrarlo todo de una vez puede elevar mucho el tipo del IRPF de ese año; repartirlo en varios ejercicios suele reducir la factura.
- Aportaciones antiguas: la parte correspondiente a aportaciones anteriores a 2007 puede tener una reducción del 40% si se cobra en forma de capital, dentro de los plazos previstos.
- Cómo saber si existe: los planes no figuran en el registro de seguros de fallecimiento. Hay que buscarlos en los datos fiscales, los extractos bancarios y las entidades con las que operaba.
Los seguros de vida y de ahorro sí tributan en sucesiones: ver seguro de vida en la herencia.
La declaración de la renta del fallecido
No es un bien, pero forma parte de la liquidación del patrimonio. Si el fallecido estaba obligado a declarar, sus herederos deben presentar su renta del año del fallecimiento, en el plazo ordinario de la campaña siguiente.
- El periodo impositivo termina el día del fallecimiento y la declaración es individual; los mínimos personales se aplican íntegros, sin prorratear.
- Si sale a devolver, los herederos la solicitan aportando el certificado de defunción y la documentación que acredita su condición, y el importe es un bien más de la herencia.
- Si sale a pagar, es una deuda de la herencia, deducible en el impuesto de sucesiones.
- También hay que presentar las declaraciones de años anteriores que el fallecido tuviera pendientes.
Las sanciones tributarias del fallecido no se transmiten a los herederos; las deudas, sí. Ver herencia con deudas.
Vehículos, joyas y otros bienes muebles
Los vehículos se declaran por su valor y se cambian de titular en Tráfico: ver herencia de un coche. Las joyas, obras de arte y objetos de valor deben declararse expresamente; el mobiliario y los enseres corrientes quedan cubiertos por el ajuar doméstico. Para las mascotas, que no son bienes en sentido estricto, ver mascotas en la herencia.
Antes de nada: saber qué hay
Ninguna de estas decisiones puede tomarse sin un inventario. Dónde consultar inmuebles, cuentas, seguros, vehículos y deudas está en cómo saber qué bienes y deudas tenía un fallecido, y el orden de todos los trámites, en qué hacer cuando fallece un familiar.
Todas las guías de esta sección
- Heredar una vivienda: cuánto cuesta en total y qué pasos hay que dar
- Plusvalía municipal en las herencias: cálculo, plazo y bonificaciones
- Vender un piso heredado: impuestos, IRPF y pasos previos
- Usufructo y nuda propiedad en la herencia: qué son y cómo se calculan
- Heredar acciones y fondos de inversión
- Alquilar un piso heredado: requisitos e impuestos
- Deudas del fallecido con Hacienda y la Seguridad Social
- Heredar fincas rústicas y terrenos
- Gastos de una vivienda heredada: quién paga qué
- Heredar dinero: cuentas, depósitos y efectivo
- Heredar joyas, arte y otros bienes muebles
- Heredar el negocio de un autónomo: continuar, traspasar o cerrar
- Plan de pensiones de un fallecido: quién lo cobra y cómo tributa
- La declaración de la renta de una persona fallecida
- Vender una vivienda con usufructo: quién firma y cómo se reparte el precio
- Fallecimiento del inquilino o del casero: qué pasa con el alquiler
Qué valor se declara por cada bien
| Bien | Valor en el impuesto de sucesiones | De dónde se obtiene |
|---|---|---|
| Inmueble | El de mercado y, como mínimo, el valor de referencia | Sede electrónica del Catastro, a la fecha del fallecimiento |
| Cuenta o depósito | Saldo de ese día, con los intereses devengados | Certificado del banco |
| Acciones cotizadas | Cotización de ese día | Certificado de la entidad depositaria |
| Fondo de inversión | Valor liquidativo de ese día | Certificado de la gestora |
| Participaciones en una sociedad no cotizada | Valor de mercado | Último balance aprobado, como punto de partida |
| Vehículo | Valor de mercado | Tablas de precios medios de Hacienda, según antigüedad |
| Joyas y obras de arte | Valor de mercado | Tasación o factura de compra reciente |
| Crédito a favor del fallecido | Importe pendiente | Contrato o reconocimiento de deuda |
Lo que no pasa por la herencia
- La mitad de los gananciales que corresponde al cónyuge viudo: ya era suya.
- El seguro de vida: lo cobra el beneficiario designado, aunque no sea heredero. Tributa en sucesiones, pero no se reparte.
- El plan de pensiones, que va a sus beneficiarios y tributa en el IRPF.
- Las pensiones de viudedad y orfandad, que son derechos propios de quien las recibe.
- Las indemnizaciones por fallecimiento en accidente que la ley reconoce directamente a los familiares perjudicados.
- Las cuentas en las que el fallecido era solo autorizado, que siguen siendo de su titular.
Separar estas partidas al principio evita inventarios inflados y discusiones sobre dinero que nunca fue repartible.
Una herencia mixta, en números
Una viuda deja a su único hijo estos bienes. Cálculo de la base con las reglas estatales:
| Partida | Importe | ¿Entra en la base de sucesiones? |
|---|---|---|
| Vivienda habitual | 180.000€ | Sí |
| Cuentas | 40.000€ | Sí |
| Fondo de inversión | 30.000€ | Sí |
| Coche | 6.000€ | Sí |
| Ajuar doméstico: 3% de la vivienda | 5.400€ | Sí, salvo prueba en contrario |
| Hipoteca pendiente | −20.000€ | Se resta |
| Plan de pensiones | 25.000€ | No: tributa en el IRPF del hijo |
| Base imponible | 241.400€ |
Sobre esa base se aplican después la reducción por parentesco, la de vivienda habitual si se cumplen sus requisitos y la bonificación de la comunidad. El plan de pensiones, que parecía un bien más, sigue un camino fiscal completamente distinto.
En qué orden ocuparse de cada bien
- Cuentas: pedir los certificados de saldo cuanto antes; son la liquidez con la que se paga el impuesto.
- Inmuebles: consultar el valor de referencia y encargar la escritura.
- Valores y fondos: pedir el cambio de titularidad, sin vender antes de tenerlo.
- Vehículos: el cambio de titular tiene su propio plazo en Tráfico.
- Plan de pensiones y seguros: decidir la forma de cobro con calma, porque afecta al IRPF.
- Renta del fallecido: se presenta en la campaña del año siguiente.
Lo que cada bien exige después, año a año
- Vivienda que no se alquila ni es tu residencia: imputación de renta inmobiliaria en el IRPF e IBI.
- Vivienda alquilada: declarar los rendimientos y cumplir las obligaciones del arrendador.
- Acciones y fondos: dividendos en la base del ahorro y, al vender, la ganancia desde el valor heredado.
- Cuentas en el extranjero: declaración informativa si superan el umbral legal.
- Vehículo: seguro e impuesto de circulación desde el cambio de titular.
Guías relacionadas: ¿hay que declarar la herencia en la renta? y un heredero sacó dinero de la cuenta.
Preguntas frecuentes
¿Se paga un impuesto distinto por cada bien heredado?
No. El impuesto de sucesiones se calcula sobre el conjunto de lo que recibe cada heredero. Los inmuebles urbanos pagan además la plusvalía municipal, y los planes de pensiones tributan aparte, en el IRPF.
¿Un plan de pensiones heredado paga impuesto de sucesiones?
No. Las prestaciones por fallecimiento de un plan de pensiones tributan en el IRPF del beneficiario como rendimiento del trabajo.
¿Qué pasa con una cuenta conjunta cuando fallece uno de los titulares?
Solo la parte del fallecido entra en la herencia. Salvo prueba en contrario, se presume que el saldo pertenece a los titulares por partes iguales.
¿Hay que hacer la declaración de la renta de una persona fallecida?
Sí, si estaba obligada a declarar. La presentan sus herederos en la campaña del año siguiente al del fallecimiento.
¿Pago IRPF por heredar acciones o fondos?
No por heredarlos. Tributarás en el IRPF cuando los vendas, por la diferencia entre el precio de venta y el valor declarado en la herencia.
Fuentes oficiales
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Código Civil (BOE, texto consolidado)
- Real Decreto Legislativo 2/2004, Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOE)
- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE)
- Ley Hipotecaria (BOE, texto consolidado)