Deudas del fallecido con Hacienda y la Seguridad Social
En resumen
Las deudas tributarias y con la Seguridad Social no se extinguen con la muerte: pasan a los herederos que aceptan la herencia, incluso las que todavía no estaban liquidadas. Lo que nunca se hereda son las sanciones. Quien acepta pura y simplemente responde con todo su patrimonio; quien acepta a beneficio de inventario, solo con lo heredado; quien renuncia, de nada. Antes de aceptar la herencia de un autónomo o de un empresario conviene pedir los certificados de deuda.
Esta página forma parte de la guía de vivienda y bienes heredados de Heredy.
Qué se transmite y qué no
| Concepto | ¿Pasa a los herederos? |
|---|---|
| Impuestos devengados y no pagados: IRPF, IVA, IBI, sucesiones anteriores | Sí |
| Deudas devengadas pero aún no liquidadas al fallecer | Sí: la Administración continúa las actuaciones con los herederos |
| Recargos e intereses de esas deudas | Sí |
| Sanciones tributarias | No, en ningún caso |
| Responsabilidad derivada de deudas de terceros o de una sociedad | Solo si el acuerdo de derivación se notificó antes del fallecimiento |
| Cuotas de autónomos impagadas | Sí |
| Prestaciones cobradas indebidamente | Sí, deben reintegrarse |
| Multas de tráfico y sanciones administrativas | Con carácter general, no: son personales |
Si la herencia se distribuye en legados, o hay legados de parte alícuota, los legatarios responden en las mismas condiciones que los herederos.
Hasta dónde responde el heredero
| Forma de heredar | Responsabilidad |
|---|---|
| Aceptación pura y simple | Ilimitada: con los bienes heredados y con los propios |
| A beneficio de inventario | Solo hasta el valor de lo heredado |
| Renuncia | Ninguna |
| Vecindad civil aragonesa, navarra o vasca | Limitada por ley a lo heredado |
Varios herederos responden solidariamente frente a la Administración: puede exigir toda la deuda a uno, que después reclamará a los demás su parte. Ver herencia con deudas y beneficio de inventario.
Cómo averiguar si hay deudas
- Agencia Tributaria: los herederos pueden solicitar un certificado de las deudas del fallecido acreditando su condición.
- Hacienda autonómica y ayuntamiento: IBI, impuesto de vehículos, tasas, plusvalías anteriores.
- Seguridad Social: certificado de situación de cotización, especialmente si era autónomo o tenía empleados.
- Notificaciones: revisar el buzón electrónico y la correspondencia.
Si no se obtiene respuesta a tiempo, el derecho a deliberar o la aceptación a beneficio de inventario protegen frente a sorpresas.
Pensiones cobradas tras el fallecimiento
La pensión se devenga hasta el último día del mes del fallecimiento. Si la Seguridad Social abona mensualidades posteriores porque no se le comunicó a tiempo, reclamará su devolución, normalmente al banco y, en su defecto, a los herederos o a quien dispuso del dinero. Conviene comunicar la defunción cuanto antes y no disponer de esos ingresos.
Procedimientos en curso
- Inspecciones y comprobaciones abiertas continúan con los herederos.
- Embargos sobre bienes del fallecido se mantienen.
- Aplazamientos concedidos pueden mantenerse si los herederos siguen pagando.
- Devoluciones a favor del fallecido pasan a los herederos: ver renta del fallecido.
Efecto en el impuesto de sucesiones
Las deudas del fallecido con las administraciones son deducibles de la base imponible si se acreditan, también las que los herederos paguen después por liquidaciones giradas tras el fallecimiento.
Ejemplo: qué paga el heredero y qué no
Un autónomo fallece dejando bienes por 90.000€ y estas deudas con la Agencia Tributaria. Sus dos hijas aceptan la herencia.
| Deuda del fallecido | Importe | ¿Pasa a las herederas? |
|---|---|---|
| IRPF del año anterior, sin pagar | 4.000€ | Sí |
| IVA del último trimestre | 2.500€ | Sí |
| Intereses de demora devengados | 300€ | Sí |
| Sanción por una declaración presentada tarde | 1.200€ | No: las sanciones se extinguen con el fallecimiento |
| IRPF del año del fallecimiento, aún no declarado | El que resulte | Sí: lo presentan ellas en la campaña siguiente |
Las hijas asumen 6.800€ más el resultado de la última declaración, y pueden restar esas deudas del valor de la herencia en el impuesto de sucesiones. La Agencia Tributaria puede reclamar el total a cualquiera de las dos; la que pague puede exigir a su hermana la mitad.
Legatarios y herencia sin aceptar
| Situación | Quién responde ante la Administración |
|---|---|
| Legatario de un bien concreto | No responde de las deudas tributarias del fallecido |
| Toda la herencia repartida en legados | Los legatarios responden como si fueran herederos |
| Herencia que nadie ha aceptado todavía | La propia herencia yacente: las actuaciones se entienden con quien la administre o represente |
| Herederos desconocidos | La Administración puede liquidar y cobrar contra los bienes de la herencia |
La Administración no necesita esperar a que alguien acepte: puede notificar y embargar bienes de la herencia yacente. La muerte tampoco reinicia los plazos: una deuda prescribe a los cuatro años contados como si el fallecido siguiera vivo, y los herederos pueden alegar la prescripción igual que él.
Recurrir como heredero
Los herederos ocupan también la posición del fallecido en lo que le favorece. Pueden continuar los recursos que tuviera presentados, recurrir en plazo las liquidaciones que se notifiquen después de su muerte y solicitar la devolución de lo que pagó de más en los cuatro años anteriores. Para actuar basta acreditar el fallecimiento y la condición de heredero; si son varios, puede hacerlo cualquiera en beneficio de todos.
Guías relacionadas: deuda con la residencia o por dependencia: quién la paga al fallecer y heredar el negocio de un autónomo: continuar, traspasar o cerrar.
Preguntas frecuentes
¿Se heredan las deudas con Hacienda?
Sí, si se acepta la herencia. Las sanciones, no.
¿Y las deudas con la Seguridad Social?
También, incluidas las cuotas de autónomo impagadas y las prestaciones cobradas indebidamente.
¿Puede Hacienda embargar mis bienes por deudas de mi padre?
Sí, si aceptaste pura y simplemente. No, si aceptaste a beneficio de inventario o renunciaste.
¿Cómo sé si el fallecido debía algo?
Pidiendo certificados de deuda a la Agencia Tributaria, a la hacienda autonómica y local y a la Seguridad Social.
¿Hay que devolver la pensión del mes siguiente al fallecimiento?
Sí. Solo se devenga hasta el final del mes en que se produce la muerte.
Fuentes oficiales
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE)
- Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (BOE)
- Código Civil (BOE, texto consolidado)
- Agencia Tributaria: sede electrónica
- Seguridad Social: prestaciones por muerte y supervivencia