Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach · Publicado el 6 de octubre de 2026 ·

Comprobación de valores de una herencia: qué es y cómo responder

En resumen

La comprobación de valores es el procedimiento por el que la administración tributaria revisa el valor que los herederos han dado a los bienes y, si lo considera bajo, lo eleva y gira una liquidación por la diferencia. Puede iniciarla durante cuatro años. En los inmuebles, desde 2022 no cabe comprobación si se declaró el valor de referencia de Catastro o uno superior. Frente a una comprobación hay tres vías: alegar, recurrir y pedir una tasación pericial contradictoria.

Cuándo puede comprobar la Administración

Bien¿Puede comprobarse el valor?
Inmueble con valor de referencia, declarado por ese valor o por uno superiorNo
Inmueble con valor de referencia, declarado por debajoLa Administración liquida directamente por el valor de referencia
Inmueble sin valor de referenciaSí, por los medios de la Ley General Tributaria
Bienes declarados con los valores publicados por la propia AdministraciónNo
Participaciones en sociedades no cotizadas, negocios, vehículos, joyas, arteSí
Dinero, depósitos y valores cotizadosNo hay valoración que discutir: se toma el saldo o la cotización

Si no estás de acuerdo con el valor de referencia, no se discute en una comprobación, sino impugnando tu propia autoliquidación o la liquidación que te giren: ver valor de referencia de Catastro en las herencias.

Medios de comprobación

Sea cual sea el medio, la valoración debe estar motivada de forma individualizada: los tribunales han anulado muchas comprobaciones basadas en coeficientes genéricos o en dictámenes sin visita al inmueble ni explicación de los datos utilizados.

Cómo se desarrolla

  1. Inicio. Por una comunicación o, directamente, con la notificación conjunta de la propuesta de valoración y de liquidación.
  2. Propuesta motivada. Debe expresar los medios y criterios empleados.
  3. Alegaciones. Dispones de un plazo de entre 10 y 15 días, según la notificación, para presentar pruebas y argumentos (Ley General Tributaria, artículo 99.8).
  4. Liquidación. La Administración notifica la regularización con la valoración definitiva, la cuota y los intereses de demora.
  5. Plazo máximo. El procedimiento debe terminar en seis meses desde su inicio; si no, caduca, aunque puede volver a iniciarse si no ha prescrito el derecho.
Declaración Propuesta Alegaciones Liquidación Recurso otasación pericial

Comprobación y prescripción

La Administración tiene cuatro años desde que termina el plazo de presentación para comprobar. Cualquier actuación suya notificada al heredero, como el inicio de la comprobación, interrumpe ese plazo y lo hace empezar de nuevo (Ley General Tributaria, artículo 68). Pero si el procedimiento caduca por pasar los seis meses, sus actuaciones no cuentan como interrupción (artículo 104.5): el plazo de cuatro años sigue corriendo como si no se hubiera iniciado. Ver prescripción del impuesto de sucesiones.

Qué puedes hacer

VíaPlazoPara qué sirve
Alegaciones a la propuestaEl que indique la notificaciónAportar tasaciones, fotografías, informes del estado del bien, cargas, errores de superficie o de uso
Recurso de reposiciónUn mes desde la liquidaciónQue el mismo órgano revise: falta de motivación, errores
Reclamación económico-administrativaUn mesRevisión por un tribunal administrativo independiente del órgano que liquidó
Tasación pericial contradictoriaEl mismo del primer recursoDiscutir el valor con tu propio perito; suspende la ejecución de la liquidación

No se puede recurrir la valoración por separado: se impugna junto con la liquidación. La tasación pericial se explica en tasación pericial contradictoria, y los recursos, en cómo recurrir una liquidación.

Consecuencias de un valor comprobado mayor

Cómo reducir el riesgo al declarar

  1. Consulta el valor de referencia de cada inmueble en la sede del Catastro, a la fecha del fallecimiento.
  2. Para inmuebles sin valor de referencia, utiliza los valores o coeficientes que publique la comunidad autónoma, o solicita una valoración previa vinculante cuando exista ese servicio.
  3. Guarda pruebas del estado real del bien si declaras por debajo de lo habitual.
  4. Recuerda que el valor declarado prevalece si es superior al comprobado: no conviene inflarlo sin motivo.

Ejemplo: un local declarado en 150.000€ y comprobado en 190.000€

Una hija hereda de su madre un local comercial sin valor de referencia y 100.000€ en cuentas. Declara el local por 150.000€ y la Administración lo valora en 190.000€. El coste de esa diferencia depende de la bonificación que tenga:

ConceptoCon el valor declaradoCon el valor comprobadoDiferencia
Base imponible250.000€290.000€40.000€
Cuota con la tarifa estatal, sin bonificación38.875,01€48.847,81€9.972,80€
Cuota en una comunidad con bonificación del 99%388,75€488,48€99,73€

A la diferencia se suman los intereses de demora desde el final del plazo de presentación. Donde la cuota está bonificada casi por completo, discutir el valor rara vez compensa por el impuesto de sucesiones, aunque el valor fijado puede interesar por otro motivo: será el valor de adquisición cuando se venda el local.

Qué revisar en la valoración que te notifican

Cada defecto que encuentres es un argumento para las alegaciones o para el recurso, y ayuda a decidir si merece la pena encargar una tasación propia.

Herramienta relacionada. Para saber cuánto pagarías tú, usa la calculadora del impuesto de sucesiones, que aplica las reglas de tu comunidad.

Siguiente paso. Si no estás de acuerdo con el valor, la respuesta es la tasación pericial contradictoria.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una comprobación de valores?

La revisión por la administración tributaria del valor declarado de los bienes heredados, que puede terminar en una liquidación complementaria.

¿Cuánto tiempo tiene Hacienda para comprobar el valor de una herencia?

Cuatro años desde el fin del plazo de presentación del impuesto. Iniciado el procedimiento, debe resolverlo en seis meses.

¿Pueden comprobarme el valor si declaré el valor de referencia?

No. Si el inmueble se declaró por su valor de referencia o por uno superior, la Administración no puede comprobarlo.

¿Me sancionan si elevan el valor?

No por esa diferencia, si declaraste siguiendo las reglas de valoración del Impuesto sobre el Patrimonio. Sí pagarás intereses de demora.

¿Qué es mejor, recurrir o pedir tasación pericial contradictoria?

El recurso sirve para atacar defectos de motivación o de procedimiento; la tasación, para discutir la cifra. Puedes reservarte el derecho a la tasación al recurrir.

Fuentes oficiales