Pactos sucesorios en Baleares: donación universal, definición y finiquito
En resumen
El derecho civil balear permite ordenar la sucesión por contrato. Desde 2023 estos pactos se regulan en una ley propia, la Ley 8/2022. En Mallorca y Menorca existen la donación universal de bienes presentes y futuros, que nombra heredero contractual, y la definición, por la que un descendiente renuncia a su legítima a cambio de lo que recibe en vida. En Ibiza y Formentera, los pactos de institución y el finiquito de legítima. Todos exigen escritura pública y tributan como herencia.
Esta página forma parte de la guía de derecho foral y herencias de Heredy.
Los pactos, isla por isla
| Territorio | Pacto | En qué consiste |
|---|---|---|
| Mallorca y Menorca | Donación universal de bienes presentes y futuros | Confiere al donatario la cualidad de heredero contractual y le transmite los bienes presentes incluidos en ella |
| Definición | El descendiente legitimario renuncia a la legítima, o a más que la legítima, en consideración a una donación, atribución o compensación recibida de su ascendiente | |
| Ibiza y Formentera | Pactos de institución | A título universal o singular; pueden ser simples llamamientos o contener transmisión actual de bienes |
| Finiquito de legítima | El descendiente renuncia a su legítima en consideración a una donación, atribución o compensación |
Requisitos comunes
- Escritura pública: sin ella el pacto no es válido. Debe constar la fecha y la hora, y se comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad.
- Ley aplicable: la del territorio balear cuya vecindad civil tenga el causante. No basta con residir en las islas. Ver vecindad civil.
- Capacidad de los otorgantes, según cada pacto.
La donación universal
- Vale de presente, aunque su efectividad puede ser inmediata o quedar aplazada a la muerte del donante.
- El donante debe reservarse lo suficiente para vivir en una situación equivalente a la anterior.
- Puede otorgarse a favor de una o varias personas, de forma simultánea o sucesiva.
- Es irrevocable, sin perjuicio de que el donante modifique nombramientos, encargos o reservas a favor de terceros, y de las causas de revocación que fija la ley.
- El donante conserva la posibilidad de otorgar testamentos y codicilos compatibles con ella.
La definición
| Modalidad | Efecto |
|---|---|
| Limitada a la legítima | Es la que se presume si no se dice otra cosa. Deja sin efecto las disposiciones sobre la legítima hechas a favor del renunciante, pero valen la institución de heredero y los legados con cargo a la parte libre. Si el ascendiente muere intestado, el definido es llamado a heredar |
| Amplia, por más de la legítima | Alcanza también a otros derechos sucesorios, según lo pactado |
Es la figura más utilizada: permite a los padres entregar en vida un bien o una cantidad a un hijo, que a cambio se da por pagado de su legítima.
El finiquito de legítima en Ibiza y Formentera
- General: se hace en consideración a todos los bienes presentes y futuros del causante. Impide otorgar nuevos finiquitos en la misma sucesión y reclamar complemento de legítima.
- Especial: se hace en consideración a todos o algunos de los bienes presentes. No impide nuevos finiquitos especiales sobre el resto ni uno general posterior.
- Deja sin efecto cualquier disposición relativa a la legítima del renunciante, pero son válidas las hechas a su favor con cargo a la porción libre.
- Si el causante muere intestado, el renunciante es llamado como heredero según las reglas de la sucesión intestada.
Cómo tributan
| Impuesto | Tratamiento |
|---|---|
| Sucesiones | Los pactos sucesorios son títulos sucesorios: quien recibe tributa por sucesiones, con la tarifa reducida y la bonificación balear para descendientes, y no por donaciones |
| IRPF de quien transmite | Sin ganancia patrimonial, al ser una transmisión por causa de muerte |
| IRPF de quien recibe y vende pronto | Si transmite los bienes antes de cinco años o del fallecimiento del causante, conserva el valor y la fecha de adquisición de este |
| Plusvalía municipal | Se devenga, a cargo del adquirente |
El detalle del impuesto está en impuesto de sucesiones en Baleares.
Cautelas
- Son, por regla general, irrevocables: no pueden deshacerse por un cambio de opinión.
- Quien otorga definición o finiquito no podrá reclamar más legítima aunque el patrimonio de sus padres crezca.
- Lo entregado deja de pertenecer al ascendiente, salvo las reservas que pacte.
- Afectan a los demás hijos: lo recibido se tiene en cuenta al calcular sus legítimas.
El régimen general de cada isla está en herencia en Baleares.
No es lo mismo que una donación corriente
Una donación ordinaria de padres a hijos tributa en Baleares por donaciones y obliga a quien dona a declarar la ganancia en su IRPF. Solo cuando el acto se otorga como pacto sucesorio, en escritura y con los requisitos de la ley balear, tiene el tratamiento de una herencia. La calificación la da el contenido de la escritura, no su título.
Qué llevar a la notaría
- Documento que acredite la vecindad civil de quien dispone, o al menos su residencia continuada en la isla.
- Títulos de propiedad y referencia catastral de los bienes que se transmiten.
- Testamentos y pactos anteriores de quien dispone, para coordinar su contenido.
- Datos de todos los hijos, firmen o no, porque el pacto afecta al cálculo de sus legítimas.
- Si se transmite una empresa o participaciones, la documentación necesaria para aplicar las reducciones fiscales.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la definición en Mallorca?
El pacto por el que un descendiente renuncia a su legítima futura a cambio de una donación o atribución recibida de sus padres.
¿Qué es el finiquito de legítima?
La figura equivalente en Ibiza y Formentera.
¿Cómo tributan los pactos sucesorios baleares?
En el impuesto de sucesiones, y sin ganancia en el IRPF de quien transmite.
¿Puedo hacer un pacto sucesorio si vivo en Baleares pero no soy de allí?
Solo si has adquirido la vecindad civil balear.
¿Pueden revocarse?
Con carácter general no, salvo las causas previstas en la ley o el acuerdo de las partes.
Fuentes oficiales
- Ley 8/2022, de sucesión voluntaria paccionada o contractual de las Illes Balears (BOE)
- Decreto Legislativo 79/1990, Compilación del derecho civil de las Islas Baleares (BOE)
- Illes Balears: Decreto Legislativo 1/2014, tributos cedidos (BOE)
- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE)