Impuesto de donaciones en Cataluña
En resumen
Cataluña no bonifica la cuota de las donaciones. En su lugar aplica a hijos, cónyuge y padres una tarifa reducida: 5% hasta 200.000€, 7% hasta 600.000€ y 9% en adelante, siempre que la donación conste en escritura pública otorgada, cuando no es requisito de validez, en el mes siguiente a la entrega. Sin escritura se aplica la tarifa general, del 7% al 32%. Hay una reducción del 95% para la primera vivienda habitual de descendientes.
Esta página forma parte de la guía de impuesto de donaciones de Heredy.
Lo propio de las donaciones en Cataluña
- No hay bonificación: hijos, cónyuge y padres pagan una tarifa reducida del 5% hasta 200.000€, del 7% hasta 600.000€ y del 9% por encima.
- La tarifa reducida exige escritura pública; si la donación es de dinero, otorgada en el mes siguiente a la entrega. Sin ella se aplica la general, del 7% al 32%.
- Primera vivienda de un descendiente de hasta 36 años con renta de hasta 36.000€: reducción del 95%, con un máximo de 60.000€, si compra en los seis meses siguientes a la primera donación.
- Con Galicia, es el territorio de régimen común donde más paga un hijo por una donación de dinero de hasta 200.000€: 5.000€ por 100.000€.
Cuánto paga un hijo
Dinero donado por un progenitor a un hijo mayor de 21 años en Cataluña, con patrimonio previo bajo y cumpliendo los requisitos formales. La última columna es la tarifa estatal sin beneficios, como referencia.
| Importe donado | Cuota en Cataluña | Referencia: tarifa estatal sin beneficios |
|---|---|---|
| 30.000€ | 1.500,00€ | 2.652,49€ |
| 50.000€ | 2.500,00€ | 4.948,93€ |
| 100.000€ | 5.000,00€ | 12.415,36€ |
| 200.000€ | 10.000,00€ | 31.640,85€ |
Si 200.000€ los donan los dos progenitores por mitad son dos donaciones de 100.000€; en Cataluña el resultado es el mismo que si dona uno solo: 10.000,00€. En términos relativos, el hijo paga el 5% de lo recibido si son 30.000€ y el 5% si son 200.000€.
Ordenados de menor a mayor coste los 17 territorios con página propia en Heredy, Cataluña ocupa el decimosexto puesto para una donación de 100.000€ a un hijo: 15 territorios cobran menos, 1 cobra lo mismo y ninguno cobra más. Puedes cambiar el importe y el parentesco en la calculadora del impuesto de donaciones.
Calcula tu caso en Cataluña
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Reglas por parentesco y tipo de donación
| Supuesto | Beneficio |
|---|---|
| Hijos, cónyuge, padres (Grupos I y II), con escritura pública | Tarifa reducida: 5% hasta 200.000€; 7% de 200.000€ a 600.000€; 9% por encima |
| Grupos I y II sin escritura pública en plazo | Tarifa general del 7% al 32% |
| Hermanos, tíos, sobrinos y demás | Tarifa general del 7% al 32%, con el coeficiente de su grupo |
| Donación de vivienda o de dinero para la primera vivienda habitual de un descendiente | Reducción del 95%, con una reducción máxima de 60.000€, o 120.000€ con discapacidad del 65%; donatario de hasta 36 años |
| Empresa, participaciones, dinero para crear un negocio, patrimonio cultural, fincas forestales | Reducciones propias con requisitos específicos |
Cataluña tiene tarifa propia en dos escalas: la reducida para Grupos I y II con escritura, y la general de cinco tramos, del 7% al 32%. Sus coeficientes por patrimonio preexistente también son propios.
Requisitos formales
- Escritura pública o sentencia judicial. Si la escritura no es requisito de validez, como en el dinero, debe otorgarse en el plazo de un mes desde la entrega.
- En la reducción por vivienda, la escritura debe expresar el destino; el donatario no puede tener más de 36 años ni una renta superior a 36.000€, y si es dinero la compra debe hacerse en los seis meses siguientes a la primera donación (plazo vigente desde el 27 de junio de 2025).
- Los límites de la reducción por vivienda son únicos, aunque haya varias donaciones o varios ascendientes donantes.
Sin estos requisitos la donación sigue siendo válida, pero tributa en Cataluña sin el beneficio.
Donaciones entre hermanos y otros familiares
Dinero donado entre hermanos en Cataluña, con patrimonio previo bajo del que recibe y cumpliendo los requisitos formales:
| Importe donado | Cuota en Cataluña | Sobre lo recibido |
|---|---|---|
| 20.000€ | 2.223,48€ | 11,1% |
| 50.000€ | 5.558,70€ | 11,1% |
| 100.000€ | 14.293,80€ | 14,3% |
También en Cataluña, tíos y sobrinos están en el mismo grupo que los hermanos, con el coeficiente mínimo del Grupo III. Las personas sin parentesco tributan en el Grupo IV, con un coeficiente todavía mayor. Ver donación entre hermanos.
Cuándo se aplica la norma de Cataluña
Se aplica la norma catalana cuando se dona un inmueble situado en Cataluña o cuando el donatario de dinero u otros bienes ha residido allí la mayor parte de los cinco años anteriores.
¿Donar en vida o dejar en herencia en Cataluña?
La misma cantidad, recibida por un hijo mayor de 21 años por donación o por herencia, con las reglas de Cataluña:
| Importe | Por donación | Por herencia |
|---|---|---|
| 100.000€ | 5.000,00€ | 0,00€ |
| 200.000€ | 10.000,00€ | 3.825,00€ |
| 500.000€ | 31.000,00€ | 27.930,00€ |
Para estos importes, en Cataluña la herencia sale igual o más barata que la donación. Si lo donado es un inmueble o acciones revalorizados, a la donación hay que sumar el IRPF del donante y la plusvalía municipal: ver donar una vivienda a un hijo y donación o herencia.
Cataluña frente a los territorios vecinos
Lo que se paga en Cataluña y en los territorios vecinos por el dinero que un progenitor dona a un hijo mayor de 21 años, con las reglas de cada uno y sus requisitos cumplidos. Cuenta la residencia de quien recibe, no la de quien dona.
| Territorio | 50.000€ | 100.000€ | 300.000€ |
|---|---|---|---|
| Cataluña | 2.500,00€ | 5.000,00€ | 17.000,00€ |
| Aragón | 0,00€ | 0,00€ | 316,41€ |
| Comunidad Valenciana | 0,00€ | 0,00€ | 318,53€ |
| Baleares | 0,00€ | 0,00€ | 0,00€ |
Cataluña es el territorio más caro de los que se comparan aquí. Trasladar el domicilio para aprovechar otra norma exige que el donatario haya residido allí la mayor parte de los cinco años anteriores. La tabla completa está en la comparativa por comunidades.
Con escritura en el mes siguiente o sin ella
La diferencia entre la tarifa reducida y la general crece con el importe. Cuota de un hijo:
| Donación | Escritura en plazo (tarifa reducida) | Sin escritura en plazo (tarifa general) | Diferencia |
|---|---|---|---|
| 50.000€ | 2.500,00€ | 3.500,00€ | 1.000,00€ |
| 100.000€ | 5.000,00€ | 9.000,00€ | 4.000,00€ |
| 200.000€ | 10.000,00€ | 23.000,00€ | 13.000,00€ |
| 400.000€ | 24.000,00€ | 57.000,00€ | 33.000,00€ |
La escritura debe otorgarse en el mes siguiente a la transferencia: no basta con presentar después el modelo 651 en plazo. Los coeficientes por patrimonio previo de Cataluña suben a 1,1 para hijos con más de 500.000€.
Donaciones pequeñas en Cataluña: de 3.000€ a 15.000€
Son las más frecuentes: una ayuda para un coche, una entrada o unos estudios. Cuota en Cataluña para dinero y cumpliendo los requisitos formales:
| Importe donado | A un hijo | A un hermano |
|---|---|---|
| 3.000€ | 150,00€ | 333,52€ |
| 6.000€ | 300,00€ | 667,04€ |
| 10.000€ | 500,00€ | 1.111,74€ |
| 15.000€ | 750,00€ | 1.667,61€ |
Aunque la cuota sea baja o nula, la donación debe declararse: es la autoliquidación presentada la que acredita ante el banco y ante Hacienda de dónde sale el dinero.
Donaciones grandes a un hijo en Cataluña
| Importe donado | Cuota por donación | Sobre lo recibido | Cuota si se recibe por herencia |
|---|---|---|---|
| 400.000€ | 24.000,00€ | 6% | 19.000,00€ |
| 750.000€ | 51.500,00€ | 6,87% | 61.623,90€ |
| 1.000.000€ | 74.000,00€ | 7,4% | 103.137,50€ |
La herencia se calcula para un hijo de 21 años o más sin otras reducciones. Si se dona un bien que no es dinero, quien dona puede tener además una ganancia en su IRPF.
Donar 50.000€ a un hermano: Cataluña y sus vecinos
| Territorio | Cuota | Sobre lo recibido |
|---|---|---|
| Cataluña | 5.558,70€ | 11,12% |
| Aragón | 7.859,90€ | 15,72% |
| Comunidad Valenciana | 5.926,87€ | 11,85% |
| Baleares | 2.514,26€ | 5,03% |
De los 17 territorios con página propia, 5 cobran menos que Cataluña por esta donación y 11 cobran más. Se aplica la norma del territorio donde reside el hermano que recibe.
A partir de qué importe se paga más de 1.000€ en Cataluña
Un hijo llega a una cuota de 1.000€ en Cataluña cuando recibe unos 20.000€ en dinero, y a una de 5.000€ con unos 100.000€. Un hermano alcanza esos 1.000€ con una donación de unos 9.000€. Son importes redondeados a la centena y sirven de referencia rápida: por debajo de ellos, el impuesto pesa menos en la decisión que los gastos de formalizar la donación.
100.000€ de una vez o en dos donaciones separadas
Las donaciones entre las mismas personas se suman a efectos del tipo cuando entre una y otra pasan menos de tres años. Pasado ese plazo, cada una tributa por separado. Efecto en Cataluña:
| Quién recibe | Una donación de 100.000€ | Dos de 50.000€, separadas más de tres años | Diferencia |
|---|---|---|---|
| Hijo | 5.000,00€ | 5.000,00€ | Ninguna |
| Hermano | 14.293,80€ | 11.117,40€ | 3.176,40€ |
Para un hijo, en Cataluña repartir la donación en el tiempo no cambia nada. Entre hermanos el ahorro es de 3.176,40€, porque el tipo sube con el importe. Si la segunda donación llega antes de los tres años, se le aplica el tipo medio que correspondería a las dos juntas y la ventaja desaparece: ver acumulación de donaciones.
Lo que cuestan 10.000€ más
Quien duda entre donar 50.000€ o 60.000€ puede medir el coste de los últimos 10.000€: en Cataluña son 500,00€ si recibe un hijo y 1.747,02€ si recibe un hermano. Es el tipo marginal, que suele ser más alto que el porcentaje medio que resulta de dividir la cuota entre el total donado.
Si la donación se declara tarde en Cataluña
El plazo es de 30 días hábiles desde la donación, y la presentación telemática está en el portal oficial: Agència Tributària de Catalunya: impuesto sobre sucesiones y donaciones. Quien presenta después, pero antes de que la Administración lo reclame, paga un recargo sobre la cuota. Para los 50.000€ donados a un hermano, con una cuota de 5.558,70€:
| Retraso | Recargo | Importe |
|---|---|---|
| Menos de un mes | 1% | 55,59€ |
| Tres meses completos | 4% | 222,35€ |
| Más de doce meses | 15%, más intereses | 833,81€ |
Además del recargo, en Cataluña la tarifa reducida exige que la escritura se haya otorgado en el mes siguiente a la entrega del dinero; regularizar después no la recupera. Ver donación no declarada.
Donar un negocio o una empresa individual en Cataluña
Quien traspasa en vida su negocio a un familiar puede evitar casi todo el impuesto. La norma de Cataluña permite restar de la base el 95% del valor neto de los elementos afectos, cuando recibe el cónyuge, un descendiente, un ascendiente o un colateral hasta el tercer grado. El donante debe haber cumplido 65 años, o cesar en la actividad en los casos que fija la norma, y la actividad y los bienes deben mantenerse cinco años.
La norma estatal, que es la que se aplica donde no hay regla propia, reduce el 95% y exige conservar lo recibido diez años.
| Un hijo recibe un negocio de 500.000€ | Sin la reducción | Con la reducción |
|---|---|---|
| Valor que entra en la base | 500.000€ | 25.000€ |
| Cuota en Cataluña | 31.000,00€ | 1.250,00€ |
La reducción ahorra 29.750,00€ en este ejemplo. Quien dona tampoco tributa en su IRPF por la ganancia cuando la donación cumple los requisitos de la reducción estatal. Ver empresa familiar.
Parejas de hecho y otros casos en Cataluña
En las donaciones, la norma de Cataluña trata como cónyuges a las parejas estables, que deben acreditar la convivencia conforme a la normativa que las regula. La pareja que no cumple ese requisito tributa como una persona sin parentesco, en el Grupo IV, sin las reducciones ni las bonificaciones previstas para la familia. El requisito debe cumplirse el día de la donación: ver parejas de hecho.
Trámite en Cataluña
La donación se declara ante la administración tributaria de Cataluña en los 30 días hábiles siguientes, con el modelo 651, con la escritura y los justificantes del origen o destino del dinero: ver cómo declarar una donación. Las reglas para herencias están en impuesto de sucesiones en Cataluña.
El impuesto de donaciones en otros territorios
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Guías relacionadas: impuesto de sucesiones en Cataluña: cuánto se paga en 2026, donación o herencia: qué conviene más, modelo 651: cómo declarar una donación paso a paso y calculadora del impuesto de donaciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga por donar 100.000€ a un hijo en Cataluña?
5.000€, con escritura otorgada en el mes siguiente a la entrega del dinero. Sin ella se aplica la tarifa general y se pagan 9.000,00€.
¿Hace falta escritura pública para donar dinero en Cataluña?
Para que la donación sea válida, no. Para aplicar los beneficios fiscales de Cataluña, sí, en los términos que fija su norma.
¿Qué plazo hay para declarar la donación?
30 días hábiles desde la donación.
¿Se aplica la norma de Cataluña si el donante vive en otra comunidad?
Sí, si el donatario reside en Cataluña y se dona dinero, o si el inmueble donado está en Cataluña. La residencia del donante no cuenta.
¿Tienen bonificación las donaciones entre hermanos?
No hay una bonificación general: se aplica la tarifa con el coeficiente del Grupo III.
Fuentes oficiales
- Cataluña: Decreto Legislativo 1/2024, libro sexto del Código tributario (BOE)
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)
- Ley 22/2009, de cesión de tributos a las comunidades autónomas (BOE)
- Agència Tributària de Catalunya: impuesto sobre sucesiones y donaciones