Por el Equipo Editorial de Heredy · Responsable editorial: Marc Isach ·

Herencia en separación de bienes: qué hereda el cónyuge viudo

En resumen

Estar casado en separación de bienes no quita ningún derecho hereditario al cónyuge. El viudo conserva su legítima —el usufructo de un tercio si hay hijos— y, sin testamento y sin descendientes ni ascendientes, hereda todo. Lo que cambia es el tamaño de la herencia: no hay bienes gananciales que repartir antes, así que se hereda todo lo que estaba a nombre del fallecido, y nada de lo que estaba a nombre del viudo.

Régimen matrimonial y herencia son dos cosas distintas

El régimen económico decide de quién son los bienes durante el matrimonio. La herencia decide a quién pasan los bienes de quien fallece. Primero se aplica uno y después la otra:

GanancialesSeparación de bienes
Paso previo a la herenciaLiquidar la sociedad: la mitad de lo ganancial es del viudo y no se heredaNinguno: no hay patrimonio común que liquidar
Qué forma la herenciaLa otra mitad de lo ganancial y los bienes privativos del fallecidoTodo lo que estaba a nombre del fallecido
Derechos hereditarios del viudoLos mismos en los dos regímenes

La liquidación previa está explicada en herencia y gananciales.

Qué hereda el viudo

Quién más quedaCon testamento: mínimo que la ley le reservaSin testamento
Hijos o descendientesUsufructo de un tercio de la herenciaEse mismo usufructo; heredan los hijos
Padres o ascendientes, sin hijosUsufructo de la mitadEse mismo usufructo; heredan los ascendientes
Ni descendientes ni ascendientesUsufructo de dos terciosToda la herencia, por delante de hermanos y sobrinos

El viudo pierde estos derechos si en el momento del fallecimiento estaba separado legalmente o de hecho. El testamento puede darle más que el mínimo: la propiedad del tercio de libre disposición o el usufructo de toda la herencia. Las fórmulas están en testamento entre cónyuges, y el detalle de sus derechos, en derechos del cónyuge viudo.

El mismo matrimonio, según el régimen y el titular

Un matrimonio con dos hijos tiene un piso de 300.000€ y 100.000€ en ahorros, todo adquirido durante el matrimonio. Fallece uno de los dos sin testamento:

SituaciónYa es del viudoHerenciaReciben los hijosUsufructo del viudo sobre
Gananciales200.000€200.000€200.000€66.666,67€
Separación, todo a nombre del fallecido0€400.000€400.000€133.333,33€
Separación, todo por mitad200.000€200.000€200.000€66.666,67€
Separación, todo a nombre del viudo400.000€0€0€Nada: no hay herencia
Gananciales Del viudo: 200.000€Herencia: 200.000€ Separación, a nombre del fallecido Herencia: 400.000€ Separación, a nombre del viudo Del viudo: 400.000€. Sin herencia

La segunda fila es la que sorprende a muchas familias: si todo estaba a nombre de quien fallece, el viudo no es dueño de nada y depende de su usufructo y de lo que diga el testamento. Con gananciales habría conservado la mitad.

Bienes comprados a medias y cuentas comunes

La vivienda familiar

Si la casa era solo del fallecido, pasa a sus herederos. En el derecho común, el viudo no tiene un derecho automático a seguir viviendo en ella: su usufructo recae sobre una parte de la herencia, no necesariamente sobre la vivienda.

La preferencia para que se le adjudique la vivienda es propia de la liquidación de gananciales. En separación de bienes, quien quiera asegurar la casa a su cónyuge debe dejarlo escrito en testamento: un legado del usufructo de la vivienda o el usufructo universal.

La compensación por el trabajo para la casa

En separación de bienes, el trabajo para la casa cuenta como contribución a las cargas del matrimonio y da derecho a una compensación cuando el régimen se extingue. El fallecimiento lo extingue. Si se dan los requisitos, es un crédito del viudo contra la herencia, que se resta antes de repartir. No es automática ni tiene una cuantía fijada: conviene valorarla con un abogado.

Impuesto de sucesiones

El viudo tributa en el Grupo II, con las reducciones y bonificaciones de su comunidad, solo por lo que hereda. Lo que ya era suyo no tributa. Ejemplo con las reglas estatales, sin bonificación: viudo de 70 años, separación de bienes y 400.000€ a nombre del fallecido.

ConceptoImporte
Tercio sobre el que recae el usufructo133.333,33€
Valor del usufructo a los 70 años (19%)25.333,33€
Reducción por parentesco15.956,87€
Base liquidable9.376,46€
Cuota729,06€

El porcentaje del usufructo sale de restar la edad a 89. Puedes calcular otros casos con la calculadora de usufructo. En casi todas las comunidades el cónyuge tiene bonificaciones que dejan esta cuota en poco o nada.

Cómo se acredita el régimen

En Cataluña, Baleares, Aragón, Navarra, Galicia y el País Vasco los derechos del viudo siguen además reglas propias: ver derecho foral y herencias.

Cómo proteger al cónyuge en separación de bienes

  1. Hacer testamento. Es lo que más cambia el resultado: sin él, con hijos, el viudo solo tiene el usufructo de un tercio.
  2. Poner a nombre de ambos lo que se compra para los dos. La titularidad decide qué se hereda.
  3. Revisar los beneficiarios de seguros y planes de pensiones. Se cobran al margen del reparto de la herencia.
  4. Valorar una donación en vida, con su coste fiscal: ver donación entre cónyuges.

Las deudas del fallecido

En separación de bienes, cada cónyuge responde solo de las deudas que contrae. Las del fallecido no pasan al viudo por el hecho de estar casados. La excepción son las deudas por gastos ordinarios de la familia, de las que responden los dos.

Deuda¿Responde el viudo por ser cónyuge?¿Y como heredero?
Préstamo o deuda del negocio, solo del fallecidoNoSí, si acepta la herencia sin beneficio de inventario
Préstamo que firmaron los dos, o en el que fue avalistaSí: es deuda propia—
Gastos ordinarios de la casa y la familiaSí, de forma subsidiaria—

Es el motivo por el que muchos empresarios y autónomos eligen este régimen. Pero la protección se pierde si el viudo acepta la herencia sin más: entonces responde como cualquier heredero. Ver aceptación a beneficio de inventario.

Qué régimen se aplica en cada territorio si no se pactó nada

TerritorioRégimen legal a falta de capitulaciones
Derecho común: la mayor parte de EspañaSociedad de gananciales
CataluñaSeparación de bienes
BalearesSeparación de bienes
AragónConsorcio conyugal, una comunidad de bienes propia
NavarraSociedad conyugal de conquistas
País VascoGananciales, salvo la comunicación foral de bienes en parte de Bizkaia y en dos municipios de Álava

Cuenta la vecindad civil de los cónyuges al casarse, no el lugar donde viven hoy. Un matrimonio de vecindad civil catalana que se mudó a Madrid sigue en separación de bienes salvo que haya pactado otra cosa: ver vecindad civil.

Cambiar de régimen: cuándo sirve y cuándo no

Herramienta relacionada. Para una primera cifra antes de aplicar reducciones especiales, usa la calculadora del impuesto de sucesiones.

Siguiente paso. Las fórmulas para dejar más al cónyuge están en testamento entre cónyuges.

Preguntas frecuentes

¿Hereda el cónyuge si estamos casados en separación de bienes?

Sí. Tiene los mismos derechos hereditarios que en gananciales: su legítima en usufructo y, a falta de descendientes y ascendientes y sin testamento, toda la herencia.

¿Qué pasa con los bienes que están a nombre del viudo?

Siguen siendo suyos. No forman parte de la herencia ni tributan.

¿Puede el viudo quedarse en la casa si era solo del fallecido?

Solo si el testamento se lo asegura o los herederos lo acuerdan. La ley le da un usufructo sobre parte de la herencia, no un derecho específico sobre la vivienda.

¿Hay que liquidar algo antes de repartir la herencia?

No hay sociedad de gananciales que liquidar. Sí hay que separar lo que era del viudo, incluida su mitad de los bienes y cuentas comunes.

¿Con separación de bienes todo va a los hijos?

No. Los hijos heredan la propiedad, pero el viudo conserva el usufructo de un tercio, y el testamento puede ampliarle esa parte.

Fuentes oficiales