Calculadora del impuesto de donaciones
Estima el impuesto de donaciones que paga quien recibe dinero de sus padres, hijos o cónyuge, según la comunidad autónoma que le corresponde. Elige la comunidad donde reside el donatario si se dona dinero, o donde está el inmueble si se dona un inmueble.
Esta página forma parte de la guía de herramientas y calculadoras de herencias de Heredy.
Impuesto de donaciones estimado
Cálculo orientativo para donaciones entre padres e hijos mayores de 21 años o entre cónyuges, con un patrimonio previo del donatario inferior a 400.000€. No incluye reducciones específicas por vivienda, empresa o discapacidad, ni el IRPF del donante ni la plusvalía municipal. Todo se calcula en tu navegador: no se envía ni se guarda ningún dato.
Qué calcula y qué no
| Incluye | No incluye |
|---|---|
| Tarifa estatal o autonómica aplicable | Reducciones por compra de vivienda habitual, empresa familiar o discapacidad |
| Bonificación, deducción o tarifa reducida general para cónyuge, hijos y padres | Donaciones a hermanos, sobrinos o personas sin parentesco |
| Efecto de no cumplir los requisitos formales | Coeficientes por patrimonio preexistente superior a 400.000€ |
| Límites acumulados de Aragón y la Comunidad Valenciana | IRPF del donante y plusvalía municipal |
Las reglas de cada comunidad están contrastadas con el texto consolidado de su norma y explicadas en la comparativa del impuesto de donaciones.
Cómo usar el resultado
- Comprueba que eliges la comunidad correcta: la del donatario para dinero, la del inmueble para inmuebles.
- Si donan los dos progenitores, calcula cada mitad por separado: son dos donaciones.
- Compara el resultado con y sin requisitos formales para ver lo que está en juego con la escritura.
- Si vas a donar un inmueble, añade el IRPF del donante: ver donar una vivienda a un hijo.
- Presenta el modelo 651 en 30 días hábiles.
Tres casos calculados
| Caso | Con requisitos | Sin requisitos |
|---|---|---|
| Padre dona 60.000€ a su hija, residente en Madrid | 62,53€ | 6.253,18€ |
| Madre dona 150.000€ a su hijo, residente en Cataluña | 7.500€ | 14.500€ |
| Abuelo dona 100.000€ a su nieto, residente en Galicia | 5.000€ | 6.000€ |
La diferencia entre columnas es lo que cuesta no formalizar la donación en escritura pública dentro de plazo. En Madrid es donde más pesa, porque la bonificación del 99% se pierde entera.
Errores al usar la calculadora
- Elegir la comunidad del donante. Para dinero cuenta la del donatario.
- Sumar a los dos progenitores. Si donan los dos, son dos donaciones: calcula cada una por separado.
- Olvidar donaciones anteriores. Las de los tres años previos entre las mismas personas se acumulan, y en Aragón y la Comunidad Valenciana los límites de la reducción computan cinco años.
- Usarla para un inmueble sin más. El resultado es solo el impuesto de donaciones; faltan el IRPF del donante y la plusvalía municipal.
- Aplicarla a nietos o abuelos sin comprobar. No todas las comunidades extienden a ellos el mismo beneficio que a hijos y padres.
El campo de donaciones anteriores, con un ejemplo
En las comunidades cuya reducción tiene un límite acumulado, lo ya donado consume ese límite. Una madre aragonesa donó 80.000€ a su hijo hace dos años y ahora le dona otros 50.000€:
| Paso | Importe |
|---|---|
| Reducción máxima en cinco años | 100.000€ |
| Ya utilizada en la primera donación | 80.000€ |
| Reducción disponible ahora | 20.000€ |
| Base liquidable de la segunda donación | 30.000€ |
| Cuota según tarifa | 2.652,49€ |
| Con la bonificación del 99% | 26,52€ |
Si no se indica la donación anterior, la calculadora aplicaría los 100.000€ completos y daría cero: un resultado erróneo que la Administración corregiría.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga por donar 100.000€ a un hijo?
Entre 0€ y unos 620€ en la mayoría de comunidades contrastadas, 1.500€ en Bizkaia y 5.000€ en Cataluña y Galicia, cumpliendo los requisitos formales.
¿Qué comunidad debo seleccionar?
Para dinero, la de residencia habitual de quien lo recibe. Para un inmueble, la comunidad donde está situado.
¿Por qué cambia tanto el resultado sin requisitos formales?
Porque casi todas las bonificaciones exigen escritura pública y declaración en plazo. Sin ellas se aplica la tarifa ordinaria.
¿Sirve para donaciones entre hermanos?
No. Entre hermanos se aplica otro coeficiente y, salvo en algunas comunidades, no hay bonificación.
¿Guarda la calculadora mis datos?
No. El cálculo se hace en tu navegador.
Fuentes oficiales
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Ley 22/2009, de cesión de tributos a las comunidades autónomas (BOE)
- Principado de Asturias: Decreto Legislativo 2/2014, tributos cedidos (BOE)
- Illes Balears: Decreto Legislativo 1/2014, tributos cedidos (BOE)
- Decreto Foral Legislativo 250/2002, texto refundido del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Navarra (Lexnavarra)
- Comunidad de Madrid: Decreto Legislativo 1/2010, tributos cedidos (BOE)
- Ley 5/2021, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOE)
- Cataluña: Decreto Legislativo 1/2024, libro sexto del Código tributario (BOE)
- Comunitat Valenciana: Ley 13/1997, tributos cedidos (BOE)
- Galicia: Decreto Legislativo 1/2011, tributos cedidos (BOE)
- Aragón: Decreto Legislativo 1/2005, tributos cedidos (BOE)
- Canarias: Decreto Legislativo 1/2009, tributos cedidos (BOE)
- Cantabria: Decreto Legislativo 62/2008, tributos cedidos (BOE)
- Extremadura: Decreto Legislativo 1/2018, tributos cedidos (BOE)
- Región de Murcia: Decreto Legislativo 1/2010, tributos cedidos (BOE)
- Bizkaia: Norma Foral 4/2015, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones