Cómo saber si un fallecido tenía seguro de vida: el certificado de seguros
En resumen
Para saber si una persona fallecida tenía un seguro de vida o de accidentes hay que pedir al Ministerio de Justicia el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Se solicita a partir de los 15 días hábiles tras la muerte, con el certificado de defunción y el pago de una tasa de 3,86€. El certificado indica la aseguradora y el número de póliza; para saber quién cobra y cuánto hay que acudir después a la compañía.
Esta página forma parte de la guía de trámites de una herencia de Heredy.
Qué es el registro de seguros de fallecimiento
Es un registro público del Ministerio de Justicia, creado por la Ley 20/2005, en el que las aseguradoras están obligadas a comunicar los contratos que cubren el fallecimiento de una persona. Su finalidad es que los posibles beneficiarios puedan enterarse de que existe una póliza, porque muchas quedaban sin cobrar al desconocer la familia que se habían contratado.
| Sí aparecen | No aparecen |
|---|---|
| Seguros de vida con cobertura de fallecimiento | Planes de pensiones |
| Seguros de accidentes que cubren la muerte del asegurado | Seguros que solo cubren supervivencia o jubilación |
| Seguros vinculados a hipotecas, préstamos o tarjetas de crédito | Seguros de hogar, salud o automóvil |
| Seguros colectivos contratados por una empresa para sus empleados | Pólizas vencidas hace más de cinco años |
Los datos se conservan durante cinco años desde que el contrato deja de estar en vigor. El plazo coincide con el que tiene el beneficiario para reclamar, así que el certificado sigue siendo útil aunque hayan pasado varios años desde el fallecimiento.
Cuándo y quién puede pedirlo
- Cuándo: a partir de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de defunción. Antes, el registro no emite el certificado.
- Quién: cualquier persona interesada que presente el certificado literal de defunción. No hace falta acreditar que se es heredero ni beneficiario.
Cómo pedirlo, paso a paso
- Consigue el certificado literal de defunción. Ver certificado de defunción: cómo pedirlo.
- Rellena el modelo 790 y marca la casilla del certificado de seguros. Es el mismo impreso que el del certificado de últimas voluntades, y lo habitual es pedir los dos a la vez.
- Paga la tasa: 3,86€ por cada certificado, por internet o en una entidad bancaria colaboradora.
- Preséntalo por una de estas vías:
- Por internet, en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, con Cl@ve o certificado digital.
- En persona, en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o en su oficina central de atención al ciudadano en Madrid.
- Por correo postal, enviando el modelo 790 sellado por el banco y el certificado de defunción original.
Por internet, el certificado suele estar disponible en pocos días. En algunos casos el Ministerio puede consultar directamente la defunción en el Registro Civil y no hace falta aportar el certificado; el propio formulario lo indica.
Qué dice el certificado y qué no
El certificado tiene dos resultados posibles:
- No figura ningún contrato a nombre del fallecido.
- Figuran uno o varios contratos, con el nombre de la aseguradora, el número de póliza y el tipo de cobertura.
No indica quién es el beneficiario ni el importe asegurado. Esos datos solo los tiene la compañía, y solo los facilita a quien resulte ser beneficiario.
Después: reclamar a la aseguradora
Con el certificado, dirígete a cada aseguradora que aparezca. Te pedirán, por lo general:
- Certificado literal de defunción y, en los seguros de accidentes, documentación sobre la causa del fallecimiento.
- El certificado del registro de seguros y, si lo tienes, la póliza.
- DNI del beneficiario y un número de cuenta.
- Si la póliza designa como beneficiarios a «los herederos»: certificado de últimas voluntades y testamento o declaración de herederos.
- Justificante de haber presentado el impuesto de sucesiones por el capital del seguro.
| Plazo | Qué significa |
|---|---|
| 40 días | Desde que recibe la declaración del siniestro, la aseguradora debe pagar al menos el importe mínimo de lo que pueda deber |
| 3 meses | Si no ha pagado en ese tiempo sin causa justificada, incurre en mora y debe intereses |
| 5 años | Plazo que tiene el beneficiario para reclamar antes de que la acción prescriba |
El capital no forma parte de la herencia, pero sí tributa en el impuesto de sucesiones, con una reducción de hasta 9.195,49€ para cónyuge, ascendientes y descendientes. La explicación completa, con un ejemplo, está en seguro de vida en la herencia: quién cobra y cómo tributa.
Otras pistas si el certificado sale en blanco
Que no aparezca nada en el registro no descarta todos los productos. Conviene revisar además:
- Los extractos bancarios de los últimos años, en busca de primas de seguros o aportaciones a planes de pensiones.
- La empresa donde trabajaba, por si el convenio colectivo incluía un seguro de vida o de accidentes para la plantilla.
- Las tarjetas de crédito y los préstamos, que a menudo llevan seguros asociados.
- Los seguros de decesos, que cubren el sepelio y se identifican por los recibos domiciliados.
- Los planes de pensiones, que no figuran en este registro: hay que preguntar en las entidades con las que trabajaba.
Para el resto del patrimonio, sigue la guía cómo saber qué bienes y deudas tenía un fallecido.
Plazo para reclamar a la aseguradora
La acción para reclamar un seguro de vida o de accidentes prescribe a los cinco años. El plazo empieza cuando el beneficiario puede reclamar, lo que exige conocer la existencia de la póliza; por eso pedir el certificado cuanto antes, y guardarlo, es también la forma de dejar constancia de cuándo se supo.
Guías relacionadas: qué hacer cuando fallece un familiar: los trámites, en orden y plan de pensiones de un fallecido: quién lo cobra y cómo tributa.
Preguntas frecuentes
¿Cómo puedo saber si mi padre tenía un seguro de vida?
Solicitando al Ministerio de Justicia el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, a partir de los 15 días hábiles siguientes a la defunción, con el certificado literal de defunción y el modelo 790.
¿Cuánto cuesta el certificado de seguros?
La tasa es de 3,86€ por certificado. Si se pide junto con el de últimas voluntades, se paga una tasa por cada uno.
¿El certificado dice quién es el beneficiario?
No. Solo informa de la aseguradora y de la póliza. El beneficiario y el capital hay que consultarlos con la compañía.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un seguro de vida?
Cinco años. El registro conserva los datos de las pólizas durante ese mismo plazo desde que dejan de estar en vigor.
¿Puede pedirlo alguien que no sea heredero?
Sí. Cualquier persona interesada puede solicitarlo presentando el certificado de defunción.
Fuentes oficiales
- Ministerio de Justicia: certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento
- Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (BOE)
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE)