Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach · Publicado el 4 de octubre de 2026 ·

Tabla del impuesto de sucesiones: tramos y tipos en 2026

En resumen

La tarifa estatal del impuesto de sucesiones tiene 16 tramos, con tipos que van del 7,65% al 34%. Se aplica sobre la base liquidable (lo heredado menos las reducciones), no sobre el valor total de la herencia. El resultado se multiplica después por un coeficiente según el parentesco y, por último, se le restan las bonificaciones de cada comunidad autónoma.

Tabla de la tarifa estatal

Es la escala del artículo 21 de la Ley 29/1987. Se aplica en las comunidades que no han aprobado una tarifa propia y sirve de referencia en el resto.

Base liquidable hastaCuota íntegraResto de base hastaTipo aplicable
0,00€0,00€7.993,46€7,65%
7.993,46€611,50€7.987,45€8,50%
15.980,91€1.290,43€7.987,45€9,35%
23.968,36€2.037,26€7.987,45€10,20%
31.955,81€2.851,98€7.987,45€11,05%
39.943,26€3.734,59€7.987,46€11,90%
47.930,72€4.685,10€7.987,45€12,75%
55.918,17€5.703,50€7.987,45€13,60%
63.905,62€6.789,79€7.987,45€14,45%
71.893,07€7.943,98€7.987,45€15,30%
79.880,52€9.166,06€39.877,15€16,15%
119.757,67€15.606,22€39.877,16€18,70%
159.634,83€23.063,25€79.754,30€21,25%
239.389,13€40.011,04€159.388,41€25,50%
398.777,54€80.655,08€398.777,54€29,75%
797.555,08€199.291,40€En adelante34,00%
7,65% Desde 0€ 16,15% Desde 79.880€ 21,25% Desde 159.634€ 29,75% Desde 398.777€ 34,00% Desde 797.555€

Tipo marginal en cinco puntos de la escala. Cada tipo se aplica solo a la parte de la base que cae dentro de su tramo.

Cómo se lee la tabla

La tarifa es progresiva por tramos. No se aplica un único porcentaje a todo lo heredado, sino que cada parte de la base tributa al tipo de su tramo. Para calcular la cuota íntegra:

  1. Localiza la fila con el mayor importe de la primera columna que no supere tu base liquidable.
  2. Toma la cuota íntegra de esa fila.
  3. Resta a tu base liquidable el importe de la primera columna y multiplica la diferencia por el tipo de esa fila.
  4. Suma los resultados de los pasos 2 y 3.

Ejemplo: base liquidable de 184.043,13€

Es la base que le queda a un hijo de más de 21 años que hereda 200.000€ en efectivo y solo aplica la reducción estatal por parentesco de 15.956,87€.

PasoOperaciónResultado
Fila aplicableLa de 159.634,83€ (la siguiente, 239.389,13€, ya supera la base)Tipo del 21,25%
Cuota de la fila—23.063,25€
Resto de base184.043,13€ − 159.634,83€24.408,30€
Cuota del resto24.408,30€ × 21,25%5.186,76€
Cuota íntegra23.063,25€ + 5.186,76€28.250,01€

Esa cifra equivale a un tipo medio del 15,35% sobre la base liquidable, bastante por debajo del 21,25% del último tramo alcanzado. Y todavía no es lo que se paga: falta el coeficiente multiplicador y, sobre todo, la bonificación autonómica. En una comunidad con bonificación del 99%, como La Rioja, ese hijo acabaría pagando unos 282,50€. Tienes más casos resueltos, con ajuar, gastos y vivienda, en cómo calcular el impuesto de sucesiones paso a paso.

Tipo medio: qué porcentaje se paga de verdad

Como cada tramo tributa a su tipo, el porcentaje que se paga sobre el total de la base, el tipo medio, es siempre menor que el tipo del último tramo alcanzado. Con la tarifa estatal y antes del coeficiente y de las bonificaciones:

Base liquidableCuota íntegraTipo medioTipo del último tramo
25.000€2.142,49€8,57%10,20%
50.000€4.948,93€9,90%12,75%
100.000€12.415,36€12,42%16,15%
200.000€31.640,85€15,82%21,25%
300.000€55.466,81€18,49%25,50%
500.000€110.768,76€22,15%29,75%
1.000.000€268.122,67€26,81%34,00%
2.000.000€608.122,67€30,41%34,00%

El tipo medio también es el que se usa cuando hay que acumular donaciones recibidas del fallecido: se calcula sobre la suma y se aplica solo a lo nuevo. Para pasar de esta cuota a lo que se paga, falta multiplicar por el coeficiente y restar las bonificaciones de la comunidad.

Sobre qué se aplica: la base liquidable

La tarifa no se aplica al valor de la herencia, sino a la base liquidable de cada heredero, que se obtiene así:

La base incluye su parte del ajuar doméstico, que la ley presume en el 3% del caudal salvo prueba en contrario. Cada heredero hace su propio cálculo con su parte. Una herencia de 600.000€ repartida entre tres hijos son tres bases de 200.000€, no una de 600.000€, y eso reduce mucho el efecto de la progresividad.

Después de la tarifa: coeficiente y bonificaciones

La cuota íntegra que sale de la tabla se multiplica por un coeficiente que depende del grupo de parentesco y del patrimonio previo del heredero: de 1,0000 para un hijo sin gran patrimonio a 2,4000 para un extraño con un patrimonio elevado. Lo explicamos en coeficientes multiplicadores y patrimonio preexistente. Sobre la cuota resultante actúan las bonificaciones autonómicas, que para hijos y cónyuge llegan al 99% o al 100% en buena parte de España.

Comunidades que no usan la tarifa estatal

El impuesto está cedido a las comunidades autónomas, que pueden aprobar su propia escala. Si no lo hacen, se aplica la estatal. Estas son las diferencias que hemos contrastado con la norma de cada territorio:

TerritorioTarifaTipo mínimo y máximo
Estatal (por defecto)16 tramos7,65% – 34%
AndalucíaPropia, 11 tramos (Ley 5/2021, art. 37)7% – 26%
CataluñaPropia, 5 tramos7% – 32%
GaliciaPropia para hijos, cónyuge y padres; igual a la estatal para el resto5% – 18% (Grupos I y II)
BalearesPropia: una para los Grupos I y II y otra general1% – 20% (Grupos I y II); 7,65% – 34% (resto)
AsturiasPropia: una para los Grupos I y II y otra general21,25% – 36,5% (Grupos I y II, sobre el exceso de 300.000€); 7,65% – 36,5% (resto)
MurciaPropia: igual a la estatal salvo los dos últimos tramos7,65% – 36,5%
Madrid y Comunidad ValencianaPropias, con los mismos tipos que la estatal y tramos ligeramente distintos7,65% – 34%
Bizkaia, Gipuzkoa y ÁlavaRégimen foral: tipo único para cónyuge, pareja de hecho, descendientes y ascendientes, y dos tarifas de nueve tramos para el resto. Los tipos coinciden en los tres territorios; los tramos, no1,5% sobre lo que exceda de 400.000€ (familia directa); 5,70% – 34,58% (hermanos, tíos, sobrinos); 7,60% – 42,56% (resto)
NavarraRégimen foral: una tarifa por cada parentesco0,8% (cónyuge, sobre el exceso de 250.000€); 0% – 16% (hijos y padres); 8% – 35% (hermanos); 11% – 48% (sin parentesco)

El resto de comunidades de régimen común (Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y La Rioja) aplican la tarifa estatal o una idéntica. También la aplican Ceuta y Melilla, que después bonifican la cuota. Antes de calcular, consulta siempre la página del territorio donde residía la persona fallecida: están todas en la comparativa por comunidades, y las cuotas resultantes, en cuánto se paga por heredar.

Guías relacionadas: cuánto se paga por heredar en 2026, según el importe y la comunidad.

Herramienta relacionada. Para saber cuánto pagarías tú, usa la calculadora del impuesto de sucesiones, que aplica las reglas de tu comunidad.

Siguiente paso. A la cuota que da la tarifa se le aplican los coeficientes multiplicadores.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tipo máximo del impuesto de sucesiones?

En la tarifa estatal, el 34%, que se aplica a la parte de la base liquidable que supera 797.555,08€. Con el coeficiente multiplicador más alto (2,4), el tipo efectivo sobre ese último tramo puede llegar al 81,6% para una persona sin parentesco con un patrimonio previo muy elevado.

¿Se aplica la tarifa al valor total de la herencia?

No. Se aplica a la base liquidable de cada heredero por separado: su parte de la herencia menos las reducciones que le correspondan.

¿La tarifa es distinta para hijos y para hermanos?

La tarifa estatal es la misma para todos. La diferencia entre un hijo y un hermano viene de la reducción por parentesco, del coeficiente multiplicador y de las bonificaciones autonómicas.

¿Los tramos se actualizan cada año?

No. Los tramos de la tarifa estatal son los mismos desde el 1 de enero de 2000 (Ley 54/1999); en 2001 solo se pasaron de pesetas a euros. Como no se ajustan a la inflación, cada año una misma herencia en términos reales tributa algo más. Los cambios habituales se producen en las bonificaciones y reducciones de cada comunidad autónoma.

¿Qué porcentaje se paga sobre lo heredado?

Con la tarifa estatal, el tipo medio es del 12,42% para una base liquidable de 100.000€, del 15,82% para 200.000€ y del 26,81% para 1.000.000€, antes del coeficiente y de las bonificaciones. Para hijos y cónyuge, la mayoría de comunidades reduce ese porcentaje casi a cero.

¿Sirve esta misma tabla para las donaciones?

Sí en el ámbito estatal: la Ley 29/1987 usa la misma tarifa para sucesiones y donaciones. Lo que cambia son las reducciones y bonificaciones, que suelen ser menos generosas y exigir más requisitos en las donaciones.

Fuentes oficiales