Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach ·

Testamento de españoles que viven en el extranjero

En resumen

Un español que vive fuera puede testar de tres formas: en el consulado de España, ante un notario local conforme a la ley del país, o de su puño y letra. Más importante que la forma es la ley que regirá su herencia: en la Unión Europea, y salvo que el testador elija otra cosa, se aplica la del país de residencia habitual al fallecer, no la española. Quien quiera que se aplique el derecho español debe elegirlo expresamente en el testamento.

Tres formas de testar fuera de España

FormaCómoVentajaInconveniente
Ante el cónsul españolEl funcionario consular con funciones notariales autoriza testamento abierto o cerradoSe redacta en español, conforme a la ley española, y se comunica al Registro de Últimas VoluntadesNo todos los consulados lo hacen; requiere cita
Ante notario o autoridad localSegún las formas del país donde te encuentresCercanía; el profesional conoce la ley localPuede no constar en el registro español; exigirá apostilla y traducción para usarlo en España
OlógrafoManuscrito, fechado y firmadoInmediato y gratuito; válido aunque el país no lo admitaRiesgo de pérdida y de errores; hay que protocolizarlo en cinco años

El testamento mancomunado otorgado en el extranjero no es válido para los españoles de vecindad civil común, aunque la ley de ese país lo permita. Tampoco se pierde el testamento hecho en España antes de emigrar: sigue vigente mientras no se revoque.

Qué ley regirá tu herencia

SituaciónLey aplicable a la sucesión
Resides en un país de la Unión Europea sujeto al reglamento de sucesiones y no eliges leyLa de tu residencia habitual en el momento del fallecimiento
Eliges en el testamento la ley de tu nacionalidadLa española y, dentro de ella, la de tu vecindad civil
Resides en un país terceroLa que determinen sus normas y las españolas; la elección de ley sigue siendo eficaz ante autoridades de la Unión

La diferencia puede ser grande: hay países sin legítimas y otros con reservas hereditarias más amplias que las españolas. La ley elegida rige toda la sucesión, estén donde estén los bienes.

Sin elegir leyLey del país de residencia habitual Eligiendo en testamentoLey española de tu nacionalidad

Cómo elegir la ley española

Bienes en varios países

Ver herencia internacional y bienes en el extranjero.

Para que tus herederos lo encuentren

  1. El testamento consular consta en el Registro General de Actos de Última Voluntad.
  2. Si testas ante notario extranjero, pregunta si su país inscribe los testamentos en un registro e informa a tus herederos de dónde está.
  3. Guarda una nota con la fecha, el lugar y el notario de cada testamento.

Ejemplo: la misma herencia con y sin elección de ley

Una española de vecindad civil catalana vive en Francia desde hace veinte años. Tiene dos hijos y quiere dejar todo lo posible a su marido.

TestamentoLey que rigeParte reservada a los hijos
Sin elegir leyLa francesa, por su residencia habitualLa reserva que fije el derecho francés, más amplia que la catalana
Eligiendo la ley de su nacionalidadLa española y, dentro de ella, el derecho civil catalánUna cuarta parte del valor de la herencia, que el heredero puede pagar en dinero

Una fórmula habitual es: «Elijo como ley rectora de mi sucesión la española, correspondiente a mi nacionalidad, y dentro de ella la de mi vecindad civil catalana».

Impuestos: la ley civil elegida no cambia dónde se paga

Elegir la ley española sirve para decidir quién hereda y cuánto, no para escoger la fiscalidad.

Países donde el reglamento europeo no se aplica

Dónde resides o tienes bienesQué tener en cuenta
Estados de la Unión Europea, salvo Dinamarca e IrlandaReglamento de sucesiones: una sola ley para toda la herencia y posibilidad de elegir la de tu nacionalidad
Dinamarca, Irlanda y Reino UnidoAplican sus propias normas de conflicto. España respetará tu elección de ley, pero sus tribunales pueden no hacerlo para los bienes situados allí
Estados Unidos y otros países de tradición anglosajonaLos inmuebles suelen regirse por la ley del lugar donde están, y la herencia pasa por un procedimiento judicial local
Países de LatinoaméricaCada uno tiene sus reglas; varios someten los inmuebles a su propia ley con independencia de la nacionalidad

Cuando hay inmuebles en un país de la segunda, tercera o cuarta fila, suele ser útil un testamento local limitado a esos bienes, redactado de forma que no revoque el español. Conviene que cada uno mencione la existencia del otro.

En el consulado

Los cónsules españoles ejercen funciones notariales en muchos países, aunque no en todos. Antes de pedir cita conviene confirmar que el consulado autoriza testamentos, estar inscrito en el registro de matrícula consular y llevar el documento de identidad en vigor y los datos completos de las personas a las que se quiere nombrar.

Guías relacionadas: certificado sucesorio europeo.

Herramienta relacionada. Antes de decidir el reparto, comprueba qué parte reserva la ley con el simulador de la legítima.

Siguiente paso. Qué ley regirá tu sucesión está en herencia internacional.

Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer testamento en el consulado español?

Sí, en los que ejercen funciones notariales, con las mismas formalidades que ante un notario en España.

¿Vale en España un testamento hecho ante notario extranjero?

Sí, si cumple las formas del país donde se otorgó. Para usarlo necesitará apostilla y traducción.

¿Qué ley se aplica a mi herencia si vivo en otro país de la Unión Europea?

La de tu residencia habitual, salvo que elijas en el testamento la ley española.

¿Sigue valiendo el testamento que hice en España?

Sí, mientras no lo revoques, aunque la ley aplicable a la herencia puede haber cambiado por tu residencia.

¿Pierdo mi vecindad civil por vivir fuera?

No. La residencia en el extranjero no la altera.

Fuentes oficiales