Norma vigente y cambios del impuesto de sucesiones por comunidad
En resumen
El impuesto de sucesiones se rige por una ley estatal y por la norma propia de cada comunidad, que es la que fija las reducciones y bonificaciones que de verdad determinan cuánto se paga. Esta tabla indica qué norma hemos consultado para cada territorio, cuál es su beneficio principal para hijos mayores de 21 años, cónyuge y padres, y los últimos cambios que hemos podido verificar en el boletín oficial.
Esta página forma parte de la guía de novedades normativas de Heredy.
Tabla por territorio
| Territorio | Norma consultada | Bonificación para hijos, cónyuge y padres | Último cambio verificado |
|---|---|---|---|
| Andalucía | La Ley 5/2021 (arts. 26 a 39) | 99% de la cuota | Sin cambios verificados en esta revisión |
| Aragón | El Decreto Legislativo 1/2005 (arts. 131-1, 131-5, 131-9 y 131-12) | Ninguna con carácter general. 65% sobre la cuota de la vivienda habitual si vale 300.000€ o menos | Sin cambios verificados en esta revisión |
| Asturias | El Decreto Legislativo 2/2014 (arts. 17, 21 y 22) | Ninguna | Sin cambios verificados en esta revisión |
| Baleares | El Decreto Legislativo 1/2014 (arts. 21, 33, 34, 36 y 36 bis) | 100% de la cuota | Ley 8/2022: nueva regulación civil de los pactos sucesorios, en vigor desde el 17 de enero de 2023 |
| Canarias | El Decreto Legislativo 1/2009 (arts. 20 y 24 ter) | 99,9% de la cuota | Sin cambios verificados en esta revisión |
| Cantabria | El Decreto Legislativo 62/2008 (arts. 5 a 8) | 100% de la cuota | Sin cambios verificados en esta revisión |
| Castilla y León | El Decreto Legislativo 1/2013 (arts. 13 y 17 bis) | 99% de la cuota | Sin cambios verificados en esta revisión |
| Castilla-La Mancha | La Ley 8/2013 (art. 17) | Del 100% al 80%, según la base liquidable | Sin cambios verificados en esta revisión |
| Cataluña | El libro sexto del Código tributario de Cataluña (arts. 631-2 y 633-1 a 633-4) | Cónyuge: 99%. Hijos, nietos y ascendientes: del 60% al 0%, según la base imponible | Sin cambios verificados en esta revisión |
| Comunidad Valenciana | La Ley 13/1997 (arts. 10 a 12 bis) | 99% de la cuota | Ley 5/2025: bonificación del 25% para colaterales consanguíneos; 50% desde el 1 de junio de 2027 |
| Extremadura | El Decreto Legislativo 1/2018 (arts. 17 y 20 a 20 quater) | 99% de la cuota | Sin cambios verificados en esta revisión |
| Galicia | El Decreto Legislativo 1/2011 (arts. 6 y 9 a 11) | Ninguna: el exceso sobre 1.000.000€ tributa con la tarifa reducida | Sin cambios verificados en esta revisión |
| La Rioja | La Ley 10/2017 (arts. 34 y 37) | Deducción del 99% de la cuota | Sin cambios verificados en esta revisión |
| Madrid | El Decreto Legislativo 1/2010 (arts. 21 a 25) | 99% de la cuota | Ley 2/2025: bonificación del 50% para todo el Grupo III; donaciones de hasta 1.000€ bonificadas al 100% |
| Murcia | El Decreto Legislativo 1/2010 (arts. 3 y 5) | Deducción del 99% de la cuota | Sin cambios verificados en esta revisión |
| País Vasco | La Norma Foral 4/2015 de Bizkaia (arts. 43 y 47) | Ninguna: el tipo ya es del 1,5% | Sin cambios verificados en esta revisión |
| Navarra | Decreto Foral Legislativo 250/2002 (art. 34) | Ninguna: tipos reducidos por parentesco | Sin cambios verificados en esta revisión |
| Gipuzkoa | Norma Foral 2/2022 (arts. 44 y 47) | Ninguna: 400.000€ de reducción y tipo del 1,5% | Nueva norma foral en vigor desde el 17 de abril de 2022 |
| Álava | Norma Foral 11/2005 (arts. 22 y 24) | Ninguna: 400.000€ de reducción y tipo del 1,5% | Sin cambios verificados en esta revisión |
La columna de bonificación no recoge las reducciones en la base, que en muchas comunidades son el beneficio principal: están en la página de cada territorio y en la comparativa por comunidades. En el País Vasco la fila corresponde a Bizkaia.
Cómo leer la tabla
- Norma consultada: el texto consolidado que hemos leído para redactar la página de ese territorio y programar la calculadora.
- Sin cambios verificados no equivale a «sin cambios»: significa que en esta revisión no hemos comprobado ninguna modificación reciente.
- Fecha de la revisión: la que figura bajo el título de esta página.
Cómo comprobar tú mismo la norma vigente
- Busca la norma en la sección de legislación consolidada del Boletín Oficial del Estado.
- Mira en el encabezado la fecha de la última actualización.
- Abre el artículo y despliega sus redacciones: verás la vigente y las anteriores, con sus fechas.
- Para una herencia, elige la redacción vigente el día del fallecimiento.
Los enlaces a cada norma están en fuentes oficiales.
Preguntas frecuentes
¿Qué norma regula el impuesto de sucesiones en mi comunidad?
La ley estatal 29/1987 y la norma autonómica que figura en la tabla.
¿Cada cuánto se revisa esta tabla?
Cuando verificamos un cambio en un boletín oficial; la fecha de la última revisión aparece bajo el título.
¿Qué redacción se aplica a una herencia antigua?
La vigente el día del fallecimiento.
¿Por qué el País Vasco tiene tres normas?
Porque cada territorio histórico aprueba la suya: Bizkaia, Gipuzkoa y Álava.
Fuentes oficiales
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Ley 22/2009, de cesión de tributos a las comunidades autónomas (BOE)
- Comunidad de Madrid: Decreto Legislativo 1/2010, tributos cedidos (BOE)
- Ley 5/2021, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOE)
- Cataluña: Decreto Legislativo 1/2024, libro sexto del Código tributario (BOE)
- Comunitat Valenciana: Ley 13/1997, tributos cedidos (BOE)
- Galicia: Decreto Legislativo 1/2011, tributos cedidos (BOE)
- Aragón: Decreto Legislativo 1/2005, tributos cedidos (BOE)
- Principado de Asturias: Decreto Legislativo 2/2014, tributos cedidos (BOE)
- Illes Balears: Decreto Legislativo 1/2014, tributos cedidos (BOE)
- Canarias: Decreto Legislativo 1/2009, tributos cedidos (BOE)
- Cantabria: Decreto Legislativo 62/2008, tributos cedidos (BOE)
- Extremadura: Decreto Legislativo 1/2018, tributos cedidos (BOE)
- Región de Murcia: Decreto Legislativo 1/2010, tributos cedidos (BOE)
- Bizkaia: Norma Foral 4/2015, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
- Decreto Foral Legislativo 250/2002, texto refundido del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Navarra (Lexnavarra)