Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach · Publicado el 6 de octubre de 2026 ·

Donación no declarada: prescripción, sanciones y cómo regularizar

En resumen

Una donación que no se declara no desaparece con el tiempo tan fácilmente como se cree. El impuesto prescribe a los cuatro años, pero en las donaciones hechas sin escritura pública ese plazo no empieza a contar hasta que el documento se presenta ante la Administración o adquiere fecha cierta. Si Hacienda la descubre antes, exige la cuota —a menudo sin bonificación—, intereses y sanción. Regularizar por iniciativa propia sale mucho más barato. El plazo ordinario para declararla es de 30 días hábiles desde la donación.

Cuándo prescribe

Cómo se hizo la donaciónInicio del plazo de cuatro años
En escritura públicaAl terminar el plazo de presentación: 30 días hábiles desde la escritura
En documento privadoDesde que el documento se entrega a un funcionario público por razón de su oficio, se incorpora a un registro público o fallece uno de los firmantes (artículo 1227 del Código Civil)
Sin documento: transferencia o entregaDiscutido. La Administración sostiene que el plazo no corre mientras no tenga conocimiento; los tribunales exigen que el contribuyente pruebe la fecha con datos objetivos
Donante o donatario no residentes, con bienes en el extranjeroReglas especiales desde que la Administración conoce la operación

La consecuencia práctica es que una transferencia de hace seis años sin documentar no puede darse por prescrita con seguridad. Además, cualquier actuación de la Administración o del propio contribuyente interrumpe el plazo y lo reinicia.

Cómo se detectan

Qué se paga según el momento

SituaciónCuotaAñadidos
En plazoCon bonificaciónNada
Fuera de plazo, por iniciativa propiaCon bonificación, en las comunidades que la mantienen para lo declarado sin requerimiento previoRecargo del 1% por mes hasta el 15%, sin sanción
Tras requerimiento de la AdministraciónSin bonificación en varias comunidadesIntereses de demora y sanción del 50% al 150%, con reducciones por conformidad y pronto pago
En plazo124€ Regularización voluntaria tardía≈ 143€ Descubierta por la Administración≥ 18.600€ Tercer caso: 12.415€ de cuota sin bonificación más sanción mínima del 50%, antes de intereses y reducciones

Ejemplo orientativo para una comunidad cuya bonificación del 99% solo alcanza a lo declarado espontáneamente y que aplica la tarifa estatal. La sanción puede reducirse por conformidad y pago.

Cómo regularizar

  1. Reúne la prueba de la entrega: transferencias, extractos, mensajes.
  2. Comprueba qué exige tu comunidad para la bonificación. Si pide escritura pública, valora otorgarla ahora: Madrid, desde la Ley 2/2025, no admite la bonificación cuando un documento privado se eleva a escritura después del plazo de declaración, y Cataluña solo aplica su tarifa reducida si la escritura se firma en el mes siguiente a la entrega del dinero.
  3. Presenta el modelo 651 extemporáneo antes de recibir cualquier requerimiento. Ver modelo 651.
  4. Paga la cuota; la Administración liquidará después el recargo.
  5. Si en realidad fue un préstamo, documenta las devoluciones: ver préstamo entre familiares o donación.

Qué comunidades mantienen la bonificación si se declara tarde

ComunidadDeclarada tarde por iniciativa propiaDescubierta por la Administración
AndalucíaSe mantiene la bonificación del 99% sobre lo declarado de forma espontáneaSin bonificación por lo no declarado
MadridSe mantiene, siempre que no haga falta elevar después a escritura un documento privadoSin bonificación por lo no declarado
Comunidad ValencianaSe mantiene sobre los bienes declarados sin requerimiento previoSin bonificación por lo no declarado
CataluñaSolo con tarifa reducida si la escritura se firmó en el mes siguiente a la entregaTarifa general

Además de la bonificación, todas exigen el resto de requisitos de su norma: el documento público, el origen de los fondos y, en su caso, los plazos de compra de vivienda. Una regularización tardía no los subsana si ya no pueden cumplirse.

Donaciones que salen a la luz en la herencia

Lo que no es una donación

Ejemplo: 50.000€ de una madre a su hija, en Madrid

Cómo se regularizaCuotaAñadidosTotal aproximado
Declarada en plazo, con escritura49€—49€
Declarada dos años tarde, por iniciativa propia y con los requisitos cumplidos49€Recargo del 15% e interesesMenos de 60€
Descubierta por la Administración4.944€, sin bonificaciónSanción desde el 50% e interesesMás de 7.400€

La bonificación madrileña solo alcanza a lo declarado en plazo o fuera de él sin requerimiento previo. La diferencia entre adelantarse y esperar es, en este caso, de más de 7.000€. En las comunidades que exigen escritura pública simultánea, regularizar tarde puede no bastar para recuperar la bonificación: hay que leer la norma antes de presentar.

Ejemplo sin bonificación: 30.000€ entre hermanos

Donde no hay bonificación, la cuota es la misma se declare cuando se declare; lo que cambia son los añadidos. Con la tarifa estatal, la cuota por 30.000€ recibidos de un hermano es de 4.212,68€.

Cuándo se declaraAñadidoTotal
En plazoNinguno4.212,68€
Ocho meses tarde, por iniciativa propiaRecargo del 9%: 379,14€4.591,82€
Dos años tarde, por iniciativa propiaRecargo del 15%: 631,90€, más intereses desde el mes doce4.844,58€ más intereses
Descubierta por la Administración, con conformidad y pago en plazoSanción mínima del 50% reducida: 884,66€, más intereses5.097,34€ más intereses
Descubierta, recurriendo la sanción y sin éxitoSanción del 50% o superior: desde 2.106,34€, más interesesDesde 6.319,02€ más intereses

La sanción mínima se reduce un 30% si se acepta la regularización y otro 40% sobre el resto si se paga en plazo sin recurrir. Comparado con el ejemplo de Madrid, aquí la diferencia entre regularizar y esperar es menor, porque no hay una bonificación que perder; aun así, ser descubierto encarece la donación entre un 20% y un 50%.

Qué suele pedir un requerimiento

Hay que contestar dentro del plazo que señale, aunque sea para pedir una ampliación. No atender un requerimiento es una infracción distinta, con su propia multa, y no detiene la comprobación.

Herramienta relacionada. Calcula la cuota de tu caso con la calculadora del impuesto de donaciones, con y sin los requisitos formales cumplidos.

Siguiente paso. Para regularizar, mira cómo se presenta el modelo 651.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo prescribe una donación no declarada?

A los cuatro años, pero si no se hizo en escritura pública el plazo no empieza hasta que el documento se presenta o tiene fecha cierta, por lo que puede no haber prescrito aunque haya pasado mucho tiempo.

¿Qué multa hay por no declarar una donación?

Si la descubre la Administración, sanción del 50% al 150% de la cuota, más intereses. Si se regulariza antes, solo un recargo de hasta el 15%.

¿Pierdo la bonificación si declaro tarde?

Depende de la comunidad. Varias la mantienen si se declara sin requerimiento previo y la niegan en caso contrario.

¿Puede Hacienda reclamar una transferencia de hace años?

Sí, si no ha prescrito, y en las donaciones sin documentar la prescripción es difícil de acreditar.

¿Y si digo que era un préstamo?

Tendrás que probarlo con un contrato de fecha cierta y con las devoluciones. Sin esa prueba se tratará como donación.

Fuentes oficiales