Herencia con deudas: qué puedes hacer
En resumen
Heredar no es solo recibir bienes: también significa asumir las deudas del fallecido, dentro de los límites que tú mismo puedes elegir según cómo aceptes. Esta es la guía para no llevarte sorpresas. El plazo que aprieta es el fiscal: seis meses para el impuesto de sucesiones, prorrogables otros seis.
Esta página forma parte de la guía de aceptar o renunciar a una herencia de Heredy.
La herencia se transmite como un conjunto: no se pueden aceptar los bienes y rechazar las deudas. Lo que sí se puede es elegir una forma de aceptar que limite la responsabilidad. Importa sobre todo cuando el fallecido tenía un negocio o una actividad profesional.
Qué tipos de deudas puede tener una herencia
Las más habituales son estas:
- Préstamos personales o hipotecarios y saldos de tarjetas.
- Deudas tributarias con la Agencia Tributaria o con la comunidad autónoma.
- Cuotas de la Seguridad Social, si el fallecido era autónomo.
- Deudas del negocio: proveedores, empleados e impuestos de la actividad.
- Avales a terceros. Son las más difíciles de detectar: no generan ningún movimiento hasta que el deudor principal deja de pagar y el banco reclama al avalista o, tras su muerte, a los herederos que aceptaron pura y simplemente.
Tus tres opciones
| Opción | Consecuencia | Cuándo elegirla |
|---|---|---|
| Aceptar pura y simplemente | Respondes de las deudas con todo tu patrimonio si lo heredado no basta | Cuando tienes certeza de que los bienes superan claramente las deudas |
| Aceptar a beneficio de inventario | Solo respondes hasta donde alcancen los bienes heredados | Cuando hay dudas sobre la situación económica del fallecido |
| Renunciar | No recibes nada, pero tampoco respondes de ninguna deuda | Cuando tienes evidencia clara de que las deudas superan los bienes |
Cómo investigar antes de decidir
Antes de decidir puedes hacer tres comprobaciones:
- Consultar el Registro de la Propiedad, para ver si hay hipotecas o embargos sobre los inmuebles del fallecido.
- Pedir el informe de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), una vez acreditada tu condición de heredero.
- Revisar la correspondencia bancaria reciente, en busca de avisos de impago o requerimientos.
Ninguna fuente garantiza por sí sola conocer todo el pasivo. Lo prudente es combinarlas y, si la duda persiste, optar por el beneficio de inventario.
El Registro de la Propiedad es especialmente útil: las hipotecas y los embargos constan en una nota simple que se puede solicitar sin justificar un interés especial.
El informe CIRBE exige acreditar la condición de heredero, normalmente con el certificado de defunción y el de últimas voluntades. Muestra los préstamos y riesgos que el fallecido tenía registrados en el sistema financiero español, pero no las deudas informales ni los avales entre particulares.
Qué pasa con las deudas si hay varios herederos
Cuando hay varios herederos, entre ellos la deuda se reparte en proporción a la cuota de cada uno. Frente al acreedor la regla es otra: hecha la partición, puede exigir el pago íntegro a cualquiera de los herederos que no haya aceptado a beneficio de inventario (artículo 1084 del Código Civil).
Ejemplo: dos hermanos heredan a partes iguales y hay una deuda de 40.000€. El acreedor puede reclamar los 40.000€ a uno solo, que después podrá exigir 20.000€ a su hermano.
Quien aceptó a beneficio de inventario responde, como máximo, hasta donde alcance lo que heredó. Por eso, si un hermano acepta a beneficio de inventario y otro pura y simplemente, cada uno queda sujeto a su propio régimen: la protección de uno no alcanza al otro.
La opción intermedia más segura
Si tienes cualquier duda razonable, la aceptación a beneficio de inventario es casi siempre la opción más prudente: te permite quedarte con lo positivo de la herencia (si lo hay) sin arriesgar tu propio patrimonio si aparecen deudas que no conocías.
Ejemplo numérico de la diferencia entre opciones
Una herencia tiene una vivienda de 120.000€, ahorros por 10.000€ y una deuda tributaria de 90.000€ descubierta después. Con aceptación pura y simple, la deuda se paga con los 130.000€ heredados, sin problema: el activo supera al pasivo.
Si la deuda fuera de 200.000€, el resultado cambia según lo que se eligió:
- Aceptación pura y simple: el heredero aporta 70.000€ de su propio patrimonio.
- Beneficio de inventario: su responsabilidad se queda en los 130.000€ heredados.
- Renuncia: no recibe la vivienda ni los ahorros, y no responde de la deuda.
Qué pasa si descubres la deuda después de haber aceptado
Si aceptaste pura y simplemente, ya no puedes cambiar de opción: la aceptación es irrevocable salvo vicio del consentimiento. Solo en casos muy excepcionales, como la ocultación dolosa de información por otros herederos o por el acreedor, cabe impugnarla ante un juez, con un resultado incierto. Por eso se insiste tanto en investigar antes de firmar.
Un plazo para pensar, no una obligación de decidir a la ligera
Salvo que te requieran ante notario, no hay urgencia civil para decidir. El plazo que aprieta es el del impuesto de sucesiones: seis meses, prorrogables otros seis. Ese margen es para reunir la información sobre bienes y deudas antes de tomar una decisión que no admite marcha atrás.
Guías relacionadas: hipoteca inversa y herencia, deuda con la residencia o por dependencia: quién la paga al fallecer y deudas del fallecido con Hacienda y la Seguridad Social.
Preguntas frecuentes
¿Heredo automáticamente las deudas de un familiar fallecido?
No de forma directa: las deudas solo se transmiten si aceptas la herencia. Si renuncias, no respondes de nada. Si aceptas a beneficio de inventario, solo respondes hasta donde alcancen los bienes heredados.
¿Si somos varios hermanos, respondo de toda la deuda o solo de mi parte?
Entre los herederos, cada uno soporta la parte proporcional a su cuota. Pero, hecha la partición, el acreedor puede reclamar la deuda entera a cualquiera de los que aceptaron pura y simplemente, y quien paga puede exigir después a los demás su parte.
¿Los avales que firmó el fallecido son visibles en el Registro de la Propiedad o en la CIRBE?
No siempre. Los avales bancarios formalizados suelen aparecer en la CIRBE, pero los avales o garantías informales entre particulares, sin intervención de una entidad financiera, pueden no dejar ningún rastro accesible hasta que el acreedor original reclama su pago.
Fuentes oficiales
- Código Civil (BOE, texto consolidado)
- Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria (BOE)
- Consejo General del Notariado