Certificado de defunción: cómo pedirlo y para qué sirve
En resumen
El certificado de defunción es el documento del Registro Civil que acredita oficialmente el fallecimiento de una persona, con su fecha, hora y lugar. Es gratuito, puede pedirlo cualquier persona con interés y se solicita por internet, en persona o por correo. Para tramitar una herencia se necesita el certificado literal, y conviene pedir varias copias. Con él, y pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, se pide el certificado de últimas voluntades.
Esta página forma parte de la guía de trámites de una herencia de Heredy.
No lo confundas con el certificado médico
| Certificado médico de defunción | Certificado de defunción del Registro Civil | |
|---|---|---|
| Quién lo emite | El médico que constata el fallecimiento | El Registro Civil |
| Cuándo | En las primeras horas | Una vez inscrita la defunción |
| Para qué sirve | Para inscribir la defunción y obtener la licencia de enterramiento | Para todos los trámites posteriores: herencia, banco, pensiones, seguros |
| Quién lo gestiona | Normalmente, la funeraria | Los familiares o cualquier interesado |
Tipos de certificado
- Certificado literal: copia íntegra de la inscripción de defunción, con todas sus anotaciones. Es el que piden notarías, bancos, aseguradoras y administraciones. Ante la duda, pide este.
- Extracto: resumen de la inscripción. Puede ser ordinario, bilingüe (en castellano y en la lengua cooficial de la comunidad) o internacional o plurilingüe, válido sin traducción en los países firmantes del Convenio de Viena de 1976.
- Certificado negativo: acredita que una persona no figura inscrita como fallecida en ese Registro Civil.
Si el certificado va a presentarse en el extranjero, el extracto plurilingüe evita la traducción en muchos países; en otros hará falta además la apostilla de La Haya o la legalización.
Quién puede pedirlo
Cualquier persona que lo necesite y tenga interés, sin necesidad de ser familiar ni heredero. Las únicas excepciones son los datos de publicidad restringida que puedan constar en la inscripción, para los que se exige una autorización especial. Tampoco hay un número máximo de copias.
Cómo pedirlo: tres vías
| Vía | Cómo | Cuánto tarda |
|---|---|---|
| Por internet | En la sede electrónica del Ministerio de Justicia, con o sin identificación electrónica (Cl@ve o certificado digital) | Inmediato si la inscripción está digitalizada y te identificas electrónicamente; si no, se envía por correo postal en unos días o semanas |
| En persona | En el Registro Civil donde está inscrita la defunción, con el DNI de quien lo pide | En el momento o en pocos días, según la oficina |
| Por correo postal | Carta al Registro Civil correspondiente con los datos del fallecido y la dirección de envío | Varias semanas |
El trámite es gratuito en las tres vías. Desconfía de las páginas que cobran por «gestionar» el certificado: son intermediarios y no forman parte de la administración.
Qué datos necesitas
- Nombre y apellidos de la persona fallecida.
- Fecha y lugar del fallecimiento.
- Registro Civil donde se inscribió: normalmente, el del municipio donde ocurrió el fallecimiento.
- Si los conoces, el tomo y el folio de la inscripción, que agilizan la búsqueda. Aparecen en el Libro de Familia o en un certificado anterior.
- Tu nombre, DNI y la finalidad para la que lo pides.
Cuándo se puede pedir
Desde que la defunción queda inscrita en el Registro Civil, lo que suele ocurrir en los días siguientes al fallecimiento. La funeraria entrega habitualmente uno o varios certificados junto con su documentación. Si necesitas más, puedes pedirlos después por cualquiera de las tres vías.
Para qué trámites lo vas a necesitar
| Trámite | Dónde se presenta |
|---|---|
| Certificado de últimas voluntades y de seguros de fallecimiento | Ministerio de Justicia |
| Copia del testamento o declaración de herederos | Notaría |
| Pensión de viudedad, orfandad y auxilio por defunción | Seguridad Social |
| Bloqueo y posterior reparto de cuentas | Cada banco |
| Cobro de seguros de vida | Cada aseguradora |
| Impuesto de sucesiones y plusvalía municipal | Hacienda autonómica y ayuntamiento |
| Escritura de herencia y Registro de la Propiedad | Notaría y registro |
| Cambio de titular de vehículos, suministros y contratos | Tráfico y compañías |
Algunas entidades aceptan una copia y devuelven el original, pero otras se lo quedan. Con cuatro o cinco certificados literales suele bastar para una herencia corriente. La lista completa de papeles está en certificados necesarios para tramitar una herencia y en documentos necesarios.
Fallecimientos en el extranjero
Si un ciudadano español fallece fuera de España, la defunción se inscribe en el Registro Civil consular correspondiente y, a través de él, en el Registro Civil Central. El certificado se pide a cualquiera de los dos. El certificado emitido por las autoridades del país donde ocurrió el fallecimiento puede necesitar traducción jurada y apostilla o legalización para surtir efecto en España.
El siguiente paso
Con el certificado de defunción en la mano y pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, ya puedes solicitar el certificado de últimas voluntades y el de seguros de cobertura de fallecimiento. El orden completo de los trámites está en qué hacer cuando fallece un familiar.
Si el certificado contiene un error
Un apellido mal escrito, una fecha equivocada o un estado civil incorrecto bloquean los trámites posteriores, porque el dato no coincide con el DNI o con el libro de familia. La corrección se pide en el propio Registro Civil donde consta la inscripción. Los errores evidentes, que resultan de comparar la inscripción con el documento del que se tomó el dato, los rectifica el encargado sin más trámite; los demás requieren un expediente de rectificación con prueba. Conviene revisar el primer certificado que se reciba antes de pedir más copias.
Comprobar un certificado electrónico
El certificado obtenido por internet lleva un código seguro de verificación. Cualquier oficina puede comprobar su autenticidad introduciendo ese código en la sede electrónica, de modo que una copia impresa en casa tiene el mismo valor que la recogida en ventanilla. Si un banco o una notaría lo ponen en duda, basta señalarles el código.
Guías relacionadas: qué hacer cuando fallece un familiar: los trámites, en orden y fallecimiento de un familiar en el extranjero: qué trámites hacer.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta el certificado de defunción?
Nada. Es gratuito por internet, en persona y por correo. Solo cobran las empresas intermediarias, que no son necesarias.
¿Quién puede solicitar un certificado de defunción?
Cualquier persona con interés, sin que tenga que ser familiar o heredero, salvo en los casos de publicidad restringida.
¿Cuánto tarda en llegar?
Si la inscripción está digitalizada y se pide con identificación electrónica, se descarga al momento. En otro caso se recibe por correo postal en un plazo que varía según el Registro Civil, de unos días a varias semanas.
¿Qué certificado de defunción piden para una herencia?
El certificado literal, que reproduce la inscripción completa. Es el que exigen el Ministerio de Justicia, las notarías, los bancos y las aseguradoras.
¿El certificado de defunción caduca?
El hecho que acredita no cambia, pero algunas entidades piden que el certificado tenga una fecha de expedición reciente, normalmente de menos de tres meses.
Fuentes oficiales
- Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil (BOE)
- Ministerio de Justicia: certificado de defunción
- Ministerio de Justicia: certificado de actos de última voluntad