Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach ·

¿Puedo aceptar la herencia antes de pagar el impuesto?

En resumen

Sí. Aceptar y pagar son cosas distintas, y no hay que hacerlas en ese orden: puedes firmar la escritura de aceptación antes de liquidar el impuesto. Lo que no podrás hacer sin el justificante del impuesto es inscribir los inmuebles ni retirar el dinero de las cuentas. Para quien no tiene liquidez existe una salida prevista en la ley: pagar el impuesto con el propio dinero de la herencia, además del aplazamiento y el fraccionamiento. El impuesto y la plusvalía municipal vencen a los seis meses del fallecimiento.

Qué puedes hacer con y sin el impuesto presentado

Trámite¿Sin justificante del impuesto?
Firmar la escritura de aceptación y particiónSí
Renunciar a la herenciaSí
Inscribir un inmueble en el Registro de la PropiedadNo
Retirar saldos o vender valores depositadosNo: el banco responde subsidiariamente del impuesto
Cobrar un seguro de vidaNo: la aseguradora exige acreditarlo
Cambiar la titularidad de un vehículoNo
Vender un inmueble heredadoEn la práctica no: el comprador y su banco exigirán la inscripción
Pagar el propio impuesto con dinero de la cuenta del fallecidoSí, mediante cheque bancario a favor de la Administración

Presentar no siempre es pagar: si por las reducciones o bonificaciones la cuota es cero, basta el justificante de presentación.

Pagar el impuesto con el dinero de la herencia

La ley del impuesto establece que el banco no incurre en responsabilidad si libra cheques bancarios con cargo a los depósitos del fallecido, o al resultado de vender sus valores, cuando el fin exclusivo es pagar el impuesto de sucesiones y el cheque se emite a nombre de la Administración acreedora. Lo mismo vale para las aseguradoras respecto del seguro de vida.

  1. Calcula la autoliquidación de cada heredero.
  2. Solicita al banco, todos los herederos de acuerdo, un cheque nominativo a favor de la administración tributaria por el importe exacto.
  3. Presenta las autoliquidaciones y paga con el cheque.
  4. Con los justificantes, el banco desbloquea el resto.
Cuenta del fallecido ChequeA la Administración Justificante Bienes disponibles

Si la herencia no tiene dinero

OpciónEn qué consiste
Aplazamiento por falta de liquidezHasta un año, si en la herencia no hay efectivo ni bienes fácilmente realizables; se pide antes de que termine el plazo de pago y devenga intereses
FraccionamientoHasta cinco anualidades, con garantía e intereses
Supuestos especialesPlazos más largos para la vivienda habitual o la empresa familiar
Aplazamiento generalEl de la Ley General Tributaria, con o sin garantía según el importe
PréstamoAlgunas entidades financian el impuesto con garantía de los bienes heredados
RenunciaSi no compensa: quien renuncia no debe el impuesto

El detalle, en aplazar o fraccionar el impuesto de sucesiones.

El orden habitual

  1. Certificados e inventario.
  2. Escritura de aceptación y partición.
  3. Autoliquidación del impuesto de sucesiones y plusvalía, en seis meses desde el fallecimiento.
  4. Inscripción en el registro y cobro de saldos.

Los pasos 2 y 3 pueden invertirse: se puede liquidar el impuesto con un documento privado de inventario y firmar la escritura después.

Lo que no debes hacer

Ejemplo: heredar sin tener ahorros para el impuesto

Una sobrina hereda de su tío un piso de 200.000€ y una cuenta con 15.000€. Su cuota del impuesto, con la tarifa estatal sin bonificación, es de unos 52.600€ y no dispone de ese dinero.

PasoQué haceCon qué dinero
1Firma la escritura de aceptaciónPaga la notaría con medios propios o con una provisión
2Presenta el impuesto dentro de los seis meses y pide aplazamiento por la parte que no puede pagar—
3El banco emite un cheque a favor de la Hacienda autonómicaLos 15.000€ de la cuenta del tío
4Inscribe el piso, que queda afecto al pago de lo aplazadoArancel del registro
5Vende el piso o pide un préstamo con su garantía—
6Cancela lo aplazado, con sus interesesPrecio de la venta o préstamo

En ningún momento ha necesitado tener los 52.600€ por adelantado. Lo que sí necesita es presentar a tiempo: sin autoliquidación presentada no hay cheque del banco, ni aplazamiento, ni inscripción.

Quién adelanta cada gasto

Con varios herederos

Cada uno presenta y paga su propia autoliquidación. No hace falta esperar a que todos tengan el dinero: quien puede pagar presenta la suya en plazo y evita sus recargos. Para inscribir la escritura de partición, en cambio, el Registro pedirá el justificante de todos los que intervienen en ella.

Herramienta relacionada. Para no perder ninguna fecha, la calculadora de plazos convierte el día del fallecimiento en un calendario.

Siguiente paso. Si no hay liquidez para el impuesto, mira cómo aplazarlo o fraccionarlo.

Preguntas frecuentes

¿Hay que pagar el impuesto antes de aceptar la herencia?

No. Puedes aceptar antes, pero no podrás disponer de la mayoría de los bienes sin acreditar el impuesto.

¿Puedo pagar el impuesto con el dinero de la cuenta del fallecido?

Sí, pidiendo al banco un cheque a nombre de la administración tributaria.

¿Y si en la herencia solo hay un piso?

Puedes pedir aplazamiento o fraccionamiento, financiar el pago o, si no compensa, renunciar.

¿Puedo vender el piso para pagar el impuesto?

Para vender necesitas tenerlo inscrito, y para inscribir, el impuesto presentado. Lo habitual es aplazar o financiar.

¿Qué pasa si acepto y no pago?

La deuda se exige con recargos e intereses y puede embargarse lo heredado y tu patrimonio.

Fuentes oficiales