Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach ·

Heredero en paradero desconocido: cómo tramitar la herencia

En resumen

Que un heredero no aparezca no impide tramitar la herencia, pero sí repartirla de mutuo acuerdo, porque falta su firma. Las vías son tres: localizarlo; nombrarle un defensor o representante mediante los expedientes de desaparición y ausencia; o hacer la partición sin unanimidad, con un contador-partidor o en el juzgado, dejando su parte reservada. Nadie pierde su herencia por estar ilocalizable.

Antes de nada: buscarlo

Si falleció antes que el causante, no hereda y entran sus descendientes o los demás herederos. Si falleció después sin aceptar ni renunciar, su derecho pasa a sus propios herederos.

Situaciones legales del desaparecido

SituaciónCuándoQuién le representa
DesapariciónDesde que falta de su domicilio sin noticiasUn defensor nombrado por el juzgado para los asuntos que no admiten demora
Ausencia legalUn año desde las últimas noticias, o tres si dejó un apoderado generalUn representante: cónyuge, hijos, padres o hermanos, por ese orden
Declaración de fallecimientoDiez años desde las últimas noticias; cinco si ya habría cumplido 75 años; plazos mucho más breves en siniestros y situaciones de riesgoSe abre su propia sucesión
DesapariciónDefensor 1 añoAusencia legal 10 añosDeclaración de fallecimiento

Cómo afecta a la herencia en que es llamado

Vías para repartir sin su firma

VíaCómo funciona
Contador-partidor testamentarioSi el testamento lo nombra, parte sin necesidad de los herederos
Contador-partidor dativoLo piden herederos que sumen el 50%; la partición la aprueba el notario o el letrado de la Administración de Justicia
División judicialEl juzgado cita al ausente por edictos y le nombra defensor; su parte queda adjudicada y en depósito o administración
Partición con el representante del ausenteTras el expediente de ausencia, firma el representante, con las autorizaciones judiciales necesarias

Ver contador-partidor y partición judicial. El requerimiento notarial para aceptar exige poder notificar al llamado, por lo que rara vez sirve en estos casos.

Mientras tanto

Empresas de localización de herederos

Existen genealogistas profesionales que localizan herederos a cambio de un porcentaje. Si te contacta uno, comprueba por tu cuenta la existencia de la herencia con el certificado de últimas voluntades antes de firmar nada, y no pagues por adelantado.

Si se descubre que había fallecido

A menudo la búsqueda termina en un certificado de defunción. Lo que ocurre con su parte depende de cuándo murió:

Murió…Quién ocupa su lugar
Antes que la persona de cuya herencia se trata, sin testamento de estaSus hijos, por derecho de representación; si no tenía, su parte acrece a los demás
Antes, y había testamentoEl sustituto nombrado; a falta de sustituto, sus descendientes si era hijo del testador, y en otro caso los coherederos o los herederos legales
Después, sin haber aceptado ni renunciadoSus propios herederos, que reciben su derecho a aceptar o renunciar

En el tercer caso hay que tramitar también la herencia del desaparecido: sus herederos firman la partición en su lugar.

Si reaparece después del reparto

Por eso, cuando se reparte sin un heredero ilocalizable, conviene que su parte quede identificada y, si es dinero, consignada o depositada a su disposición.

Ejemplo: tres hermanos y uno del que no se sabe nada desde hace doce años

Fallece la madre sin testamento. Dos hijos tramitan la herencia; del tercero, que emigró, no hay noticias desde hace doce años. No se le conocen hijos.

VíaQué exigeResultado
Declaración de fallecimientoDiez años sin noticias, o cinco si ya habría cumplido 75. Expediente con publicación de edictosSi se fija la muerte en fecha anterior a la de la madre, no llegó a heredar y su parte pasa a sus hermanos
Reparto con reserva de su parteInventario con intervención del Ministerio FiscalSu parte acrece a los hermanos, pero queda reservada hasta que se declare el fallecimiento
Representante o defensor judicialNombramiento en expediente de jurisdicción voluntariaFirma la partición en su nombre y administra lo que se le adjudique

Con doce años sin noticias, la primera vía suele ser la más limpia, porque cierra la cuestión. Con ausencias más cortas solo caben las otras dos.

Lo que cuesta no hacer nada

Mientras falte una firma, los inmuebles no pueden venderse ni inscribirse a nombre de los herederos, y las cuentas siguen bloqueadas en la parte no repartida. El impuesto de sucesiones de los hermanos presentes vence igualmente a los seis meses. Y cada año que pasa complica la prueba: cambian domicilios, fallecen testigos y los bancos dejan de conservar movimientos antiguos.

Guías relacionadas: heredero que fallece sin aceptar la herencia.

Herramienta relacionada. Para una primera cifra antes de aplicar reducciones especiales, usa la calculadora del impuesto de sucesiones.

Siguiente paso. Para partir la herencia sin él, una vía es el contador-partidor.

Preguntas frecuentes

¿Se puede repartir una herencia si falta un heredero?

No de mutuo acuerdo, pero sí mediante contador-partidor o división judicial, reservando su parte.

¿Pierde su parte el heredero que no aparece?

No. Se reserva, y puede reclamarla él o sus herederos mientras no prescriba.

¿Cuándo se puede declarar fallecido a un desaparecido?

Con carácter general, a los diez años desde las últimas noticias, o cinco si habría cumplido 75 años.

¿Quién firma por el ausente?

Un defensor o representante nombrado por el juzgado.

¿Puedo pagar mi impuesto aunque falte un heredero?

Sí. Cada heredero presenta el suyo.

Fuentes oficiales