Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach · Publicado el 8 de septiembre de 2026 ·

Cómo dar de baja cuentas bancarias de un fallecido

En resumen

Cuando el banco conoce el fallecimiento, bloquea la cuenta y cancela las tarjetas. Para repartir el saldo pide el certificado de defunción, el de últimas voluntades, el testamento o la declaración de herederos, el documento de adjudicación y el justificante del impuesto de sucesiones. Mientras tanto dejan de pagarse los recibos domiciliados, y solo pueden cargarse en la cuenta el entierro y el propio impuesto.

Qué pide el banco

DocumentoPara qué sirve
Certificado de defunciónAcredita el fallecimiento
Certificado de últimas voluntadesConfirma si hay testamento
Testamento o declaración de herederosAcredita quiénes son los herederos
Escritura de adjudicación de herencia (o documento privado, según importe)Acredita qué corresponde a cada heredero
Justificante del impuesto de sucesionesMuchos bancos lo exigen antes de liberar los fondos
Excepción habitual: gastos de entierro Algunos bancos permiten una retirada limitada sin acreditar aún la condición de heredero

Qué pasa con recibos domiciliados y suscripciones

Con el bloqueo dejan de pagarse la luz, el agua, los seguros y las suscripciones. Hay que identificar cuanto antes los recibos domiciliados y pasarlos a otra cuenta, o avisar a cada compañía, para evitar cortes y pólizas canceladas.

Cuentas conjuntas: qué cambia si hay un cotitular vivo

Depende de cómo se abrió la cuenta. Si es indistinta, el otro titular puede seguir operando, pero la parte del fallecido —la mitad, salvo prueba de otra cosa— pertenece a la herencia: si la gasta, tendrá que devolverla. Si es conjunta, hacen falta todas las firmas, y el titular que queda necesita el consentimiento de todos los herederos para disponer del dinero. En la práctica, muchas entidades retienen la mitad del saldo hasta que se acredita quién hereda.

Productos de inversión, fondos y planes de pensiones

No todos los productos financieros del fallecido se tratan exactamente igual. Las cuentas corrientes, depósitos y fondos de inversión forman parte del caudal hereditario general y se reparten según las reglas habituales de la sucesión. Los planes de pensiones, en cambio, se rigen por el beneficiario designado expresamente en el propio contrato, que puede coincidir o no con los herederos legales, y lo que cobra ese beneficiario no tributa en el impuesto de sucesiones, sino en su IRPF, como rendimiento del trabajo.

Qué pasa con las tarjetas asociadas a la cuenta

Las tarjetas del fallecido se cancelan en cuanto el banco conoce la muerte, y también las adicionales que tuviera un familiar sobre esa cuenta.

Deudas del fallecido vinculadas a sus cuentas bancarias

Un descubierto, un préstamo o el saldo pendiente de una tarjeta son deudas de la herencia. El banco las incluye en su certificado de posiciones, y cuentan para decidir si se acepta sin más o a beneficio de inventario.

Cómo se reparte el saldo entre varios herederos

Con el expediente completo, el banco transfiere a cada heredero su parte, o emite cheques nominativos, y cierra la cuenta.

Si el fallecido tenía cuentas en varios bancos distintos

La familia no siempre las conoce todas. Tres fuentes ayudan a completar la lista: la correspondencia del fallecido, sus declaraciones de la renta de años anteriores y la información de la Agencia Tributaria sobre las cuentas declaradas.

Documentación específica que suele pedir cada banco

La lista general es parecida en todos, pero cada banco añade formularios propios, como su solicitud de liquidación de herencia o una declaración responsable de los herederos. Pídelos en la oficina antes de reunir lo demás y confirma por teléfono la lista exacta de esa entidad.

Cuánto tiempo suele tardar todo el proceso bancario

Entre una y varias semanas desde que se entrega la documentación completa hasta que el banco libera los fondos. Las entidades con un departamento especializado en sucesiones suelen ser más rápidas que las pequeñas, donde el expediente pasa por más revisiones.

Qué hacer con las cuentas, en orden

  1. Comunica el fallecimiento al banco con el certificado de defunción. El banco bloquea la cuenta y cancela las tarjetas.
  2. Cambia de cuenta los recibos domiciliados, porque dejan de pagarse con el bloqueo.
  3. Pide el detalle de productos y saldos a la fecha del fallecimiento: hace falta para el inventario y para el impuesto.
  4. Acredita quiénes son los herederos con el certificado de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos.
  5. Entrega la documentación de la herencia que pida la entidad, incluido el justificante del impuesto de sucesiones.
  6. El banco reparte el saldo según la cuota de cada heredero y cierra la cuenta.

Qué puede cobrar el banco y qué no

El Banco de España ha fijado criterios de buenas prácticas para las entidades cuando fallece un cliente. Los publica en su Portal del Cliente Bancario:

Gestión¿Puede cobrar el banco?
Certificado de posiciones a la fecha del fallecimientoNo. Tampoco puede condicionarlo a que se le encargue la testamentaría
Movimientos posteriores al fallecimientoNo
Movimientos del año anterior al fallecimientoDeben facilitarse, salvo oposición expresa de un cotitular
Movimientos más antiguosSí, si informa antes del importe
Tramitación de la testamentaríaSí, si informa antes de que se acepte, y nunca antes de terminar el expediente
Comisión de mantenimiento de la cuentaSí, mientras la cuenta siga abierta

Si el banco cobra algo que no debe o retrasa el expediente sin motivo, reclama por escrito a su servicio de atención al cliente. Si no contesta o la respuesta no te satisface, puedes reclamar ante el Banco de España.

Ejemplo: cuenta de un matrimonio con 40.000€

PasoResultado
Saldo el día del fallecimiento40.000€, cuenta a nombre de los dos cónyuges
Parte del viudo20.000€: ya eran suyos y no se heredan
Parte que entra en la herencia20.000€
Reparto entre dos hijos, sin testamento10.000€ cada uno, con el usufructo del viudo sobre un tercio
Impuesto de sucesiones de cada hijo0€: lo heredado no supera la reducción estatal de 15.956,87€. Hay que presentarlo igualmente

La mitad es el punto de partida. Si puede probarse que el dinero lo aportó solo uno de los dos, el reparto cambia: ver heredar dinero.

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Herramienta relacionada. Introduce la fecha del fallecimiento en la calculadora de plazos para ver cuándo vence cada trámite.

Siguiente paso. Lo último suele ser cambiar o dar de baja los suministros y contratos.

Preguntas frecuentes

¿El banco bloquea la cuenta en cuanto se entera del fallecimiento?

Sí, en la práctica los bancos bloquean los movimientos por iniciativa propia o a solicitud de un familiar, en cuanto tienen constancia del fallecimiento, aunque formalmente no exista una obligación legal explícita de bloqueo inmediato.

¿Se puede sacar dinero de la cuenta antes de aceptar la herencia?

Algunos bancos permiten, como política interna y no como derecho legal garantizado, disponer de una cantidad limitada para gastos de última enfermedad y entierro sin necesidad de acreditar la condición de heredero.

¿Qué pasa con una cuenta conjunta si uno de los cotitulares fallece?

El banco suele bloquear cautelarmente toda la cuenta, aunque el cotitular superviviente conserve la titularidad de su propia mitad, hasta que se acredite formalmente el reparto de la herencia.

¿Los planes de pensiones forman parte de la herencia igual que las cuentas bancarias?

No exactamente: se rigen por el beneficiario designado en el propio plan, que puede no coincidir con los herederos legales, y no tributan en el impuesto de sucesiones sino en el IRPF del beneficiario.

Fuentes oficiales