Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach ·

Capacidad para testar: edad, demencia, alzhéimer y discapacidad

En resumen

Puede hacer testamento cualquier persona mayor de 14 años que, en el momento de otorgarlo, pueda formar y expresar su voluntad, aunque sea con ayuda. Un diagnóstico de demencia o alzhéimer no impide testar por sí mismo: lo decisivo es el estado de la persona ese día. El notario lo valora y lo hace constar. Quien después quiera anular el testamento por falta de capacidad debe probarla, y no es fácil.

Quién puede y quién no

Situación¿Puede testar?
Menor de 14 añosNo
Entre 14 y 17 añosSí, ante notario. El testamento ológrafo exige mayoría de edad
Persona con discapacidadSí, si a juicio del notario puede comprender y manifestar el alcance de sus disposiciones, con los apoyos y ajustes necesarios
Deterioro cognitivo leve o inicialNormalmente sí, si comprende lo que hace
Demencia avanzadaNo, si no puede conformar o expresar su voluntad ni con apoyos
Persona con medidas judiciales de apoyoDepende de su estado al testar, no de la sentencia
Persona ciega, sorda o que no puede firmarSí, con las formalidades previstas, como la intervención de testigos

La regla clave: el momento del otorgamiento

Para apreciar la capacidad se atiende únicamente al estado del testador al tiempo de otorgar el testamento. Lo que ocurra antes o después no lo invalida: un testamento hecho con lucidez sigue siendo válido aunque la persona pierda después sus facultades, y uno hecho sin ellas no se convalida por una mejoría posterior.

El papel del notario

Ese juicio crea una presunción de capacidad muy fuerte. Solo cede ante una prueba concluyente en contra.

Día de la firma Antes: no decideDespués: no decide Solo cuenta el estado del testador al otorgar

Testar con un diagnóstico de demencia

  1. Cuanto antes, mejor. En fases iniciales la capacidad suele conservarse.
  2. Informe médico reciente de un neurólogo, geriatra o psiquiatra que describa la capacidad para decidir sobre el patrimonio. No es obligatorio, pero refuerza el testamento.
  3. Elegir un buen momento del día si hay fluctuaciones.
  4. Que acuda solo o que el notario hable a solas con él, para descartar influencias.
  5. Disposiciones sencillas y coherentes con sus deseos anteriores.

Si la persona ya no puede testar, vale su último testamento válido o, en su defecto, la sucesión legal. Nadie puede testar por ella, tampoco su curador o su apoderado.

Impugnar un testamento por falta de capacidad

Ver impugnar un testamento.

Tres supuestos y cómo se resuelven

SupuestoResultado probablePor qué
Mujer con alzhéimer inicial que testa ante notario con un informe del neurólogo de esa semanaTestamento válidoJuicio notarial favorable reforzado por prueba médica coetánea
Hombre con demencia avanzada documentada en su historia clínica que testa a favor de un cuidador reciente, cambiando un testamento de veinte añosRiesgo alto de anulaciónHistoria clínica contraria, cambio brusco y beneficiario en posición de influencia
Persona con curatela representativa que testa en un momento de lucidez, apreciado por el notarioTestamento válidoCuenta el estado al otorgar, no la existencia de la medida de apoyo

El plazo para impugnar es limitado y la carga de la prueba recae en quien impugna. Los herederos que sospechen una falta de capacidad deben solicitar cuanto antes la historia clínica del fallecido, a la que tienen acceso como familiares salvo que este lo hubiera prohibido.

Si la familia teme que alguien esté siendo presionado

La prueba que más pesa es la coetánea al testamento: quién pidió la cita, quién acompañó al testador, qué cambió respecto de sus testamentos anteriores.

Con curatela o con guarda de hecho

Tras la reforma de 2021, tener establecida una medida de apoyo no impide hacer testamento. El testamento es un acto personalísimo: ni el curador ni el guardador pueden otorgarlo en nombre de la persona ni decidir su contenido. Lo que cuenta es que, en el momento de firmar, el notario compruebe que comprende lo que hace y expresa su voluntad, con los apoyos y ajustes que necesite para comunicarse. Una sentencia anterior que hubiera limitado su capacidad no decide por sí sola la cuestión.

Lo que refuerza un testamento ante una posible impugnación

Ninguno es obligatorio, pero juntos dejan poco margen a quien, años después, quiera sostener que la persona no sabía lo que firmaba.

Guías relacionadas: hacer testamento en casa, en el hospital o en una residencia y testamento vital: qué es y cómo hacerlo.

Herramienta relacionada. Antes de decidir el reparto, comprueba qué parte reserva la ley con el simulador de la legítima.

Siguiente paso. Con capacidad para testar, toca elegir entre los tipos de testamento.

Preguntas frecuentes

¿A partir de qué edad se puede hacer testamento?

Desde los 14 años ante notario; el ológrafo exige ser mayor de edad.

¿Puede testar una persona con alzhéimer?

Sí, si en el momento de otorgar el testamento puede comprender y expresar su voluntad, a juicio del notario.

¿Hace falta un certificado médico?

No es obligatorio, pero es muy recomendable cuando hay un diagnóstico de deterioro cognitivo.

¿Puede el tutor o curador hacer testamento por otra persona?

No. El testamento es un acto personalísimo.

¿Se puede anular un testamento por demencia del testador?

Sí, pero hay que probar de forma concluyente que no tenía capacidad el día que lo otorgó.

Fuentes oficiales