Impuesto de sucesiones en La Rioja: cuánto se paga en 2026
En resumen
En La Rioja, hijos, cónyuge y padres tienen una deducción del 99% de la cuota, sin límite de importe. Hermanos, tíos, sobrinos y demás parientes tributan con las reglas estatales, sin ninguna ventaja autonómica.
Esta página forma parte de la guía de impuesto de sucesiones de Heredy.
Cuotas para un heredero con un patrimonio previo inferior a 400.000€, sin otras reducciones. Calculadas con la Ley 10/2017 (arts. 34 y 37).
Lo propio del impuesto de La Rioja
- Hijos, cónyuge y padres tienen una deducción del 99% de la cuota, sin límite de importe, con la reducción estatal por parentesco: un hijo que hereda 200.000€ paga 282,50€.
- La misma deducción alcanza a quien convivió de forma estable con el fallecido en el mismo domicilio durante los quince años anteriores, sea cual sea su relación; si la convivencia se rompió por el ingreso en una residencia, bastan diez de esos quince años.
- Hermanos, tíos y sobrinos no tienen ventaja en la cuota, pero sí en los negocios: si heredan una empresa o un negocio situado en La Rioja pueden restar el 99% de su valor, aunque el fallecido tenga hijos.
- Las fincas rústicas tienen una reducción del 99% aunque el fallecido no las cultivara, si las tenía arrendadas o cedidas y quien hereda es agricultor profesional.
Calcula tu caso en La Rioja
Reducciones y bonificaciones por parentesco en La Rioja
| Grupo | Reducción por parentesco | Bonificación en la cuota |
|---|---|---|
| Grupo I: descendientes menores de 21 años | La estatal: 15.956,87€ más 3.990,72€ por año menos de 21, máximo 47.858,59€ | Deducción del 99% de la cuota |
| Grupo II: descendientes de 21 o más, cónyuge y ascendientes | 15.956,87€ (la estatal) | Deducción del 99% de la cuota |
| Grupo III: hermanos, tíos, sobrinos y parientes políticos en línea recta | 7.993,46€ (la estatal) | Ninguna |
| Grupo IV: primos y personas sin parentesco | Ninguna | Ninguna |
Con estas reglas, un hijo de 21 años o más empieza a pagar en La Rioja cuando su parte supera unos 17.000€. Un hermano empieza a pagar a partir de unos 8.000€. Los grupos se explican en grupos de parentesco.
Tarifa y coeficientes en La Rioja
La Rioja no tiene tarifa propia ni reducciones por parentesco propias: se aplican la tarifa, las reducciones y los coeficientes estatales.
Para leer la tarifa de La Rioja: tramos y tipos y coeficientes multiplicadores.
Cómo se calcula, paso a paso
Desglose de los tres ejemplos con la norma de La Rioja, para un heredero con patrimonio previo inferior a 400.000€ y sin reducciones por vivienda o empresa.
| Paso | Hijo hereda 200.000€ | Hijo hereda 1.000.000€ | Hermano hereda 200.000€ |
|---|---|---|---|
| Base imponible | 200.000,00€ | 1.000.000,00€ | 200.000,00€ |
| Reducción por parentesco | 15.956,87€ | 15.956,87€ | 7.993,46€ |
| Base liquidable | 184.043,13€ | 984.043,13€ | 192.006,54€ |
| Cuota íntegra | 28.250,01€ | 262.697,34€ | 29.942,24€ |
| Coeficiente multiplicador | 1 | 1 | 1,5882 |
| Cuota tributaria | 28.250,01€ | 262.697,34€ | 47.554,26€ |
| Bonificación | 99% | 99% | No hay |
| Cuota a pagar | 282,50€ | 2.626,97€ | 47.554,26€ |
Cuánto se paga en La Rioja según lo heredado
| Cada heredero recibe | Hijo de 21 años o más | Hermano | Primo o persona sin parentesco |
|---|---|---|---|
| 100.000€ | 98,38€ | 17.667,79€ | 24.830,71€ |
| 200.000€ | 282,50€ | 47.554,26€ | 63.281,70€ |
| 300.000€ | 513,98€ | 84.855,11€ | 110.933,62€ |
| 500.000€ | 1.060,22€ | 172.146,12€ | 221.537,52€ |
| 1.000.000€ | 2.626,97€ | 421.516,06€ | 536.245,35€ |
Tipo efectivo en La Rioja sobre lo heredado: un hijo que recibe 500.000€ paga el 0,2%, un hermano que recibe 200.000€ el 23,8% y una persona sin parentesco que recibe 200.000€ el 31,6%. Cada heredero calcula sobre su propia parte.
Casos resueltos en La Rioja
Situaciones habituales calculadas con la norma de La Rioja, para herederos con un patrimonio previo inferior a 400.000€. La explicación general de cada caso está en las guías enlazadas.
Un hermano que hereda un negocio riojano
Los hermanos no tienen deducción en la cuota, pero la reducción del 99% por empresa individual o negocio profesional les alcanza aunque el fallecido tenga hijos, algo que la norma estatal no permite (Ley 10/2017, artículo 35.1). Si la empresa está exenta en el Impuesto sobre el Patrimonio y se conserva cinco años:
| Valor del negocio | Sin la reducción | Con la reducción del 99% |
|---|---|---|
| 200.000€ | 47.554,26€ | 0,00€ |
| 300.000€ | 84.855,11€ | 0,00€ |
| 500.000€ | 172.146,12€ | 0,00€ |
La reducción solo alcanza al valor del negocio; el resto de lo heredado tributa con las reglas generales.
Un caso típico en La Rioja: viudo y dos hijos
Un matrimonio que reside en La Rioja, en gananciales y de vecindad civil común, tiene 600.000€. Fallece uno sin testamento: la herencia son 300.000€, que pasan a los dos hijos, mayores de 21, con el usufructo de un tercio para el viudo, de 70 años.
| Quién | Qué recibe | Valor por el que tributa | Cuota en La Rioja |
|---|---|---|---|
| Viudo | Usufructo de un tercio (100.000€), valorado en el 19% por su edad | 19.000€ | 2,33€ |
| Cada hijo | 150.000€, menos la mitad del valor del usufructo | 140.500€ | 165,01€ |
| Toda la familia | Toda la herencia | 300.000€ | 332,35€ |
En conjunto, la familia paga en La Rioja el 0,11% de lo heredado. El cálculo no incluye la reducción por vivienda habitual, que lo rebajaría si la vivienda era la residencia del fallecido y se conserva. Cuando el usufructo se extinga, los hijos tributarán por la parte que ahora no pagan: ver calculadora de usufructo.
Si el heredero ya tiene patrimonio
El coeficiente multiplicador sube con el patrimonio que el heredero tenía antes de heredar. Efecto en La Rioja sobre dos casos:
| Patrimonio previo del heredero | Hijo hereda 500.000€ | Hermano hereda 200.000€ |
|---|---|---|
| Menos de 400.000€ | 1.060,22€ | 47.554,26€ |
| 1.000.000€ | 1.113,23€ | 49.931,68€ |
| 3.000.000€ | 1.166,24€ | 52.312,08€ |
| 5.000.000€ | 1.272,26€ | 57.066,91€ |
Entre el primer escalón y el último, el hijo paga 212,04€ más y el hermano, 9.512,65€ más. El patrimonio previo se valora con las reglas del Impuesto sobre el Patrimonio y no incluye lo que se recibe en la propia herencia.
La misma herencia en La Rioja con uno, dos o tres hijos
Reducción y tarifa se aplican a cada heredero por separado. Una herencia de 600.000€ entre hijos de 21 años o más:
| Quién hereda | Cada uno recibe | Cuota de cada uno | Total |
|---|---|---|---|
| Un solo hijo | 600.000€ | 1.357,72€ | 1.357,72€ |
| Dos hijos | 300.000€ | 513,98€ | 1.027,96€ |
| Tres hijos | 200.000€ | 282,50€ | 847,50€ |
Con tres herederos, la cuota conjunta es 510,22€ menor que con uno solo.
Una herencia de 300.000€ entre hermanos en La Rioja
Es el caso de quien fallece sin hijos, sin padres y sin cónyuge:
| Quién hereda | Cada uno recibe | Cuota de cada uno | Total |
|---|---|---|---|
| Un solo hermano | 300.000€ | 84.855,11€ | 84.855,11€ |
| Dos hermanos | 150.000€ | 31.393,57€ | 62.787,13€ |
| Tres hermanos | 100.000€ | 17.667,79€ | 53.003,37€ |
Con tres herederos, la cuota conjunta es 31.851,74€ menor que con uno solo. Lo que un heredero cede después a otro tributa como donación.
Renunciar para que hereden los nietos
Si un hijo renuncia de forma pura y simple, su parte pasa a sus propios hijos, que heredan directamente del abuelo. Con 300.000€ y dos nietos de 21 años o más:
| Quién hereda | Cada uno recibe | Cuota de cada uno en La Rioja | Total |
|---|---|---|---|
| El hijo acepta | 300.000€ | 513,98€ | 513,98€ |
| El hijo renuncia y heredan sus dos hijos | 150.000€ | 182,78€ | 365,55€ |
En La Rioja la renuncia ahorra 148,43€ de impuesto. La renuncia debe ser sin destinatario, y solo funciona si el testamento no nombra otro sustituto ni hay más hijos con derecho a acrecer: ver quién hereda si renuncias.
El usufructo del viudo en La Rioja, según su edad
Si el testamento deja al cónyuge el usufructo de toda la herencia, de 400.000€, este tributa solo por el valor de ese derecho:
| Edad del viudo | Valor del usufructo | Cuota del viudo en La Rioja | Base de los hijos, en conjunto |
|---|---|---|---|
| 60 años | 29%: 116.000€ | 124,22€ | 284.000€ |
| 70 años | 19%: 76.000€ | 62,64€ | 324.000€ |
| 80 años | 10%: 40.000€ | 20,45€ | 360.000€ |
Cuanto mayor es el viudo, menos vale su usufructo y más base va a los hijos. Otras edades, en la calculadora de usufructo.
Si se presenta fuera de plazo en La Rioja
Pasados los seis meses sin haber pedido prórroga, y siempre que se presente antes de que la Administración lo reclame, a la cuota se le suma un recargo del 1% más otro 1% por cada mes completo de retraso. Para un hermano que hereda 200.000€ en La Rioja, con una cuota de 47.554,26€:
| Retraso | Recargo | Importe del recargo | Total a ingresar |
|---|---|---|---|
| Menos de un mes | 1% | 475,54€ | 48.029,81€ |
| Tres meses completos | 4% | 1.902,17€ | 49.456,43€ |
| Seis meses completos | 7% | 3.328,80€ | 50.883,06€ |
| Más de doce meses | 15%, más intereses de demora | 7.133,14€ | 54.687,40€ más intereses |
Con cuota cero en La Rioja no hay recargo, pero presentar tarde puede costar una multa fija. Si la Administración reclama antes, ya no hay recargo sino sanción: ver qué pasa si no pago a tiempo.
Si una comprobación eleva el valor en 20.000€
La tarifa es progresiva: cada euro añadido tributa al tipo del último tramo alcanzado. Efecto en La Rioja de que la Administración valore lo heredado en 20.000€ más de lo declarado:
| Caso | Cuota declarada | Cuota con 20.000€ más | Diferencia |
|---|---|---|---|
| Hijo que hereda 500.000€ | 1.060,22€ | 1.119,72€ | 59,50€ |
| Hermano que hereda 200.000€ | 47.554,26€ | 54.304,11€ | 6.749,85€ |
| Persona sin parentesco que hereda 200.000€ | 63.281,70€ | 71.781,70€ | 8.500,00€ |
Un inmueble declarado por su valor de referencia, o por uno superior, no puede comprobarse. Para el resto de bienes: comprobación de valores y tasación pericial contradictoria.
La vivienda habitual del fallecido en La Rioja
Cuando en la herencia está la vivienda en la que residía la persona fallecida, el cónyuge, los descendientes y los ascendientes pueden restar de su base el 95% del valor, con un límite de 122.606,47€ por heredero. La condición es conservarla durante los cinco años siguientes al fallecimiento. También pueden aplicarla los parientes colaterales mayores de 65 años que convivieran con el fallecido los dos años anteriores.
| Vivienda de 400.000€ heredada por dos hijos | Regla de La Rioja | Regla estatal |
|---|---|---|
| Parte de cada hijo | 200.000€ | 200.000€ |
| Reducción de cada hijo | 122.606,47€ | 122.606,47€ |
| Valor de la vivienda que sigue en la base de cada uno | 77.393,53€ | 77.393,53€ |
El importe coincide con el de la norma estatal; la diferencia está en el plazo de mantenimiento, que en la norma estatal es de diez años. Esta reducción se suma a la de parentesco. Si la vivienda se vende antes de plazo, hay que ingresar la parte del impuesto que se dejó de pagar, con intereses: ver vivienda habitual en la herencia.
Heredar un negocio o una empresa individual en La Rioja
Cuando en la herencia hay una empresa individual o un negocio profesional, la norma de La Rioja permite restar de la base el 99% del valor de la empresa o el negocio situados en La Rioja, para el cónyuge, los descendientes, los ascendientes y los colaterales por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el tercero, aunque el fallecido tenga hijos. Si es una empresa cultural, la reducción es del 99,5%. La empresa debe mantener allí su domicilio fiscal y social.
La reducción exige que la actividad cumpla las condiciones de la norma y que lo heredado se conserve durante los cinco años siguientes al fallecimiento; la norma estatal pide diez.
| Un hijo hereda un negocio de 500.000€ | Sin la reducción | Con la reducción |
|---|---|---|
| Valor que entra en la base | 500.000€ | 5.000€ |
| Cuota en La Rioja | 1.060,22€ | 0,00€ |
La reducción ahorra 1.060,22€ en este ejemplo. Incumplir el mantenimiento obliga a ingresar lo que se dejó de pagar, con intereses. Requisitos generales en empresa familiar en la herencia.
Heredar una explotación agraria en La Rioja
La norma de La Rioja tiene una regla propia para el campo: permite restar de la base el 99% del valor de una explotación agraria o de una finca rústica, para el cónyuge, los descendientes, los ascendientes y los colaterales hasta el cuarto grado. El fallecido debía ser agricultor profesional o tener la finca arrendada o cedida; el heredero debe ser agricultor profesional y titular de una explotación a la que incorpore lo heredado, y conservarlo cinco años.
Un sobrino que hereda de su tío una explotación valorada en 300.000€ pagaría en La Rioja 84.855,11€ sin la reducción y 0,00€ con ella, si cumple todos los requisitos. Esta reducción no se suma a la de empresa individual sobre los mismos bienes: se aplica una u otra.
Herederos con discapacidad en La Rioja
La norma tributaria de La Rioja no mejora la reducción estatal por discapacidad, que se suma a la de parentesco: 47.858,59€ si el grado es igual o superior al 33% e inferior al 65%, y 150.253,03€ si llega al 65%.
| Un hermano hereda 200.000€ en La Rioja | Reducción por discapacidad | Cuota |
|---|---|---|
| Sin discapacidad reconocida | Ninguna | 47.554,26€ |
| Grado del 33% al 64% | 47.858,59€ | 32.029,55€ |
| Grado del 65% o más | 150.253,03€ | 6.273,41€ |
El grado debe estar reconocido en la fecha del fallecimiento, y la reducción la aplica solo ese heredero, sobre su parte.
Parejas de hecho en La Rioja
La norma de La Rioja asimila al cónyuge a las parejas de hecho con convivencia estable durante al menos los dos años anteriores al fallecimiento e inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de La Rioja o en un registro análogo. La pareja que no cumple ese requisito tributa como una persona sin parentesco, en el Grupo IV.
| Pareja que hereda 150.000€ en La Rioja | Cuota |
|---|---|
| Equiparada al cónyuge | 182,78€ |
| Sin equiparación | 42.523,07€ |
| Diferencia | 42.340,30€ |
El requisito que se exige en La Rioja debe cumplirse el día del fallecimiento. La equiparación es solo fiscal: para heredar, la pareja necesita un testamento a su favor o una ley civil que la llame. Ver herencia entre parejas de hecho.
Particularidades de La Rioja
Las reducciones riojanas por vivienda, empresa y explotación agraria no se suman a las estatales equivalentes sobre el mismo bien. Si se incumple un requisito de la riojana, todavía puede aplicarse la estatal cuando se cumplan los suyos.
Si parte de la herencia se destina en el año siguiente a crear o dotar una fundación riojana inscrita en el censo de mecenazgo, hijos, cónyuge y padres pueden deducir el 25% de esa aportación.
Quien incumple el mantenimiento de una reducción debe comunicarlo en treinta días hábiles e ingresar lo que dejó de pagar, con intereses de demora.
Plazo y dónde se presenta
Se aplica la norma de La Rioja cuando la persona fallecida residió en La Rioja la mayor parte de sus últimos cinco años, viva donde viva el heredero: ver qué comunidad se aplica. El impuesto se presenta ante el Gobierno de La Rioja, en los seis meses siguientes al fallecimiento y aunque la cuota sea cero, con el modelo 650. La presentación telemática, la cita previa y los formularios están en el portal oficial: Gobierno de La Rioja: tributos. Enlaces útiles: dónde presentarlo, plazos y prórroga, aplazamiento y valor de referencia de los inmuebles.
La Rioja frente a las comunidades vecinas
| Comunidad | Hijo hereda 500.000€ | Hermano hereda 200.000€ |
|---|---|---|
| La Rioja | 1.060,22€ | 47.554,26€ |
| Navarra | 5.000,00€ | 38.499,87€ |
| País Vasco (Bizkaia) | 1.500,00€ | 20.230,59€ |
| Castilla y León | 124,15€ | 47.554,26€ |
| Aragón | 0,00€ | 45.189,61€ |
Entre los 20 territorios con norma propia o diferenciada (las comunidades de régimen común, los territorios forales y Ceuta y Melilla), La Rioja es el 11.º más barato para un hijo que hereda 500.000€ y el 16.º más barato para un hermano que hereda 200.000€; varios territorios empatan cuando la cuota es cero. Tabla completa en la comparativa por comunidades.
Guías relacionadas: impuesto de donaciones en La Rioja, modelo 650: cómo rellenarlo y dónde presentarlo, dónde presentar el modelo 650 en cada comunidad autónoma e impuesto de sucesiones por comunidades autónomas: comparativa 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga un hijo por heredar en La Rioja?
El 1% de la cuota estatal: 282,50€ por 200.000€ y 2.626,97€ por 1.000.000€.
¿Puede un conviviente pagar como un hijo en La Rioja?
Sí, si convivió de forma estable con el fallecido en el mismo domicilio durante los quince años anteriores, o diez si la convivencia se interrumpió por el ingreso en una residencia.
¿Cuánto paga un hermano en La Rioja?
47.554,26€ por heredar 200.000€, salvo que lo heredado sea una empresa, un negocio o una explotación con reducción propia.
¿Importa dónde vive el heredero?
No. Se aplica la norma riojana si la persona fallecida residió en La Rioja la mayor parte de sus últimos cinco años.
Consulta el impuesto en otras comunidades
Fuentes oficiales
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Real Decreto 1629/1991, Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Ley 22/2009, de cesión de tributos a las comunidades autónomas (BOE)
- La Rioja: Ley 10/2017, impuestos propios y tributos cedidos (BOE)
- Gobierno de La Rioja: tributos